Doctorado

Tesis en formato publicaciones

Tesis en formato publicaciones

Requisitos exigibles para las tesis doctorales presentadas como compendio de publicaciones en el Programa de Doctorado de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid (Acuerdo de la Comisión Académica del Programa de Doctorado de 15 de diciembre de 2022).

 

PREÁMBULO

El Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 23 de abril de 2015 de la UCM, que desarrolla el Real Decreto 99/2011, contempla la posibilidad de publicar tesis doctorales por compendio de artículos, es decir, en “formato de publicaciones” como se prevé en su artículo 10.3. Además de las condiciones generales que se establecen en este artículo, los centros responsables de los programas de doctorado podrán establecer requisitos específicos, por lo que deberán dirigirse a éstos para obtener la información adicional.

Por estas razones, la Comisión de Doctorado de la Facultad de Derecho de la UCM procede a través del presente documento a establecer un procedimiento reglado que regule los requisitos y el contenido mínimo de estas tesis, con el objetivo de garantizar la calidad de las investigaciones en “formato de publicaciones” que se desarrollen en el marco del programa de doctorado.

CAPÍTULO I. REQUISITOS PARA LA PUBLICACIÓN DE TESIS COMO COMPENDIO DE PUBLICACIONES

Artículo 1. Autorización expresa de la Comisión de Doctorado de la Facultad de Derecho

Los doctorandos/as podrán optar a la presentación de la tesis a través de la modalidad “por compendio de publicaciones”. Para ello, deberán incorporar y fundamentar exhaustivamente la idoneidad de dicha modalidad en la propuesta del plan de investigación inicial, con expresa autorización de su director/a o sus codirectores/as. 

La Comisión de Doctorado valorará la adecuación de la modalidad elegida respecto al tema, hipótesis, objetivos y método de investigación empleado por el doctorando y podrá autorizar, denegar o solicitar una modificación del plan de investigación inicial para que se adecue a las exigencias de calidad y requisitos del presente documento.

La modalidad de tesis en formato de publicaciones debe tener carácter excepcional en el ámbito jurídico y únicamente debe adoptarse cuando la investigación pueda descomponerse en resultados parciales y cuando la publicación de estos resultados parciales antes de la defensa de la tesis sea imprescindible para salvaguardar el interés de la investigación. 

 

Artículo 2. Número y calidad de las publicaciones científicas

Para garantizar la difusión de los resultados de investigación con calidad contrastada, las publicaciones científicas deberán encontrarse ya publicadas antes del depósito y sólo se permitirá la publicación de artículos científicos.  No se admitirán trabajos en prensa.

Se excluyen, por lo tanto, otros trabajos de investigación/divulgación como capítulos de libros, recensiones bibliométricas, bibliográficas y jurisprudenciales, opiniones, resoluciones de casos prácticos, comentarios de sentencias, así como cualquier otro trabajo de naturaleza análoga.

Se exigen cuatro artículos, que deberán publicarse en alguna de las revistas recogidas en los catálogos JCR o FECYT (sello excelente). Al menos, uno de los artículos deberá publicarse en revistas que se encuentren en el primer o segundo cuartil del catálogo JCR o del ranking de revistas con sello de Calidad FECYT.

Artículo 3. Autoría y afiliación de las aportaciones científicas

No se acepta la coautoría en las publicaciones. Todas las aportaciones deberán ser de autoría individual. El autor deberá indicar en cada uno de sus artículos la afiliación a la Universidad Complutense de Madrid y que se trata de una publicación integrante de su futura tesis.

Artículo 4. Aspecto temporal en la elaboración de las publicaciones

La elaboración y la publicación de los artículos deben llevarse a cabo durante el periodo de matriculación en el programa de doctorado de la Facultad de Derecho y tras la elaboración del plan de investigación inicial. No se aceptarán publicaciones elaboradas o publicadas con carácter previo a la presentación del plan inicial de investigación inicial.

CAPÍTULO II. REQUISITOS REFERENTES A LA ESTRUCTURA DE LA TESIS POR COMPENDIO DE PUBLICACIONES 

Artículo 5. Forma y estilo

Las publicaciones que integran la tesis doctoral deberán formar un conjunto coherente que de sentido a la investigación y que cumpla con los requisitos metodológicos y de contenido propios del Área de Conocimiento. 

En todo caso, las tesis presentadas por compendio de publicaciones deberán incluir, como mínimo, los siguientes apartados:

Apartado inicial, en la que se explique que la tesis consiste en un compendio de trabajos publicados y que se cumplen las condiciones exigidas en este documento. Se harán constar todos los datos identificativos de los artículos ordenados cronológicamente.

En este apartado deberá justificarse también la unidad temática de las aportaciones, describiendo la calidad de las revistas en función del factor de impacto u otros criterios de calidad relativa. 

Memoria científica. En este apartado deberá concretarse el estado de la cuestión, los problemas pendientes de resolver, las hipótesis planteadas, los objetivos específicos desarrollados durante la investigación, la metodología empleada para alcanzarlos, los resultados obtenidos, su discusión, así como las conclusiones.

Anexo. En esta parte se incluirán, ordenadas cronológicamente, las aportaciones que componen la tesis doctoral y que sirven de sustento a los hallazgos expuestos en la memoria científica.