Justificación EB75/16

INSTRUCCIONES SOBRE ESTANCIAS BREVES DE CONTRATADOS PREDOCTORALES FPU (MECD) A REALIZAR DURANTE EL AÑO 2017

Con el fin de que la gestión del abono del importe por parte de la Universidad pueda realizarse correctamente, los investigadores deberán presentar en la Sección de Administración de Personal de Investigación del Servicio de Investigación los siguientes documentos:

 

I. Documentos que hay que presentar antes del inicio de la estancia.

Los investigadores que hayan obtenido una Ayuda para Estancias Breves del MECD, convocatoria 2016, deben presentar en la Sección de Administración de Personal Investigador del Servicio de Investigación de la Universidad Complutense, con anterioridad suficiente al inicio de la estancia, el impreso de Solicitud de Mantenimiento de la Legislación Española de Seguridad Social.

Este impreso debe ser presentado siempre que la estancia breve se realice en algún país de la Unión Europea o en países con los que España haya suscrito convenio de Seguridad Social (en este enlace puede consultarse la lista de países). 

 

II. Documentos que hay que presentar después de realizar la estancia.

Impresos normalizados disponibles en la Web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte).

Para justificar el desplazamiento y obtener el abono de la ayuda para el viaje, los beneficiarios de esta convocatoria deberán presentar en la Sección de Administración de Personal Investigador del Servicio de Investigación, en los 15 días hábiles siguientes a la finalización de la estancia, los siguientes documentos:

a) Memoria final del trabajo desarrollado durante la estancia (impreso normalizado del MECD). 

b) Certificado del Centro receptor (impreso normalizado del MECD), que deberá sujetarse a los siguientes requisitos:

- Deberán constar expresamente los días inicial y final de la estancia.
- No se admitirán certificados con tachaduras o enmiendas.
- No serán válidos los certificados que indiquen fechas de inicio o de fin de la estancia que estén en contradicción con las fechas efectivas del viaje.
- No serán válidos los certificados cuando conste en ellos una fecha de expedición anterior a la fecha de finalización de la estancia.

c) Billetes y tarjetas de embarque originales utilizados en el viaje. (Solo se admitirán billetes de transporte público si viene especificado su precio o se acompaña de la factura).

d) Facturas y documentos de justificación del pago, entre los que se incluyen extractos y certificaciones bancarias, copias de la orden de transferencia u otro documento justificativo del movimiento bancario.

e) Breve memoria explicativa que incluya la relación de los justificantes aportados con la justificación, de los gastos de billetes de autobús o transportes urbanos y similares.

 

Caso especial: Utilización de vehículo particular.

Si el viaje se ha realizado en este medio de transporte, deberá presentarse el justificante de utilización de vehículo particular.