Requisito de Español B2 para Estudiantes Sistemas Educativos Extranjeros

Los estudiantes con nacionalidad de países no hispanohablantes que además procedan del sistema educativo de un país cuya lengua no sea el español, deberán acreditar un nivel B2 de español, salvo que en la memoria del grado correspondiente ya se haya establecido otro nivel diferente.

  •  Para la acreditación del requisito de idioma español B2, en el caso de los certificados DELE, SIELE, Escuelas Oficiales de Idiomas y los Institutos de Idiomas de las Universidades del Distrito Único de Madrid, bastará con la presentación de dicho certificado en el momento de solicitud de plaza.
  •  Para el resto de certificados será necesaria la verificación y acreditación por parte de UNEDassis.
    Este requisito de acreditación por UNEDassis no tendrá carácter obligatorio (si bien es recomendable) en el caso de los siguientes estudiantes:
    1. Estudiantes con nacionalidad de países no hispanohablantes que hayan obtenido sus títulos equivalentes en centros docentes extranjeros instalados en territorio español que impartan sus enseñanzas conforme al RD 806/93 (arts. 10, 11 y 12).
    2. Estudiantes que hayan cursado sus estudios en secciones bilingües de español en países con los que el Ministerio de Educación ha firmado acuerdos bilaterales (Bulgaria, Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa, Rumanía, Rusia y China), que hayan superado los exámenes finales de Bachillerato, y que tienen derecho a que se les otorgue el Título de Bachiller del sistema Educativo Español.