Devoluciones de tasas de Grado, Máster y Doctorado

Causas y alcance de la devolución

 CURSO 2022/2023

GRADO Y MASTER

De conformidad con el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, la devolución de los importes abonados por precios públicos sólo procederá cuando, por causas no imputables al obligado al pago del precio, no se preste el servicio o no se realice la actividad.

No obstante, a petición de la persona interesada, se podrá resolver favorablemente la devolución de los importes abonados por estudios oficiales de grado y máster en los siguientes supuestos:

a) Modificaciones de matrícula efectuadas por las facultades a causa de la concesión de una de las becas del Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) reguladas en el Real Decreto 1721/2007, o para la acreditación del derecho a las exenciones y deduccciones previstas en el apartado 7 de las instrucciones de matrícula del curso 2022-2023, que por error, no se hubieran hecho constar en la solicitud de matrícula, o por la superación en el curso anterior de asignaturas matriculadas en el curso 2022-2023.

b) Matrículas denegadas por las facultades por falta de requisitos académicos, de acuerdo con el apartado 10.1 de las instrucciones de matrícula.

c) Anulaciones totales de matrícula concedidas por las facultades por cambio de Universidad para realizar estudios de grado previstas en el apartado 10.2. de las instrucciones de matrícula, que se acrediten hasta el 15 de noviembre de 2022.

La Vicerrectora de Estudiantes será la encargada de resolver la devolución de los importes abonados por estudios oficiales de grado y máster en los siguientes supuestos:

a) Anulaciones totales de matrícula realizadas conforme a lo establecido en el apartado 10.3 de las instrucciones de matrícula en aquellos casos en los que se justifiquen documentalmente causas graves y de fuerza mayor.

b) Anulaciones parciales de matrícula con carácter académico, realizadas por las secretarías de estudiantes de las facultades con posterioridad al 7 de octubre de 2022, siempre que se justifiquen documentalmente causas graves y de fuerza mayor.

Otras causas:

1. Anulaciones de matrícula por finalización de estudios oficiales del curso anterior. Se devolverá la totalidad de los importes abonados.

2. Modificaciones en el precio de la matrícula de los estudios oficiales a causa de:

a) La concesión de una beca (MEFP, UCM, etc.). Se devolverá el importe de los créditos cubiertos por la beca.
b) Las exenciones previstas en las instrucciones de matrícula del curso 2022-2023. Se devolverá el importe del descuento que corresponda.
c) La superación, en el curso anterior, de asignaturas matriculadas en el curso 2022-2023. Se devolverá el importe de los créditos de la/s asignatura/s.

- Master de Acceso a la Profesión de Abogado (curso 2022-23):

       La cantidad de 500€ abonada en concepto de “pre-matrícula” sólo se devolverá en caso de que el máster no llegara a impartirse.

 

     DOCTORADO 

De conformidad con el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid la devolución de los importes abonados por precios públicos sólo procederá cuando, por causas no imputables al estudiante, no se preste el servicio o no se realice la actividad.

No obstante, lo anterior, a petición del estudiante, la Vicerrectora de Estudiantes podrá resolver favorablemente la devolución de los importes abonados por estudios oficiales de doctorado en los siguientes supuestos:
     - Matrículas desestimadas por las Facultades por falta de requisitos académicos de acuerdo con el apartado 2.4. de las Instrucciones de Matrícula.
     - Anulaciones de matrícula concedidas por las Facultades según lo dispuesto en el apartado 7 de las Instrucciones de Matrícula.
     - Excepcionalmente, por causas de fuerza mayor, sobrevenidas y debidamente documentadas, tales como enfermedad grave del estudiante o familiar de primer grado.

Las solicitudes de devolución derivadas del cambio de dedicación de tiempo completo a tiempo parcial para el curso 2021-2022 solo serán autorizadas cuando la solicitud de cambio se haya producido dentro del plazo establecido en la Normativa de Permanencia de los estudios de doctorado que, en todo caso, deberá haber sido autorizada antes del 30 de noviembre de 2021. En ningún supuesto se devolverán los importes abonados por servicios de secretaría y el seguro escolar.

 


Condiciones de la devolución

  1. Antes de iniciar el trámite de devolución de tasas, el estudiante deberá acudir a la secretaría de alumnos de su Facultad para la tramitación académica de alguna de las causas contempladas en el apartado anterior (anulación de matrícula, modificación de precios, etc…).

  2. La devolución de tasas únicamente podrá realizarse a favor del estudiante, como titular del servicio académico.

  3. La devolución podrá hacerse efectiva mediante:
  • Transferencia bancaria: Es imprescindible que el estudiante figure como Titular o Autorizado de la cuenta bancaria en la que se vaya a efectuar el abono.

  • Si no se dispone de cuenta bancaria, la devolución se realizará mediante cheque nominativo que se retirará en la Sección de Devoluciones del Edificio de Estudiantes (Av. Complutense, s/n – Madrid).

 En la modalidad de pago fraccionado, cualquier modificación del precio de la matrícula se reajustará en los siguientes recibos.


AVISO

ENVIAR LA SOLICITUD A NUESTRO CORREO ELECTRÓNICO: devmatri@ucm.es

CURSO 2022-23
ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER OFICIAL
* PLAZOS PARA SOLICITAR ANULACIONES DE MATRÍCULA CON DERECHO A DEVOLUCIÓN
PLAZO
CAUSA
Hasta el 30 de septiembre.
Anulación total de la matrícula.
Hasta el 7 de octubre.
Modificaciones de matrícula.
Hasta el 15 de noviembre.
Cambio de universidad.

*Antes de solicitar la devolución póngase en contacto con la secretaría de su centro (https://www.ucm.es/facultadespara tramitar la anulación o modificación de los precios de la matrícula.


Sección de Devoluciones