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¿Quién y cuándo puede solicitar una mediación?

¿Quién y cuándo puede solicitar una mediación? El servicio de mediación de la Defensoría Universitaria de la UCM está dirigido a todas las personas que forman la comunidad universitaria: estudiantes, personal docente y de investigación, personal técnico de administración y servicios, de modo que cualquiera de ellas puede solicitar la mediación. La mediación, además, no está restringida a personas individuales, sino que también la pueden solicitar grupos de personas como asociaciones, equipos, sectores profesionales, etc. Asimismo, los órganos de gobierno y gestión de la universidad pueden derivar a la Defensoría Universitaria aquellos casos en los que estimen que puede ser factible o procede un proceso de mediación. En este caso, la derivación debe realizarse con el conocimiento y consentimiento, al menos, de una de las partes implicadas. Tanto los diferentes óraganos de nuestra Universiad como las personas con responsabilidad en recursos humanos pueden derivar a la Defensoría Universitaria para realizar una sesión informativa.

La Defensoría Universtiaria no intervendrá en procesos de mediación en los casos que se detecten faltas disciplinarias, delitos, especialmente en situaciones de acoso laboral y sexual. Si iniciado un proceso de mediación se detecta o se declara alguna cuestión de esta índole, se dará conocimiento a las autoridades e instancias oportunas. No obstante, podrá emplearse este recurso por parte de la Defensoría como una herramienta preventiva y de gestión cooperativa de conflictos incipientes, siempre, tal y como se expone, no presenten indicios racionales de delito u otras cuestiones que hagan inviable un proceso de estas características.