Gastos imputables

Artículo 4

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Los gastos que pueden ser imputables al proyecto serán los que se relacionan a continuación, o que tengan similar naturaleza: Las actividades deberán desarrollarse entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024. Los gastos deberán estar efectuados y debidamente justificados documentalmente ante la UCM antes del 30 de noviembre de 2024. Los importes no adecuadamente justificados en este plazo deberán devolverse a la universidad. La justificación del gasto se realizará conforme a las normas de ejecución presupuestaria de la UCM.


a. Servicios profesionales o trabajos técnicos.
b. Adquisición de material fungible o de mercadotecnia.
c. Conferencias o colaboraciones ocasionales.
d. Gastos destinados a transporte sostenible para actividades.
e. Alquileres de material para eventos.
f. Costes derivados del uso de espacios o recursos UCM.

 

Las actividades deberán desarrollarse entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024. Los gastos deberán estar efectuados y debidamente justificados documentalmente ante la UCM antes del 30 de noviembre de 2024. Los importes no adecuadamente justificados en este plazo deberán devolverse a la universidad. La justificación del gasto se realizará conforme a las normas de ejecución presupuestaria de la UCM.



       

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