Criterios de adjudicación de plazas

La adjudicación de plazas se realiza en función de la nota de admisión obtenida por el  estudiante con el siguiente orden de prelación:

  • Se atenderán en primer lugar las solicitudes de interesados que cumplan los requisitos de admisión y presenten la solicitud correctamente en la convocatoria  ordinaria del año en curso.
  • En segundo lugar, se adjudicarán plazas a los estudiantes que cumplan los requisitos de admisión y presenten la solicitud correctamente en la convocatoria  extraordinaria del año en curso.
  • En tercer lugar, se adjudicarán las plazas vacantes para los estudiantes con título de bachiller homologado sin alguna prueba de acceso a la universidad superada. Estos estudiantes sólo podrán solicitar plaza en la convocatoria extraordinaria.

Aquellos alumnos que tengan prioridad por haber finalizado sus estudios en la convocatoria de junio de 2024 o años anteriores, deberán formalizar su preinscripción en la FASE ORDINARIA. Si no lo hicieran, perderán dicha prioridad.

A los alumnos que soliciten simultanear estudios se les adjudicará plaza solamente en la convocatoria extraordinaria si existieran vacantes tras la asignación a los alumnos que sólo se matriculen en un Grado. Estas condiciones deberán circunscribirse al ámbito de las enseñanzas que se impartan en centros públicos, es decir, el alumno que provenga de una universidad privada y solicite ser admitido en una universidad pública o centro adscrito, no tendrá la consideración de simultaneidad.

 

CRITERIOS DE VALORACIÓN. NOTA DE ADMISIÓN

Las solicitudes que se encuentren en igualdad de condiciones, según las prioridades que establece la legislación, se ordenarán en función de su nota de admisión, que resultará de la nota de acceso y la suma de las calificaciones ponderadas de las materias establecidas por las Universidades.