Se entiende por doctorado el tercer ciclo de estudios universitarios oficiales, conducente a la adquisición de las competencias y habilidades relacionadas con la investigación científica de calidad. Dichos estudios finalizarán en todo caso con la elaboración y defensa de una tesis doctoral que incorpore resultados originales de investigación.
- Solicitud de admisión a un programa. Para ingresar en un programa de doctorado será necesario estar en posesión de la titulación requerida y cumplir los requisitos de formación establecidos en cada programa.
- Los programas de doctorado incluirán aspectos organizados de formación investigadora que no requerirán su estructuración en créditos ECTS y comprenderán tanto formación transversal como específica del ámbito de cada programa, si bien en todo caso la actividad esencial del doctorando será la investigadora.
- Los estudiantes que inicien en el curso 2013-14 los estudios de doctorado regulados por el Real Decreto 1393/2007, o los hubieran iniciado en los cursos anteriores, en aplicación de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 99/2011 de 28 de enero (BOE 10.2.2011), dispondrán hasta el 30 de septiembre de 2017 para la defensa de la tesis (la admisión a trámite tendrá que hacerse en la secretaría correspondiente antes del 30 de abril).
- La Universidad Complutense ofrecerá para el curso 2013-14 programas de doctorado regulados por el Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre (BOE 30.10.2007) y programas adaptados ya al Real Decreto 99/2011 de 28 de enero (BOE 10.2.2011). Estos últimos, todavía pendientes de la aprobación definitiva, estarán identificados con un asterisco.
- Los estudiantes que resulten admitidos en alguno de los programas regulados por el Real Decreto 99/2011, dispondrán de un máximo de tres años, a contar desde la admisión, para la presentación de la tesis. La Comisión responsable del programa podrá autorizar la prórroga de este plazo por un año más, que excepcionalmente podría ampliarse por otro año adicional.
- Estudios a tiempo parcial (sólo para programas regulados por el Real Decreto 99/2011): previa autorización de la comisión académica responsable del programa, dispondrán de un máximo de cinco años, a contar desde la admisión, para la presentación de la tesis. La Comisión responsable del programa podrá autorizar la prórroga de este plazo por dos años más, que excepcionalmente podría ampliarse por otro año adicional.
- Solicitud de cambio de programa. Para cambiar de programa el alumno deberá hacer una preinscripción en el doctorado al que quiera entrar en los mismos plazos anunciados para los alumnos de nuevo ingreso.
- Los estudiantes que, habiendo estado ya matriculados en la UCM en programas de doctorado regulados por normativas anteriores a la actual, podrán solicitar la admisión en alguno de los programas ofertados en el curso 2013-14 para alumnos de nuevo ingreso, siempre que reúnan los requisitos de admisión y estén al corriente de pago de las tutelas en su anterior programa.