Preguntas mas habituales sobre Ayudas extraordinarias

Para la convocatoria del curso 2019-2020

Sobre la convocatoria/modalidades

 

Las ayudas tienen dos modalidades: ¿puedo solicitar las dos modalidades con el mismo problema?

  • Las modalidades son complementarias pero diferentes. La modalidad A tiene por objeto compensar  los gastos directamente relacionados con la actividad académica a lo largo de todo el curso académico 2019-20, y la B está dirigida a  paliar las situaciones sobrevenidas por el COVID-19,  a partir del mes de marzo  hasta la fecha de esta convocatoria. En todo caso, la convocatoria es única por lo que la concesión para una misma situación solo se tiene que solicitar dentro de una modalidad.

 

Las ayudas tienen dos modalidades: ¿puedo solicitar las dos modalidades con diferentes problemas? ¿cual es la mejor para mi caso?

  • Sí, siempre que se ajusten a la base 1 de la convocatoria.
  • Las ayudas tienen diferentes requisitos para cada modalidad (apartado 4.1 de la convocatoria) debes elegir la modalidad en la que cumplas esos requisitos. Si bien la modalidad B incluye también los supuestos de la modalidad A, estos tienen que estar causados a partir del mes de marzo, en relación con emergencia sanitaria.

 

Si solicito una modalidad que se ajusta mejor a la otra modalidad, ¿la comisión valora mi caso igualmente y me traslada de modalidad?

  • Las situaciones protegidas están definidas en la convocatoria para cada una de las modalidades, además, en las causas coincidentes, encontrarás que los periodos son diferentes según la situación se haya producido de forma general en el curso 2019/2020 (modalidad A) o bien en el último trimestre del curso y en relación directa o indirecta con la pandemia de COVID-1  (modalidad B). Por tanto es responsabilidad del estudiante solicitante la solicitud de las ayudas. Si bien, en la Comisión de Evaluación, en caso de que se ajuste a los requisitos de la convocatoria podrá valorar la reasignación de modalidad.

 

La modalidad B tiene más importe económico asignado, ¿las ayudas son de más cantidad?

  • No, no necesariamente, las ayudas concedidas son equilibradas para todas las personas beneficiarias y tienen que ver con los costes de matrícula finales que deba abonar el estudiante o bien con los costes asociados a la situación por la que se solicita la ayuda.

 

La modalidad B se solicita a través de la plataforma de Santander Universidades  ¿Participa el Santander en el proceso de valoración y adjudicación de las ayudas de esta modalidad?

  • No, los datos personales y la documentación aportada con  la solicitud de las ayudas en ambas modalidades se reciben directamente en la aplicación  del Servicio de Becas y Ayudas de la Universidad, por lo que se respeta en todo momento la Ley de Protección de Datos vigente. Así mismo, el seguimiento y baremación de las solicitudes corresponden a este servicio quien cederá los datos de la propuesta de concesión para la evaluación definitiva a la Comisión de Evaluación del Vicerrectorado de Estudiantes. Si bien, la lista pública de personas beneficiarias, tal y como se publicará en abierto en www.ucm.es, será cedida con los datos estrictamente necesarios para la publicación de resolución en el portal de Becas de Santander.

 

Sobre el cumplimiento de requisitos

 

¿Puedo pedir las ayudas sobrevenidas si soy beneficiario de Ayudas o Becas UCM  / Becas MEFP  o de otras convocatorias?

 

  • No, si eres beneficiario de becas MEFP, o de cualquier otra beca de la misma naturaleza.
  • Sí, en caso de que seas beneficiario de una  Beca o Ayuda UCM inferior al 100% del importe de la matrícula, la Comisión de Evaluación podrá considerar, en función de la situación alegada, la adjudicación de una ayuda hasta complementar el 100% de dicha matrícula, o en el caso de la modalidad B, que se solicite ayuda por gastos ocasionados por causa directa prevista en los supuestos específicos derivados de la emergencia sanitaria.

 

Sobre los requisitos

 

¿Puedo solicitar las ayudas de esta convocatoria si soy estudiante de centro adscrito?

  • No, las ayudas están destinadas a estudiantes de centros propios de la UCM.

 

¿Puedo solicitar la modalidad A si soy estudiante de Doctorado|Máster Propio|Formación permanente | Universidad de Mayores| Estudiante visitante|Erasmus| Movilidad…?

  • No, la modalidad A es solo para estudiantes de titulaciones oficiales de Grado y Máster en centro propios. (Apartado 4.1 de la convocatoria).

 

¿Puedo solicitar la modalidad B si soy estudiante de Máster Propio| Formación permanente | Universidad de Mayores| Erasmus| Movilidad…?

  • No, la modalidad B es solo para estudiantes de titulaciones oficiales de Grado y Máster y Doctorado, matriculados en centro propios de la UCM, y del programa de Estudiantes Visitantes.
  • Por tanto, los estudiantes UCM que hayan tenido una estancia de Erasmus en otra universidad durante el curso 2019-20 sí pueden solicitar estas ayudas.  

 

¿Puedo solicitar las ayudas si soy estudiante con nacionalidad europea comunitaria o asimilada?

  • Si, en las mismas condiciones que los estudiantes españoles. Pero ten en cuenta que deberás incorporar la traducción de los documentos que aportes y justificación de los importes alegados convertidos a euros.

 

¿Puedo solicitar las ayudas si soy estudiante extracomunitario con residencia en España?

 

  • Si, en las mismas condiciones que las personas españolas. Pero ten en cuenta que deberás incorporar, en su caso, la traducción de los documentos que aportes y justificación de los importes alegados convertidos a euros.

 

¿Y si soy estudiante extracomunitario con estancia por estudios en España?

  • No puedes solicitar la modalidad A, pero si puedes participar en la modalidad B 

 

¿Puedo solicitar las ayudas si estoy con algún impago de matrícula?

  • Si, puedes solicitarlas.

 

¿Puedo solicitar las ayudas si he pedido anulación de matrícula y aún no he obtenido respuesta?

  • Si, puedes pedir la ayuda, pero tu solicitud estará condicionada a lo que establezca la  resolución de anulación. No se concederán ayudas por matrículas o asignaturas anuladas. 

 

¿Los documentos acreditativos equivalentes de países extranjeros que no lleguen a tiempo, se pueden entregar en fases de subsanación posteriores?

  • Sí, se abrirá un plazo para la subsanación de documentación. Una vez hayas solicitado las ayudas si tienes que completar la documentación aportada, recibirás un correo que te informará de ello.

 

¿Estos documentos deben estar legalizados para España y con traducción jurada legalizada si son en idioma distinto del español?

  • Si, tal y como se indica en la convocatoria.