Seguimiento y Evaluación
El seguimiento formativo y la evaluación de las doctorandas se observa a través de tres instrumentos:
A. Plan de formación personal de la doctoranda
Solo para estudiantes que iniciaron estudios a partir del curso 2023-24
Antes de la finalización del primer año contado desde la fecha de su matrícula, la doctoranda, con la asistencia de su directora y su tutora, elaborará un documento que incluya un plan de formación personal.
Para su elaboración se ha establecido un documento estándar que se incluirá como pdf en el capítulo o ítem indicado en el Plan de Investigación en RAPI2. Deberá cumplimentarse el correspondiente a la modalidad de dedicación en el que se haya matriculado.
El plan de formación personal de la doctoranda contendrá una previsión de las distintas actividades formativas que se desarrollarán durante la tesis doctoral (como cursos, impartición de seminarios o acciones de movilidad, entre otros).
Dicho documento se podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa y debe estar avalado por la directora y tutora y evaluado anualmente por la Comisión Académica del programa.
En el caso de las doctorandas con mención industrial se tendrá en cuenta además lo dispuesto en el artículo 15 bis del Real Decreto 99/2011 y en los artículos 54 y 55 de esta normativa.
B. Plan de Investigación de la doctoranda
El plan de investigación incluirá al menos la metodología que se va a utilizar y los objetivos que se pretende alcanzar, así como los medios y la planificación temporal para lograrlo. Se recomiendan los siguientes apartados:
- Una introducción en la que se defienda la pertinencia de la investigación, el interés científico de la cuestión y la finalidad del proyecto.
- Un estado de la cuestión en el que se presenten los antecedentes del tema, especialmente su tratamiento historiográfico, y los distintos enfoques desde los que ha sido abordado, incluyendo la bibliografía más relevante comentada.
- Una reflexión teórica y metodológica sobre el desarrollo de la investigación.
- Una relación de fuentes a emplear, indicando el rendimiento que se espera de ellas y su localización.
- Los resultados que se esperan obtener o las hipótesis de trabajo que inspiran la investigación.
El Plan de investigación podrá ser mejorado y detallado a lo largo de su estancia en el Programa. Este documento se ha de incorporar al expediente de cada estudiante en el espacio RAPI2 (Registro de Actividades y Plan de Investigación), accesible desde la web de la Universidad Complutense. Siguiendo la ruta: https://geanet.ucm.es/RAPI/faces/seleccionUsuario
Más información en:https://edoctorado.ucm.es/plan-de-investigacion).
C. Actividades de Seguimiento del Doctorado: Registro en el Documento de Actividades (RAPI2)
Se entiende por documento de actividades de la doctoranda el registro individualizado de control de todas las actividades realizadas cada curso académico relacionadas con su programa y su tesis doctoral, hasta la presentación de la tesis ante la Comisión Académica.
Este documento se abrirá, una vez matriculado en el programa, siguiendo el artículo 2.7 del Real Decreto 99/2011.
Para cumplimentarlo deberá tener matrícula activa en el curso académico correspondiente. Se accede mediante una aplicación informática denominada RAPI2, siguiendo la ruta: https://geanet.ucm.es/RAPI/faces/seleccionUsuario.
Puede consultar esta guía para su cumplimentación: Guía RAPI2 para directores y tutores
Evaluación anual del Plan de Investigación y Plan de Formación Personal
Anualmente la Comisión Académica del programa evaluará el plan de investigación, el plan de formación personal y el registro de actividades junto con los informes que a tal efecto deberán emitir la tutora y directora/s. Habitualmente en el mes de junio.
La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa.
En el caso de que la Comisión Académica detecte carencias importantes la evaluación será negativa y estará debidamente motivada.
En tal caso la doctoranda deberá ser evaluada de nuevo en el plazo máximo de seis meses (habitualmente en el mes de enero), a cuyo efecto elaborará, si así se le ha indicado, un nuevo Plan de Investigación y un nuevo Plan de Formación Personal, o introducirá modificaciones en estos. En el supuesto de que las carencias subsistan, la Comisión Académica emitirá, previa audiencia de la doctoranda interesada, una nueva evaluación negativa y la doctoranda causará baja definitiva en el programa. Esta decisión podrá ser recurrida ante el Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado de la UCM.
En este enlace puede consultarse el calendario para el curso 2025-2026: https://edoctorado.ucm.es/curso-2025-2026.