Resolución Rectoral de fecha 16 de julio de 2020 por la que se aprueban los importes de concesión y la información personal de los adjudicatarios y denegados

Resolución Rectoral de fecha 16 de julio de 2020 por la que se aprueban los importes de concesión de las “Ayudas al Transporte Año 2020: Abono de transporte anual 2020” y se publica la información personal de los adjudicatarios y denegados.

 

Con fecha 10 de febrero de 2020 se publican las bases de la convocatoria que han de regir el proceso de adjudicación de las Ayudas al Transporte Año 2020: Abono transporte anual 2020, de conformidad con los acuerdos adoptados por la Comisión de Acción Social de la UCM.

Finalizada la revisión de las solicitudes por el Servicio de Acción Social, el Vicerrectorado de Política Económica aprueba y publica la información provisional de admitidos y excluidos, con sus motivos de exclusión, abriendo un plazo de 10 días a efectos de presentación de subsanaciones, siendo comprobadas las reclamaciones presentadas.

En ejercicio de las competencias que me atribuye el DECRETO rectoral 19/2019, de 14 de junio de 2019 de establecimiento de los Vicerrectorados de la UCM, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole organizativo, publicado en el BOCM Núm. 144 de 19 de junio, este Rectorado

Resuelve:

Primero: Aprobar el importe definitivo de concesión, acordado por la Comisión de Acción Social en su reunión de 15 de julio de 2020, de las Ayudas al Transporte Año 2020: Abono transporte anual 2020.

Segundo: Habiéndose establecido como máximo de ayuda hasta un 83 % del precio del Abono Anual 2020, según la base sexta de la convocatoria, a los adjudicatarios del tramo 1 y jornada completa, estableciendo el resto de porcentajes en función del criterio socioeconómico de la base quinta de la convocatoria y el tipo de jornada en la Universidad, la Comisión de Acción Social ha aprobado las siguientes ayudas:

 

TIPO DE ABONO

ABONOS TRANSPORTE 2019

 

AYUDAS ADJUDICADAS

PERSONAL A TIEMPO COMPLETO

PERSONAL A TIEMPO PARCIAL

Tramo 1 Bajo

Tramo 2 Medio

Tramo 3 Alto

Tramo 1 Bajo

Tramo 2 Medio

Tramo 3 Alto

A-B1-B2-B3-C1-C2-E1-E2

Importe de cada abono

83 %

58,1 %

33,2 %

41, 5%

29 %

16,6 %

 

Tercero: En el caso de los solicitantes con jornada parcial aplicar el 50% de la ayuda a los criterios del punto primero de esta resolución, de acuerdo con lo establecido en la base cuarta de la convocatoria.

Cuarto: Para los abonos de transporte anual 2020 adquiridos por tiempo inferior al año, se aprueba aplicar el mismo porcentaje de la base segunda al importe real abonado por el adjudicatario.

Quinto: Declarar denegados de la convocatoria, por las causas que en cada caso se determinan, en el detalle de su información personal a los solicitantes que no cumplen con las bases de la convocatoria.

Sexto: Informar a los solicitantes que podrá consultarse el detalle de la información personal a través de la siguiente página:

https://accionsocial.ucm.es

Séptimo: De conformidad con lo previsto en los artículos 112, 123 y 124 de la LPAC, contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que los hubiera dictado, en el plazo de un mes o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo, si se tratase de personal funcionario.

De conformidad con el artículo 69 de la LRJS, en el caso de personal laboral el interesado podrá formalizar demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Madrid.

 

Madrid, 16 de julio de 2020

EL RECTOR,

P.D. EL VICERRECTOR DE POLÍTICA ECONÓMICA

(Decreto Rectoral 19/2019, de 14 de junio, BOCM nº 144, de 19 de junio)

 

 

 

José Ignacio López Sánchez

 

 

Fecha de publicación: 16 de julio de 2020