Secretaría General. Transparencia

 

E

l/La Secretario/a General se contempla en el art. 22 de la LOU como cargo de obligado nombramiento. En los Estatutos de la UCM se le atribuyen  las siguientes funciones:

Secretaría del Consejo de Gobierno y del Claustro; fedataria de los actos y acuerdos de los órganos colegiados de la UCM de los que forme parte; organización de la Asesoría Jurídica, de la que será el máximo responsable; formación y custodia del libro de actas de los órganos en los que actúe como Secretario/a; expedición de documentos y certificaciones de las actas y acuerdos de órganos colegiados de los que forme parte; expedición de las copias previstas en los artículos 26 y 27 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de aquellos documentos públicos o privados cuyos originales obren en poder de cualesquiera órganos administrativos de la UCM; dirección del Archivo General y la custodia del sello oficial de la Universidad; organización de los actos solemnes de la Universidad y el cumplimiento del protocolo; publicidad de los acuerdos de los órganos de gobierno colegiados de los que forma parte, así como de las disposiciones del Rector/a; dirección del Registro General de la Universidad; dirección del “Boletín Oficial de la Universidad Complutense”; y elaboración de una Memoria anual de actividades de la Universidad. Además, por delegación del Rector, ejerce las siguientes competencias: representación de la Universidad, judicial y administrativa, en cuantos actos, negocios jurídicos y contratos; solicitud de dictámenes de naturaleza jurídica a personas físicas o jurídicas; instrucción de los procedimientos administrativos -revisión de oficio, declaración de lesividad y reclamación de responsabilidad patrimonial-; presidencia de la Comisión de Reglamentos; dirección, coordinación y puesta en valor del Archivo Histórico; dirección de la política de protección de datos personales; dirección de la política de transparencia y mantenimiento del Portal de Transparencia; impulso y coordinación de la implantación de la Administración electrónica; representación en los actos propios de la jurisdicción penal; y coordinación de los procesos electorales del ámbito de la Junta Electoral Central.

Dentro del trabajo realizado por la Secretaría General, aparte de la fundamental y exitosa labor desarrollada por la Asesoría Jurídica, la Transparencia y la Administración electrónica han significado dos de las acciones más desarrolladas durante estos cuatro años de mandato. Se trataba de aspectos apenas desarrollados anteriormente, y claves para una universidad moderna y comprometida socialmente. De hecho, en el actual mandato se ha puesto en pie toda la Administración Electrónica.

 

Transparencia 

 
  • La Fundación Compromiso y Transparencia calificaba en el año 2018 a la UCM como una Universidad “Opaca” (en cuestiones de transparencia). En el Informe relativo a 2019 (solo con el trabajo de 6 meses de mandato de este equipo), hecho público el 30 de noviembre de 2020, calificó a la UCM como Universidad “Transparente”, un éxito de este mandato, que implica el compromiso con otorgar el mejor servicio a la sociedad.
  • Esta situación se ha mantenido y mejorado a lo largo del mandato ya que, de hecho, la Fundación Haz (la antigua Fundación Compromiso y Transparencia citada anteriormente) ha publicado su Examen de Transparencia en las Universidades españolas referido a 2021, en el que la UCM ha alcanzado un porcentaje de cumplimiento de los indicadores del 94,4% (el promedio del grado de cumplimiento de las universidades públicas es de un 86%).

Además, la UCM ha obtenido el sello de transparencia con la calificación más alta de tres estrellas (de acuerdo con la evaluación realizada, las universidades participantes podían obtener de una a tres estrellas, y para obtener la calificación más alta se requiere un cumplimento superior al 90% de los indicadores evaluados). El sello analiza diferentes áreas de información relevante utilizando un conjunto de indicadores que analizan diversos aspectos: plan estratégico, recursos humanos, políticas y gobierno, supervisión y rendición de cuentas, estudiantes, información económica o posicionamiento en rankings, entre otros. La información pública debe cumplir, además, con los principios de visibilidad, integralidad, accesibilidad y actualidad.

  • El informe de DYNTRA (primera plataforma colaborativa en el mundo que trabaja en la medición y gestión del gobierno abierto en las organizaciones y para la Sociedad Civil) del año 2022, la UCM ocupa la 4ª posición sobre 77 Universidades evaluadas, cumpliendo 152 indicadores sobre 169.
  • El Portal de Datos, incorporado al Portal de Transparencia, ha recibido los siguientes reconocimientos:
    • El proyecto UniversiDATA-Lab (Portal de Datos) es el ganador de la III edición del Desafío Aporta, imponiéndose a las otras nueve finalistas que pasaron a la fase final de este concurso promovido por la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, el portal gob.es, y la entidad pública empresarial Red.es.
    • El Observatorio de Casos de Uso es un proyecto de investigación de data.europa.eu. Contribuye al objetivo más amplio del portal de medir el impacto económico, gubernamental, social y medioambiental de los datos abiertos mediante el seguimiento de 30 casos de reutilización de datos abiertos durante cuatro años: desde 2022 hasta 2025. UniversiDATA-Lab (Portal de Datos) ha sido seleccionado como proyecto de impacto social tras una serie de entrevistas con los desarrolladores para formar parte de los 30 casos de uso que utilizará el Observatorio en su investigación.

Acceso a la información pública

  • Se refiere a la información pública solicitada por cualquier ciudadano en base a las Leyes estatal y autonómica sobre Transparencia.
  • Hasta julio de 2019 se observaban casos de solicitudes no atendidas de las correspondientes reclamaciones ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. En julio de 2019 se empieza a normalizar esta situación. Desde entonces las solicitudes se responden en un plazo medio inferior (14 días) al legalmente marcado (20 días), no hay resoluciones inatendidas de los organismos supervisores, ni resoluciones negativas de los Tribunales, y se publica en el Portal de Transparencia todo lo referido a cada una de las solicitudes y su tramitación en el “Registro de solicitudes de acceso y reclamaciones".