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Gerencia

Gerenta de la Universidad

Competencias

El Gerente será propuesto por el Rector y nombrado por éste, de acuerdo con el Consejo Social.

Además de las competencias que le atribuyen los Estatutos como propias, la Gerencia ejercerá, por delegación, las siguientes competencias:

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Curriculum

Graduada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y Máster de Acceso a la Abogacía. Profesional del ámbito jurídico y administrativo con sólida experiencia en gestión institucional y apoyo a órganos de gobierno. Ha ejercido como Directora de Gabinete del Rector, desempeñando funciones de asesoramiento jurídico y administrativo, coordinación institucional, elaboración de informes y seguimiento estratégico, así como gestión de agenda institucional desde 2019 hasta marzo de 2026. También cuenta con una sólida experiencia en recursos humanos como Jefa de Sección de Personal en la Facultad de Ciencias Químicas (desde noviembre de 2003 a enero de 2016) aplicando normativa laboral y administrativa.

Competencias

Además de las competencias que le atribuyen los Estatutos como propias, la Gerencia desarrollará las siguientes funciones y ejercerá, por delegación, las competencias específicas que se detallan:

a) La presidencia de la Comisión de Seguimiento de la Relación de Puestos de Trabajo del Consejo de Gobierno.

b) Cuantas funciones vengan atribuidas al rector en materia de contratación administrativa, sin más límites que los establecidos en la normativa aplicable a la materia.

c) El control y la aprobación de los gastos, la autorización del correspondiente compromiso y liquidación y la ordenación de los pagos, en concurrencia con el Vicerrectorado de Economía.

d) El fomento de nuevas fuentes de financiación de la Universidad, en coordinación con el Vicerrectorado de Economía.

e) La dirección de la gestión contable de la Universidad, en cooperación con Vicerrectorado de Economía.

f) La dirección, gestión y ejecución de acuerdos en materia de contratación y operativa administrativa, financiera y bancaria, apertura y cierre de cuentas corrientes y depósitos, contratación de productos financieros y avales.

g) La tramitación y formalización de los encargos a medios propios personificados, sus modificaciones o prórrogas, así como el seguimiento y control de la ejecución, incluido el abono, justificación y liquidación, regulados en el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. h) La colaboración con el Vicerrectorado de Economía en la política de acción social.

i) La participación en las negociaciones que se lleven a cabo con los órganos de representación del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios. 

j) La elaboración o propuesta de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios.

k) El diseño y ejecución de las acciones formativas del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios.

l) El ejercicio de las funciones atribuidas al rector en relación con el Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, con excepción expresa de la facultad de imposición de sanciones disciplinarias.

m) La gestión de los programas de movilidad del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, en colaboración con el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales, Cooperación y Voluntariado.

n) La gestión administrativa de los Colegios Mayores de titularidad de la Universidad, en coordinación con el Vicerrectorado de Estudiantes.

o) La coordinación de la seguridad pública en los campus e infraestructuras en el marco de las competencias de la Universidad.

p) La resolución de los recursos administrativos en las materias propias de su competencia.

q) La resolución que ponga fin a los procedimientos de responsabilidad patrimonial en las materias propias de su competencia.

r) Cuantas otras competencias le delegue el rector en los asuntos que se correspondan con el ámbito funcional de la Gerencia.