Documentación para la matrícula de másteres

Curso 2023-24

Los/as estudiantes deberán hacer llegar la documentación a la Secretaría de Estudiantes de su Facultad a través de este enlace (pinchando aquí se descarga un manual sobre la aportación de los documentos). Se podrán presentar por este medio las copias de aquellos documentos que puedan comprobarse con otras Administraciones Públicas en las plataformas de intermediación (en la última página de las instrucciones de gestión de matrícula se indica cuáles son estos documentos). En caso contrario, se deberán aportar de forma presencial los originales de los documentos que acrediten una exención o deducción de precios en la matrícula, así como aquellos que acrediten la obtención de la titulación necesaria para acceder al máster.

 

Todos los estudiantes:     

  • DNI o NIE, en el caso de estudiantes admitidos por primera vez o cuando se haya producido alguna modificación o caducidad en el documento. Con carácter provisional, se admitirá el pasaporte como documento identificativo.
  • Si la matrícula se va a pagar por domiciliación bancaria, autorización firmada por el titular de la cuenta (mandato SEPA). Este impreso se obtiene al validar matrícula. El estudiante debe asegurarse de que su cuenta de adeudo acepta la domiciliación de recibos SEPA en euros (formas de pago desde el extranjero).
  • Documentación acreditativa de exenciones o deducciones de los precios públicos.
  • Para la correcta aplicación de precios públicos, los estudiantes extranjeros NO comunitarios mayores de 18 años, aportarán, si la poseen, la justificación de la condición de Residente. La autorización de estancia concedida a los estudiantes extranjeros NO equivaldrá a la condición de residentes.

Plazo de entrega: hasta el 13 de octubre de 2023, excepto la documentación justificativa de exenciones o deducciones, cuyo plazo de entrega es hasta el 31 de diciembre de 2023.

 

Estudiantes de nuevo ingreso:

Si la titulación que da acceso al Máster se obtuvo en una universidad española diferente a la UCM (española o de otro país del Espacio Europeo de Educación Superior), se debe presentar el título o el resguardo del abono de su expedición o del Suplemento Europeo al Título (con la correspondiente traducción jurada oficial siempre que no se hayan emitido en español). 

En el caso de títulos o estudios extranjeros ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, se deberá presentar la credencial de homologación o certificado de equivalencia a nivel académico de Grado o Máster expedida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional o por el Ministerio de Universidades, o en su defecto, se presentará la autorización de acceso emitida por la UCM para cursar estudios de máster si esta fue obtenida con anterioridad al curso 2020-21. 

Plazo de entrega: hasta el 13 de octubre de 2023. Excepciones: en el caso de estudiantes admitidos/as en el Máster en Psicología General Sanitaria será obligatorio presentar esta documentación en el mismo plazo en que realicen la matrícula. Los/as estudiantes admitidos/as en el Máster de Acceso a la Profesión de Abogado y en el Máster de Formación del Profesorado de ESO y Bachillerato deberán presentarla antes del inicio del curso académico.

  • Los/as estudiantes extranjeros/as no hispanohablantes que deban acreditar el Nivel B2 de español, presentarán el original de la acreditación con carácter general en el momento de formalizar la matrícula y en todo caso, antes del 13 de octubre de 2023.

 

Efectos de la falta de entrega de documentación:

La falta de entrega de la documentación de matrícula tiene los siguientes efectos, que serán notificados por las facultades, una vez efectuada la revisión de la matrícula, en la dirección de correo electrónico de la persona interesada:

a) Autorización del titular de la cuenta en la que, en su caso, se domicilien los pagos de la matrícula, si ésta no ha sido entregada con anterioridad (normativa SEPA): las facultades modificarán la forma de pago a plazo único y pago por recibo bancario.

b) Documentación acreditativa de exenciones o deducciones de los precios públicos: las facultades modificarán el tipo de matrícula a ordinaria.

c) Resguardo del abono de la expedición o título universitario o Suplemento Europeo al Título que da acceso al estudio de máster, si este se obtuvo en una universidad diferente a la UCM (española o de otro país del Espacio Europeo de Educación Superior), o, en caso de títulos o estudios extranjeros ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, credencial de homologación o certificado de equivalencia a nivel académico de Grado o Máster expedida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional o por el el Ministerio de Univerdiades o, en su defecto, la autorización de acceso emitida por la UCM para cursar estudios de máster: las facultades denegarán la solicitud de matrícula por falta de acreditación de este requisito de acceso.

d) Acreditación de nivel de español: las facultades denegarán la solicitud de matrícula por la falta de acreditación original del nivel de español B2.