Instrucciones AM 1/22
Acuerdo marco para el suministro de productos, instrumental y equipamiento de laboratorio y clínicas y servicios asociados. AM 1/22. Expediente 2022/001279.
Índice | Instrucciones |
1. Objeto de los contratos basados en este AM
2. Catálogos de productos incluidos
3. Adjudicación de los contratos basados
6. Suministros con precio unitario y entregas sucesivas
8. Perfección de los contratos basados
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1. Objeto de los contratos basados en este acuerdo marco
A través de este acuerdo marco se puede adquirir equipamiento e infraestructuras de laboratorio, clínicas e instalaciones para la docencia y la investigación. Incluye suministros de fungible y equipos inventariables. También se puede solicitar:
Y los siguientes servicios relacionados con la compra del equipamiento:
Será necesario Informe favorable de viabilidad expedido por la Dirección de Obras y Mantenimiento Cuando la entrega o puesta en funcionamiento de un suministro suponga la realización de obra o modificación de instalaciones (electricidad, agua, aire acondicionado, etc.) deberá incluirse, junto con la documentación justificativa de la necesidad.
Dada la variedad de productos y equipos que pueden ser necesarios para los laboratorios, clínicas y otros soportes a la docencia y a la investigación, el acuerdo marco se ha dividido en 14 lotes y cada lote en varias familias que acotan el tipo de productos que las empresas se comprometen a servir.
2. Suministros incluidos en el acuerdo marco. Catálogos
Las empresas adjudicatarias han aportado los catálogos de productos y equipamiento con sus precios. Estos catálogos constituyen su oferta. Si el producto o equipo que se necesita no está incluido en los catálogos de las empresas o está incluido a un precio superior al estimado por el promotor del contrato, se puede optar por:
3. Adjudicación de los contratos basados en este acuerdo marco
3.1 Se solicitará oferta mediante documento de licitación en los casos relacionados en el apartado 5, de acuerdo con lo siguiente:
3.2 Posibilidad de adjudicación directa
-Haber quedado mejor posicionada en la licitación, en la familia o en el lote en el que se incluya el equipamiento o servicio objeto del contrato. En caso de empate podrá adjudicarse a cualquiera de ellas. -Ofrecer las características físicas, técnicas o de calidad requeridas para el equipamiento o servicio solicitado, debiendo quedar acreditadas en el expediente la motivación de la necesidad y la condición de la empresa propuesta como única empresa adjudicataria del AM que reúne estas características. -Ser la única empresa en la familia o en el lote en el que se incluya el equipamiento o servicio objeto del contrato que suministre el pedido en el plazo requerido de acuerdo con las condiciones de su oferta
4. Segundas licitaciones
La LCSP denomina segunda licitación, a la solicitud de ofertas que se realiza a las empresas adjudicatarias de un acuerdo marco con el fin de adjudicar un contrato basado en ese AM. Se llama “segunda” en referencia a la primera que es la licitación que se celebró en su momento para determinar las empresas adjudicatarias del acuerdo marco. Es obligatorio realizar una segunda licitación en todos los casos salvo las excepciones de adjudicación directa enumeradas en el apartado 3.2. La solicitud de oferta se realizará simultáneamente, por medios electrónicos, utilizando un documento de licitación. Al documento de licitación podrá unirse un pliego técnico. El plazo de recepción de ofertas será el suficiente para permitir la redacción y envío de la oferta y tendrá en cuenta el objeto del contrato y la pluralidad o no de criterios de valoración, así como su complejidad. Cuando el importe del contrato sea igual o superior a 215.000,00 euros, la segunda licitación se realiza por el Servicio de contratación.
5. Documento de licitación
Es el documento en el que se establecen las características de los suministros y servicios solicitados y sus términos, los criterios de valoración de las ofertas referidos al precio o al precio y a criterios técnicos y la ponderación de cada uno de ellos. Al documento de licitación podrá unirse un pliego técnico. Es obligatorio:
En el resto de los casos es opcional y se aconseja su uso cuando sea necesario determinar con mayor precisión las características del suministro y las obligaciones del contratista.
6. Suministros con precio unitario y entregas sucesivas
A través de este acuerdo marco pueden solicitarse suministros que requieran entregas sucesivas (porque caduquen, porque no puedan almacenarse,…) y cuyo precio se fije por unidades. El presupuesto del contrato se fija estimativamente teniendo en cuenta las compras realizadas en años anteriores. El contrato se adjudica por un plazo determinado (máximo 5 años) y durante este plazo se podrá requerir al contratista la entrega de los bienes cuando sean necesarios por el precio y con las condiciones que haya ofrecido al celebrarse la segunda licitación. No existe un compromiso de compra ya que el número de entregas se subordina a las necesidades de la Administración.
7. Garantía definitiva en los contratos basados
La garantía definitiva se establecerá en el documento de licitación, teniendo en cuenta que:
8. Perfección de los contratos basados
Los contratos basados se perfeccionan mediante su adjudicación.
El documento de licitación, y el pliego técnico, en su caso, formarán parte del contrato. |