Plan de medidas antifraude

Plan de medidas antifraude

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Descripción textual del Plan de medidas antifraude

Resumen de contenidos del Plan de Medidas Antifraude de la Universidad Complutense de Madrid.

Objeto y ámbito de aplicación

La UCM, como administración receptora y ejecutora de fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), aprueba este Plan en cumplimiento de la Orden HFP/1030/2021. Su objeto es definir medidas proporcionadas de prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses en todas las actuaciones financiadas con fondos PRTR.

Primero. Comisión Antifraude

Órgano colegiado formado por: el/la Gerente (presidencia), el/la Vicerrector/a con competencias económicas, el/la Secretario/a General, el/la Interventor/a, el/la Vicegerente/a económico/a y el/la Vicegerente/a de contratación. Sus funciones incluyen:

  • Autoevaluación periódica de riesgos de fraude, corrupción y conflicto de intereses.
  • Establecer y comunicar instrucciones de aplicación del Plan.
  • Analizar expedientes con indicios de fraude o denuncias recibidas.
  • Elaborar el informe anual de actuaciones para el Consejo de Gobierno y el Consejo Social.

Segundo. Conflicto de intereses

Se distinguen tres modalidades: conflicto aparente, potencial y real. Como medida preventiva, todos los intervinientes en procedimientos de contratación y concesión de subvenciones financiados con PRTR deben cumplimentar la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI). Ante cualquier situación de posible conflicto, la persona empleada debe comunicarlo a su superior jerárquico para que adopte las medidas oportunas.

Tercero. Fraude y corrupción

El Plan define fraude conforme a la Directiva (UE) 2017/1371 (Directiva PIF) y distingue entre corrupción activa y pasiva. Se articulan tres tipos de medidas:

  • Preventivas: promoción de la cultura ética y el Código de Conducta Complutense; formación específica en detección de riesgos para todos los niveles jerárquicos; reparto de funciones entre gestión, control (Intervención) y pago (Gerencia); publicidad activa de contratos y subvenciones en plataformas oficiales.
  • De detección: verificación mediante bases de datos; seguimiento de indicadores de fraude o "banderas rojas" (ver Anexo I); canal de denuncias a través de la sede electrónica de la UCM, con garantía de confidencialidad del denunciante conforme a la Directiva (UE) 2019/1937. También es posible informar al Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA) y a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).
  • De corrección: suspensión inmediata del procedimiento afectado; comunicación a la entidad decisora; inicio de actuaciones reservadas y, en su caso, expediente disciplinario; denuncia ante la fiscalía y ejercicio de acciones legales para la recuperación de fondos.

Cuarto y Quinto. Publicidad y entrada en vigor

El Plan se publica en el Portal de Transparencia y en el Perfil del Contratante de la UCM, y entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOUC.

Anexo I. Banderas rojas en contratación pública, subvenciones y encomiendas de gestión

Relación no exhaustiva de indicadores de alerta clasificados por tipología, basada en la Nota informativa de la Comisión Europea (COCOF 09/0003/00). Las principales categorías son:

  • Contratación pública: indicadores de sobornos y comisiones ilegales, pliegos amañados a favor de un licitador, licitaciones colusorias y conflictos de intereses.
  • Subvenciones públicas: limitación de la concurrencia, trato discriminatorio en la selección, conflictos de interés en la comisión de valoración, desviación del objeto de la subvención, falsedad documental e incumplimiento del principio de adicionalidad.
  • Encomiendas de gestión: ausencia de necesidad justificada, incumplimiento de los requisitos subjetivos del órgano encomendante o encomendado, y limitación de la concurrencia en la ejecución por terceros.
  • Medios propios: asignación incorrecta de costes de personal, ejecución irregular de la actividad y pérdida de la pista de auditoría.

Anexo II. Plantilla de evaluación de banderas rojas

Modelo de informe para documentar, por cada procedimiento de contratación financiado con PRTR, si se ha detectado alguna bandera roja, con columnas para descripción, resultado (sí / no / no aplica), observaciones y medidas adoptadas o a adoptar.

Este documento cumple con los requisitos de accesibilidad establecidos en la Directiva (UE) 2016/2102 y en el Real Decreto 1112/2018, garantizando su acceso mediante tecnologías de apoyo. Para incidencias o solicitud de formato accesible, utilice los canales habilitados.