Justificación EB82/23-TT83/23

Instrucciones sobre estancias breves de contratados predoctorales FPU a realizar durante el año 2024 

 

1. Documentos a presentar antes del inicio de la estancia

En la tercera semana previa al inicio del desplazamiento.

En el caso de que la estancia se vaya a realizar en algún país de la Unión Europea o en países con los que España haya suscrito un convenio de Seguridad Social (en este enlace puede consultarse la lista de países), los beneficiarios deberán enviar un mensaje a la dirección electrónica pinves.admi@ucm.es, adjuntado firmado el impreso de Solicitud de Mantenimiento de la Legislación Española de Seguridad Social.

 

2. Documentos a presentar al iniciar  la estancia

En los 3 días hábiles siguientes al inicio de la estancia.

En dicho plazo el beneficiario enviará un mensaje a la dirección electrónica pinves.admi@ucm.es al que adjuntará firmado el documento "Certificado de incorporación" según impreso normalizado disponible en la web del Ministerio, de acuerdo con las indicaciones para la firma que figuran al dorso del mismo.

Dado que la fecha insertada en el CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN al centro receptor es la fecha real de inicio de la estancia, no existe la posibilidad de modificarla. NO se aprobarán SOLICITUDES DE MODIFICACIÓN DE LAS FECHAS SOLICITADAS/CONCEDIDAS, cuya fecha de inicio no coincida con la fecha real de inicio que conste en el CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN al centro receptor. 

Aviso importante No se aprobará una solicitud de modificación de fechas con reducción del periodo si la causa es incluir los viajes de ida y vuelta dentro del periodo de estancia concedido. LA REDUCCIÓN DE LA DURACIÓN DE LAS AYUDAS SOLO PODRÁ AUTORIZARSE A CAUSA DE MOTIVOS DE FUERZA MAYOR (artículo 17.9 de la convocatoria).

Como continuación al punto anterior, se recuerda que las fechas de inicio y fin solicitadas/concedidas se corresponden con el PERIODO REAL de realización de la estancia y LOS VIAJES DEBEN REALIZARSE FUERA DEL PERIODO CONCEDIDO, atendiendo a lo estipulado en el ANEXO I, b), punto 2.2 del anexo I de la convocatoria: 

a) Viaje de ida. Sólo se tendrá derecho al reembolso del mismo si el viaje se ha efectuado dentro de los 2 días anteriores al de la incorporación al centro receptor.

b) Viaje de regreso. Sólo se tendrá derecho al reembolso del mismo si el viaje se ha efectuado dentro de los 2 días posteriores al de la fecha de finalización de la estancia.

 

3. Documentos a presentar a la finalización de la estancia

En los 15 días hábiles siguientes a la finalización de la estancia.

Para justificar el desplazamiento y percibir el abono de la ayuda para el viaje, los beneficiarios de esta convocatoria deberán presentar los siguientes documentos:

PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LA ESTANCIA

a) Memoria final del trabajo desarrollado durante la estancia (impreso normalizado disponible en la web del Ministerio). 

b) Certificado del Centro receptor (impreso normalizado disponible en la web del Ministerio), que deberá sujetarse a los siguientes requisitos:

- Deberán constar expresamente los días inicial y final de la estancia.
- No se admitirán certificados con tachaduras o enmiendas.
- No serán válidos los certificados que indiquen fechas de inicio o de fin de la estancia que estén en contradicción con las fechas efectivas del viaje.
- No serán válidos los certificados cuando conste en ellos una fecha de expedición anterior a la fecha de finalización de la estancia.

c) Certificado de reincorporación al centro de adscripción (UCM) (impreso normalizado disponible en la web del Ministerio).

Aviso En el caso de que los documentos a entregar sean firmados con firma electrónica ( Memoria final, Certificado del centro receptor y certificado de reincorporación a la UCM), deberán enviarse por vía correo electrónico a la dirección pinves.admi@ucm.es, si por el contrario, los documentos son firmados con firma manual, serán igualmente enviados por correo electrónico y además se deberá entregar obligatoriamente los originales de dicha documentación. No serán válidos, por tanto, fotocopias o copias escaneadas del mismo.

Si el interesado desea uno para su currículum deberá solicitar un segundo certificado en el centro receptor.

PARA LA JUSTIFICACIÓN DE GASTOS DEL VIAJE

a) Breve memoria explicativa, con la relación de gastos y justificantes que se presentan.

b) Facturas y justificantes de gasto acompañados de los billetes y tarjetas de embarque originales utilizados en el viaje. (Solo se admitirán billetes de transporte público si viene especificado su precio o se acompaña de la factura).

c) Justificantes de pago (Extractos y certificaciones bancarias, copias de la orden de transferencia u otro documento justificativo del movimiento bancario).

Todos los documentos de gasto y pago tienen que ir a nombre del benenficiario de la ayuda.

Sólo se admitirán gastos de viaje, con un margen máximo de dos días naturales antes o después del inicio o finalización de la estancia.

Caso especial: Utilización de vehículo particular.

Si el viaje se ha realizado en este medio de transporte, deberá presentarse declaración justificativa de utilización de vehículo particular.