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Modificación del acuerdo que regula el Régimen de Sustituciones del PDI en la UCM

18 oct 2022 08:30 CET

El Consejo de Gobierno de la UCM modificó en julio parte del acuerdo que regula el régimen de sustituciones del PDI en la UCM. El apartado 2.2 del acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de junio de 2005, sobre el seguimiento de la actividad docente, que se refería al régimen de sustituciones en los Departamentos, establecía que el profesorado sustituto se nombraría considerando el doble criterio de la carga docente y la categoría, dando prioridad al profesorado de menor carga y mayor categoría (primero Profesorado Funcionario y Profesorado Contratado Doctor y luego el resto), según este orden. También se indicaba que el Consejo de Departamento resolvería aquellas situaciones conflictivas que se pudieran presentar a la hora de interpretar esta normativa. Dado el tiempo transcurrido desde la aprobación de la citada norma, el Consejo de Gobierno estimó necesario actualizar su redacción por lo que, en su sesión del 21 de julio, se aprobó la siguiente modificación: “El Régimen de Sustituciones determinará cómo nombrar al profesor sustituto atendiendo a criterios de ordenación académica relevantes como afinidad de la docencia, cuantía del compromiso de dedicación, categoría (primero Profesores/ as Funcionarios y Profesores/ as Contratados Doctores y luego el resto del profesorado), dispersión horaria o conciliación familiar, entre otros. El Consejo de Departamento resolverá aquellas situaciones conflictivas que se puedan presentar a la hora de interpretar esta normativa.”