Doctorado

Supervisión y seguimiento de la formación doctoral

Los doctorandos admitidos en un programa de doctorado se matricularán anualmente en la UCM por el concepto de tutela académica del doctorado. Para este Programa de Doctorado, dicha matriculación será realizada en la Secretaría de la Facultad de Filología de la UCM.

Cuando se trate de programas conjuntos con otras instituciones, el convenio determinará la forma en que deberá llevarse a cabo dicha matrícula.

Las personas incorporadas a un programa de doctorado, doctorandos/as y profesorado, se someterán al régimen jurídico, en su caso contractual, que resulte de la legislación específica que les sea de aplicación.

Una vez admitido al programa de doctorado, a cada doctorando/a le será asignado un/a tutor/a por parte de la correspondiente Comisión Académica. El/la tutor/a será un/a doctor/a con acreditada experiencia investigadora, ligado/a al Instituto Universitario de Ciencias de las Religiones, que es el centro que organiza el programa, a quien corresponderá velar por la relación del doctorando/a con la Comisión Académica.

Tutor/a

El/la tutor/a es un/a profesor/a doctor/a que pertenece al profesorado adscrito al Programa de Doctorado de Ciencias de las Religiones. Realiza las tareas de seguimiento del/de la doctorando/a, para garantizar el cumplimiento de las actividades obligatorias y de los trámites necesarios en el Programa de Doctorado, y evaluar los progresos de la tesis.

Director/a

El/la directora/a de tesis es un/a profesor/a doctor/a ejerciendo su actividad en cualquier universidad o centro de investigación español o extranjero con experiencia investigadora acreditada, y se encarga de la supervisión académica de los trabajos realizados por el/la doctorando/a. Por tanto, no es necesario que pertenezca al profesorado adscrito al Programa de Doctorado de Ciencias de las Religiones ni a la Universidad Complutense de Madrid. Un/a estudiante puede tener varios/as co-directores/as de tesis (hasta tres). La tesis podrá ser codirigida por otros/as doctores/as cuando concurran razones de índole académico, como puede ser el caso de la interdisciplinariedad temática o los programas desarrollados en colaboración nacional o internacional, previa autorización de la Comisión Académica. Dicha autorización podrá ser revocada con posterioridad, si a juicio de la Comisión Académica del Programa, la codirección no beneficia el desarrollo de la tesis.

Tanto el/la tutor/a como el/los director/es deben seguir las recomendaciones y compromisos que establece el Código de buenas prácticas así como el Compromiso documental.

Seguimiento

El/la doctorando/a debe elaborar un Documento de Actividades, un Plan de Investigación y un Plan de Formación que serán avalados por el/la tutor/a y el/los director/es, y que deben ser evaluados anualmente por la Comisión Académica del Programa.

Documento de Actividades

Se entiende por documento de actividades del doctorando/a el registro individualizado de control de dichas actividades, materializado en el correspondiente soporte. El Director/a de tesis y el Tutor/a revisarán dicho documento. La Comisión Académica lo evaluará anualmente. En la UCM el soporte se hará electrónicamente mediante la aplicación web RAPI2 . El/la doctorando/a deberá registrar, dentro del plazo establecido, las actividades que realice cada curso académico, relacionadas con su programa, durante su estancia en el programa de doctorado.

Plan de Investigación

Antes de la finalización del primer año, el/la doctorando/a elaborará un plan de investigación que incluirá al menos la metodología a utilizar y los objetivos a alcanzar, así como los medios y la planificación temporal para lograrlo. Dicho plan se debe generar anualmente para poder mejorarlo y detallarlo durante su estancia en el programa y debe estar avalado por el/la director/a y por el/la tutor/a.

Plan de Formación (solo para estudiantes que iniciaron estudios en el curso 2023-24 o posteriores)

Realizada la matriculación en el programa y antes de transcurridos seis meses, se elaborará para cada doctorando/a un plan de formación personal, que contendrá una previsión de las distintas actividades formativas que se desarrollarán durante la realización de su tesis doctoral, conforme a lo establecido en la memoria del programa y con la asistencia de las personas responsables de su tutorización y de la dirección de la tesis. Dicho plan será regularmente revisado, junto con el plan de investigación, por el tutor/a y el director/a de la tesis, y evaluado anualmente por la Comisión Académica del programa.

Por su parte, los/as tutores/as y director/es deben realizar un informe de evaluación anual según un modelo establecido, que deben firmar y entregar en la fechas fijadas directamente a la Coordinación del Programa de Doctorado.

Anualmente la Comisión Académica del Programa evaluará el plan de investigación y el documento de actividades junto con los informes que a tal efecto emitan el/la director/a y el/la tutor/a, así como el plan de formación, si es el caso. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En el caso de que la Comisión Académica detecte carencias importantes, podrá solicitar que el/la doctorando/a presente un nuevo plan de investigación en el plazo de seis meses, para lo cual será condición indispensable que el estudiante realice la preceptiva matrícula. En el supuesto de que las carencias se sigan produciendo, la Comisión Académica deberá emitir un informe motivado y el doctorando causará baja definitiva en el programa.

Documentos de ayuda

Modelo de Informe del tutor/a

Instrucciones para la cumplimentación del plan de formación

Acceso a la aplicación RAPI2

Guía de ayuda RAPI2

Preguntas frecuentes sobre RAPI2