Candidaturas de otros países

Nacionales de la UE, EEE y Suiza

Los ciudadanos y ciudadanas de un Estado miembro de la Unión Europea, de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, pueden presentar su candidatura de la misma forma que las personas de nacionalidad española.

Posteriormente, si resultan seleccionadas y firman el contrato de trabajo, dado que van a residir en España durante un periodo superior a 3 meses, deberán inscribirse en el Registro Nacional de Extranjeros  solicitar el Certificado de Registro correspondiente. Como trabajadores/as por cuenta ajena, para solicitar este certificado podrán aportar Cualquiera de los siguientes documentos:

  • Declaración de contratación del empleador o certificado de empleo, incluyendo, al menos, los datos del nombre y dirección de la empresa, identificación fiscal y código cuenta de cotización.
  • Contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo, o la comunicación de la contratación y sus condiciones a través de la plataforma CONTRAT@.
  • Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Para mayor información, consultar el Portal de Inmigración y el folleto Movilidad en el mercado único.


Nacionales de otros estados

Las personas de nacionalidad extracomunitaria podrán presentar su candidatura al proceso de selección, independientemente de su situación de residencia y trabajo o no en España en el momento de presentarla. Sin embargo, será requisito imprescindible, en el momento de la contratación, que la persona extracomunitaria seleccionada obtenga el permiso de residencia y trabajo. En caso de no obtener el citado permiso, decaerá en tanto beneficiaria de la ayuda y ésta pasará a ser ofertada a la siguiente persona en el listado priorizado. Ver: Portal de la Inmigración  y  Unidad de grandes empresas y colectivos estratégicos  

En caso de resultar beneficiaria una persona extracomunitaria

  • La Sección de Selección de Personal Investigador contactará con ella para conocer su situación en relación con la residencia y trabajo en España y le requerirá la documentación necesaria: pasaporte en vigor con todas las hojas, certificado de antecedentes penales, NIE en caso de proceder, seguro médico si no es residente en España, certificación de disponibilidad de medios económicos para vivir.
  • La UCM tramitará la documentación para la obtención del permiso.
  • Una vez concedido el permiso de residencia, se formaliza el contrato definitivo. En caso de no concederse el permiso, se interrumpe el proceso.
  • El periodo de duración de este proceso es variable, en función de la modalidad de procedimiento (renovación de permiso, solicitud por primera vez, ampliación de permiso de estudios a permiso de trabajo, etc.)
  • Debe tenerse en cuenta que la legislación puede exigir que la persona esté en su país de origen para la tramitación del proceso.