Doctorado

Acceso y admisión

Las bases para el acceso y admisión a las enseñanzas de Doctorado se regirán por lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 99/2011, y en la modificación de dichos artículos descrita en el Real Decreto 576/2023, así como en el artículo 7 de la Normativa de desarrollo del RD 99/ 2011 que regula los estudios de Doctorado en la UCM publicada en el BOUC el 12 de diciembre de 2012.

Los requisitos, plazos y procedimientos de solicitud de admisión, así como las instrucciones para la matrícula se pueden consultar en la Convocatoria de Admisión en Enseñanzas Universitarias Oficiales de Doctorado de cada curso académico:

También se podrá consultar en sus páginas correspondientes de la Escuela de Doctorado:

Será necesario contar con el aval de un profesor ( Aval) o grupo de investigación reconocido como requisito de acceso para la admisión en el Programa de Doctorado. Dicho aval debe incluir el centro y departamento donde el estudiante pretende realizar el trabajo de investigación y los datos del investigador avalista, así como una propuesta del potencial director y tutor de la tesis. Cuando el estudiante lo necesite, la Comisión le facilitará orientación sobre potenciales tutores/directores.

La Comisión Académica de Doctorado de Química Avanzada valorará en la baremación de aquellos estudiantes que cumplan los requisitos generales:

  • Curriculum vitae (50 %): Se valorará, de manera preferente, el expediente académico del alumno y el nivel de inglés acreditado mediante la certificación oficial adecuada (B2 o superior).
  • Adecuación de los estudios de posgrado a las líneas de investigación del Programa de Doctorado (40 %): se valorará la correspondencia entre las competencias adquiridas en el máster cursado y las líneas de investigación del Programa. Los másteres recomendados obtendrán la máxima puntuación.
  • Actividad investigadora en el área de la Química y resultados de esta: comunicaciones científicas a Congresos y publicaciones (10%).

Si fuera necesario dirimir entre varios candidatos con la misma puntuación, la Comisión Académica llevará a cabo una entrevista personal, valorándose, entre otros aspectos, la formación transversal de los candidatos y su capacidad de comunicación.

El estudiante deberá alcanzar un 60% de la puntuación máxima para ser admitido en el Programa de Doctorado.

 

Información adicional para alumnos con estudios extranjeros

 

Homologación o equivalencia

Si el estudiante dispone de credencial de homologación o declaración de equivalencia a titulación y nivel académico otorgada por el Ministerio competente en la materia no necesitarán solicitar la comprobación del nivel de formación. Los trámites que deberá realizar para solicitar la admisión en estudios de doctorado serán los mismos que los de los que hayan obtenido su título en España.

 

Titulaciones no homologadas

Los estudiantes que NO tengan homologación o equivalencia en España y cuyo título proceda de un país ajeno al EEES, podrán acceder a estudios de doctorado previa comprobación por la UCM de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster universitario y que faculta en el país de expedición del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de doctorado.

Para solicitar admisión deberán subir a la plataforma la titulación y certificados de los estudios realizados. En el caso de resultar admitidos, se les indicará el procedimiento para solicitar la citada comprobación al Negociado de Convalidaciones:

Vicerrectorado de Estudiantes. Negociado de Convalidaciones
Avda. Complutense, s/n
Ciudad Universitaria. 28040 MADRID
Teléfono: 91 394 1288
Correo Electrónico: convalid@rect.ucm.es

La admisión definitiva al programa siempre estará condicionada al cumplimiento de ese requisito.

 

Impreso de solicitud, normas de tramitación y procedimiento

 

No será necesario solicitarlo:

  • Si ya tiene autorización concedida en cursos anteriores para estudios regulados por el RD 99/2011.
  • Si acredita la posesión de un título de Máster Universitario Oficial obtenido en cualquiera de las universidades españolas, según el RD 1393/2007, o en cualquier universidad del EEES con posterioridad al año 2007. En este caso deberá acreditar el título que le dio acceso al máster.

Toda la información se recoge en https://edoctorado.ucm.es/informacion-adicional-para-alumnos-con-estudios-extranjeros