Campaña Anual de Vigilancia de la Salud 2025
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, entre las actuaciones del Servicio de Medicina del Trabajo se incluye la vigilancia periódica del estado de salud del personal de la Universidad Complutense de Madrid (UCM).
En aplicación de esta normativa, se realizan exámenes médicos individualizados de carácter anual. Estos reconocimientos tienen carácter voluntario, salvo en los supuestos en los que su realización resulte imprescindible para:
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Evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores.
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Verificar si el estado de salud de un trabajador puede representar un riesgo para sí mismo, para sus compañeros o para otras personas vinculadas con la UCM.
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O cuando así lo disponga una norma legal en relación con riesgos específicos o actividades de especial peligrosidad.
El Servicio de Medicina del Trabajo organiza la asistencia a estos reconocimientos a través del Portal de Prevención, mediante el cual cada trabajador puede gestionar su propia cita para los reconocimientos médicos periódicos.
Los resultados de la vigilancia de la salud se comunicarán de forma individual a cada trabajador, garantizando en todo momento el derecho a la intimidad y la confidencialidad de la información médica, a través del citado Portal de Prevención.
Tipología de los Reconocimientos Médicos
Esta actividad sanitaria comprende las siguientes modalidades de reconocimiento:
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Reconocimientos Médicos de Inicio
Se realizan tras la incorporación al puesto de trabajo o al asumir nuevas tareas que impliquen riesgos específicos para la salud. Las citas serán gestionadas directamente por el Servicio de Medicina del Trabajo. -
Reconocimientos Médicos tras una Ausencia Prolongada por Motivos de Salud
Procederán cuando la ausencia haya superado los 180 días, con el objetivo de identificar posibles orígenes profesionales del problema de salud y recomendar las medidas oportunas de protección. La citación se realizará directamente desde el Servicio de Medicina del Trabajo. -
Reconocimientos Médicos Periódicos de Carácter Obligatorio
En los casos en que el reconocimiento médico sea obligatorio, cualquiera que sea la causa, el Servicio de Medicina del Trabajo convocará individualmente a cada trabajador. -
Reconocimientos Médicos Periódicos de Carácter Voluntario
Conforme a la programación establecida por el Servicio de Medicina del Trabajo, se convocará sucesivamente a los distintos Centros y Servicios de la UCM.
La oferta del reconocimiento se comunicará a todos los trabajadores de cada centro mediante correo electrónico individualizado, remitido por el propio Servicio de Medicina del Trabajo o, en su caso, a través de la Gerencia del Centro.Aquellos trabajadores que lo soliciten, recibirán, posteriormente, un correo electrónico con las instrucciones para gestionar su cita a través del Portal de Prevención, así como las indicaciones necesarias para el día del reconocimiento.
En caso de no solicitarlo, se entenderá que el trabajador renuncia voluntariamente a ejercer su derecho a la vigilancia de la salud.
