Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación

María del Rosario Cristóbal Roncero

Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación

Currículum

Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación

María del Rosario Cristóbal es catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, con tres sexenios de investigación. Becaria Deutsche Akademische Austauschdienst (DAAD) – Fundación La Caixa en la Universidad de Hannover.

Doctora Europea en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, sobresaliente cum laude por unanimidad. Premio Extraordinario de Doctorado. Ha ocupado el cargo de Vicedecana de Relaciones Internacionales e Institucionales de la Facultad de Derecho de la UCM, coordinadora del Programa Erasmus, coordinadora del Grado conjunto en Derecho, Mención en Derecho Francés con Universidad Sorbonne.

Responsable de la implantación de la Oficina de Prácticas de la Facultad de Derecho. Directora Académica del Instituto de Derecho y Economía (ISDE), centro adscrito a la UCM. Académica Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Sección de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Responsable de la Sección de “Reseñas de legislación” en la Revista Española de Derecho del Trabajo.

Directora Académica del Foro Aranzadi Social. Evaluación muy favorable Programa Docentia. Ha participado en quince proyectos de investigación competitivos como investigadora principal o como miembro del equipo de investigación. También en doce Proyectos de Innovación Docente. Miembro del Grupo de investigación “Futuro del Derecho del Trabajo” de la UCM. Tiene numerosas publicaciones en forma de monografías, artículos científicos y capítulos de libros. Experta en empleo y formación juvenil y en derecho del trabajo comparado alemán. Miembro del grupo de expertos europeos sobre desempleo juvenil, Robert Bosch Stiftung.

 

Competencias

1. El Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación será responsable de todo lo concerniente al establecimiento de acuerdos y convenios por parte de la Universidad Complutense de Madrid, así como del desarrollo de la acción internacional de la Universidad y de las políticas y acciones de cooperación para el desarrollo.

2. Dentro del ámbito funcional descrito en el apartado anterior, este Vicerrectorado elaborará las propuestas de líneas estratégicas.

3. El Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación desarrollará las siguientes actividades y ejercerá, por delegación, las competencias específicas que se detallan:

a) La promoción, coordinación y seguimiento de la política universitaria de convenios de su ámbito funcional, salvo en el supuesto de que tales competencias estén atribuidas a otro Vicerrectorado por razón de la materia.

b) La coordinación con las Embajadas de las visitas, actos o viajes oficiales del Rector.

c) La supervisión de las Escuelas Complutenses Latinoamericana y Africana.

d) El establecimiento y seguimiento de relaciones académicas, culturales o científicas con instituciones extranjeras y el desarrollo de programas internacionales de cooperación académica y científica.

e) Las relaciones académicas con las alianzas universitarias internacionales y, en particular, con la Alianza Una Europa y la Unión Iberoamericana de Universidades, en coordinación con el Vicerrectorado de Economía, así como la participación en representación de la Universidad en sus órganos de dirección o gestión.

f) La preparación, firma, seguimiento y ejecución de convenios de naturaleza académica en materia de relaciones internacionales.

g) La articulación de programas de acogida para estudiantes extranjeros, en coordinación con el Vicerrectorado de Estudiantes.

h) La gestión de los programas de movilidad y el apoyo a profesorado visitante y estudiantado, en coordinación con los Vicerrectorados de Ordenación Académica y de Estudiantes.

i) Las relaciones con el Real Colegio Complutense de Harvard, con otros Centros de la Universidad Complutense en el extranjero y con el Centro Complutense para la Enseñanza Especial.

j) La resolución de los recursos administrativos, en las materias propias de su competencia.

k) La resolución que ponga fin a los procedimientos de responsabilidad patrimonial en las materias propias de su competencia.

l) La resolución que ponga fin a los procedimientos de revisión de oficio en las materias propias de su competencia.

m) Cuantas otras competencias atribuidas al Rector sean delegadas en el ámbito funcional de este Vicerrectorado.