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Solicitudes EB87/23

PARA BENEFICIARIOS DE LA CONVOCATORIA FPU 2022, 2023:

 

Las convocatorias del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades FPU 2022, 2023 , incluyen en su Artículo 40. Ayudas adicionales para el periodo de estancias en otros centros.

Durante el periodo de duración del contrato predoctoral FPU, tanto en el periodo predoctoral como en el periodo de orientación postdoctoral (POP), las personas beneficiarias podrán disfrutar de una única ayuda de un máximo de tres meses para realizar una estancia formativa financiada por el Ministerio de Universidades.

Se deberá tener en cuenta que el cómputo total de la suma del periodo de la estancia financiada por el Ministerio de Universidades y cualquier otro financiado por otros medios no podrá rebasar el periodo máximo de 12 meses de ausencia del centro de adscripción a la largo de toda la ayuda.

La estancia deberá tener una duración mínima de un mes y máxima de tres meses de forma ininterrumpida, contados a partir de la fecha de incorporación al centro receptor.

Las personas beneficiarias que soliciten una estancia deberán haber completado un periodo igual o superior a 9 meses de ayuda FPU, o resultante de la suma de la ayuda FPU y otras becas o ayudas anteriores de naturaleza semejante, cuyo periodo disfrutado haya sido descontado del cómputo de duración máxima de la ayuda FPU.

El período de la estancia no podrá trascurrir total ni parcialmente durante los últimos seis meses del periodo de la ayuda FPU.

Una misma estancia no podrá desarrollarse en diferentes anualidades.

Las solicitudes de las estancias se presentarán, a través del centro de adscripción, Universidad Complutense de Madrid, en la Secretaría General de Universidades entre el 1 y el 15 de septiembre de la anualidad previa a la de realización de la estancia.

Por lo tanto, las estancias a realizar serían durante el año 2026.

Teniendo en cuenta todas estas cuestiones, los beneficiarios que cumplan con los requisitos anteriormente expuestos, y que deseen solicitar una de estas ayudas deberán enviar su solicitud junto con la documentación exigida a través de sede electrónica mediante la realización de una instancia genérica. https://sede.ucm.es/opencms/system/modules/sede/index

Documentación a presentar:

a) Memoria de las actividades que se llevarán a cabo durante la estancia.
b) Justificación de la relevancia de la estancia para la consecución del programa de actividades de docencia e investigación presentado para la ayuda FPU.
c) Visto bueno del centro de adscripción .
d) Aceptación del centro receptor emitido por el responsable del grupo receptor, con la autorización del representante legal del centro u organismo en el que se vaya a desarrollar la estancia.


Las solicitudes que no cumplan con los requisitos exigidos en la convocatoria no serán presentadas ante la Secretaría General de Universidades.

El Ministerio de Universidades admitirá o denegará las solicitudes de las estancias en atención al cumplimiento de lo dispuesto en el punto anterior.

La concesión de las ayudas de estancias estará sujeta al riguroso orden de registro de las solicitudes de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

Teniendo en cuenta este último punto se fija un el plazo de presentación de solicitudes siguiendo el procedimiento establecido desde el 18.06.2025 hasta el 10.09.2025 ambos inclusive.

Teniendo en cuenta, que el plazo de entrega de solicitudes en el organismo financiador, termina el 15.09.2025, se solicita sea cumplido el plazo anteriormente indicado para poderrealizar la revisión por parte de la UCM de la documentación entregada, previa a su registro en el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades