Convenios no Erasmus

Profesorado y Personal Investigador Extranjero

 

Se debe tener en cuenta que la concesión de las ayudas a estos programas de intercambio está sujeta a disponibilidad presupuestaria.

 


La participación en los programas de intercambio requiere el riguroso cumplimiento de los siguientes requisitos:

Presentación de la siguiente documentación en la Oficina de Relaciones Internacionales, con una antelación de un mes, para su remisión a Informe y dictamen del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación:

PROFESORADO Y PERSONAL INVESTIGADOR EXTRANJERO

a) Propuesto por la UCM:

  • Propuesta de visita - en virtud del Convenio- con la autorización del Decano o Director del Centro, y del Director del Departamento - consignada en impreso normalizado facilitado por la Oficina de Relaciones Internacionales con indicación expresa del objeto del viaje, fechas y otros detalles de interés. Deberá adjuntarse, además, curriculum del profesor invitado.
  • Invitación o aceptación del Centro o Departamento de la U.C.M., incluyendo descripción e interés de la actividad propuesta.
  • Conformidad del Vicerrectorrado de Relaciones Internacionales y Cooperación de la U.C.M.
  • Aceptación de la Universidad extranjera, con la conformidad de su Rectorado, Vicerrectorado de Relaciones Internacionales u órgano de Gobierno equivalente y con referencia expresa al Convenio existente. Podrá hacerse por carta o email, confirmando el objeto de la visita y las fechas propuestas.

b) Propuesto por la universidad extranjera:

  • Propuesta de visita - en virtud del Convenio- reunida por la Universidad extranjera consignada en impreso normalizado facilitado por la Oficina de Relaciones Internacionales, con la conformidad de su Rectorado, Vicerrectorado de Relaciones Internacionales u órgano equivalente, especificando las fechas exactas del periodo de intercambio, objetivo del mismo y condiciones materiales que se ofrecen.
  • Aceptación del Departamento o Centro receptor de la Universidad Complutense y Conformidad expresa del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación de la U.C.M. consignadas en el impreso normalizado.

Para cualquier aclaración, rogamos nos contacten a través del siguiente correo electrónico: pdimovilidad_ori@ucm.es 


NORMAS ADICIONALES

  • El Director del Departamento o Centro receptor deberá confirmar la llegada del profesor visitante, o comunicar, en su caso, con 72 horas de antelación como mínimo, posibles alteraciones en las fechas previstas con objeto de que la de Relaciones Internacionales pueda rescindir las reservas de alojamiento efectuadas. En su defecto el gasto corresponderá al Departamento o Centro receptor.
  • Finalizada la visita del profesor extranjero, el Departamento o Centro receptor de la Universidad Complutense remitirá a la Oficina de Relaciones Internacionales una certificación indicativa de que la actividad concertada se ha realizado de conformidad.
  • El Profesor invitado deberá presentar al finalizar su estancia en la U.C.M. una Memoria de las actividades realizadas en la misma con el VºBº del Director del Departamento o Profesor.

OBSERVACIONES

  • El Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación asumirá, exclusivamente, el gasto generado por los intercambios en las condiciones establecidas en cada Convenio concreto y de conformidad con las presentes normas.
  • El período en el que se puede realizar la visita será durante el curso escolar, respetando el período de vacaciones de cada Centro.
  • La Oficina de Relaciones Internacionales efectuará todas las gestiones referentes al alojamiento contemplado en los Convenios.
  • Las gestiones referentes al alojamiento efectuadas por particulares serán admitidas, solamente, si se justifican precios menores a los mantenidos por la U.C.M. (Es preciso hacer notar, a este respecto, que la justificación administrativa de esta alternativa puede generar atrasos apreciables en el abono de las facturas).
  • El Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación, no asumirá, en ningún caso, los gastos ocasionados por acompañantes de los profesores invitados, o los gastos correspondientes a fechas distintas de las acordadas.
  • La asistencia a un congreso no implica la participación en los programas de intercambio propiciados por los Convenios interuniversitarios suscritos por la U.C.M.