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Justificación EB40/17

Una vez concluida la estancia, en un plazo máximo de 10 días, deberá presentar en el Servicio de Investigación los siguientes documentos:

- Memoria de la actividad desarrollada en su desplazamiento (mínimo 300 palabras).

- Certificado de asistencia original (por duplicado) extendido por el responsable del Centro receptor donde conste expresamente el dia de inicio y fin de la estancia. En ningún caso se admitirán los certificados en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

- Certificados con tachaduras o enmiendas

- Certificados en los que su fecha de expedición sea anterior a la fecha de finalización de la estancia.

- Certificados cuyas fechas de estancia entren en contradicción con las fechas del viaje.

- Facturas y billetes originales del medio de transporte utilizado y tarjetas de embarque utilizadas en el viaje.  Sólo se admitirán billetes de transporte público si viene especificado su precio o se acompaña de la factura.

- Breve memoria explicativa que incluya un listado de justificantes aportados, junto con una breve explicación de los gastos de billetes de autobús o transportes urbanos y similares.

- Justificante del vehículo particular.  El uso del vehículo requerirá autorización previa del Vicerrectorado de Política Científica, Investigación y Doctorado. Deberá acompañarse de ticket de peaje y/o gasolina, que tendrán función de documento probatorio de la utilización de dicho vehículo. Los gastos de peaje se abonarán siempre y cuando no se supere el importe máximo para desplazamiento establecido en la convocatoria y en la concesión.

- Con el fin de facilitar las tareas de Registro de la Documentación se incluirá un listado de la documentación que se aporta.