Facturación de matrícula a empresas y profesionales
La Universidad no tiene obligación de expedir factura de los servicios educativos exentos en virtud del artículo 20. Uno.9º de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), cuando el destinatario de la operación sea un particular que no tenga condición de empresario o profesional.
No obstante, en virtud del artículo 2.2 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, la Universidad expedirá factura cuando el destinatario sea empresario o profesional por los servicios que presta, cuando así lo solicite el interesado, con independencia de que los mismos estén exentos del impuesto.
¿Cómo se solicita factura?
Una vez formalizada la matrícula y antes de iniciar el pago de la misma mediante recibo generado en GEA, el empresario o profesional podrá solicitar factura del importe total de la matrícula, mediante un formulario que podrá descargar desde la página web de la Universidad (enlace) y presentar a través de cualquier registro de la UCM o por la sede electrónica de la Universidad:
https://sede.ucm.es/ (Opción Registro electrónico solicitud genérica)
Especificando el siguiente destinatario:
U01000289-SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DEL EDIFICIO DE ESTUDIANTES
El pago de la factura se realizará exclusivamente mediante transferencia a la cuenta bancaria de la UCM que en ella se indica. El pago de los precios públicos de matrícula a través de factura no admite el pago fraccionado ni otra vía de pago que no sea transferencia bancaria.
IMPORTANTE:
Una vez solicitada la factura NO SE PODRÁ utilizar el recibo emitido en el Sistema de Gestión Académica (GEA) para realizar el pago, ya que se invalidará al ser facturado.
En caso de haber realizado el pago de la matricula mediante el recibo generado en GEA, solo se podrá emitir un certificado de ingreso, en ningún caso se podrá solicitar factura a posteriori.
