Ingeniería Química

Doctorado. Curso 2022/2023.

Requisitos de titulación o formación previa específica

Para el acceso y admisión a las enseñanzas de Doctorado se aplicará lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del R.D 99/2011 de 28 de enero, por el que se regulan las Enseñanzas Oficiales de Doctorado, así como lo dispuesto en el artículo 5 de la Normativa que Regula los Estudios de Doctorado de la UCM (http://www.ucm.es/normativa).

Con carácter general, para acceder al Programa de Doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.

Además podrán acceder quienes cumplan alguno de los siguientes supuestos:

  1. Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.
  2. Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el artículo 7.2 del RD 99/2011, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
  3. Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
  4. Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos que no pertenezcan al Espacio Europeo de Educación Superior, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.
  5. Podrán ser admitidos a los estudios de doctorado conforme al RD 99/2011, los Licenciados, Arquitectos o Ingenieros que hubieran alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero, o estuvieran en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril.
  6. Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.

Así mismo, en el momento de realizar la pre-inscripción en el Programa será necesario aportar un aval de un investigador relacionado con la línea de investigación y proyecto propuesto, que actuaría como potencial director de Tesis.

Criterios de valoración

Criterios de valoración Máximo número de puntos
Expediente académico en la titulación de acceso 30
Curriculum vitae 20
Adecuación del perfil del candidato a los objetivos y contenidos del programa 30
Entrevista personal 20