Doctorado

Información General

Durante el desarrollo de la tesis doctoral, el doctorando puede realizar estancias cortas en otros centros, siempre y cuando se estime que están encaminadas a su mejor formación doctoral. Para ello se debe contar con la aprobación de la CAPD (Comisión Académica del Programa de Doctorado), previa propuesta del director/es de tesis, que deben exponer los motivos para dicha estancia. Las estancias no deben superar un tiempo superior a tres meses por año, salvo casos excepcionales así considerados por el director/es y aprobado por la CAPD, por su interés a la formación del doctorando. El Programa de Doctorado no se hace cargo de ningún gasto derivado de estas estancias.

El supervisor, de la actividad realizada durante la estancia, debe emitir un informe sobre el grado de aprovechamiento y formación adquirida por el doctorando durante la misma. El doctorando debe registrar esta actividad en el Documento de Actividades, junto con el informe emitido por el supervisor, para su validación, valoración y evaluación.