Grados

Admisión y matrícula

Acceso general a grados

El estudiante dispone de la información necesaria en el siguiente enlace:

https://www.ucm.es/pruebas-de-acceso

Acceso específico al título

  • Para el curso 2026-27, no se contempla la realización de una prueba de acceso*. A fin de garantizar la adecuación de los estudiantes al nivel de conocimiento de idioma, se sustituye dicha prueba por la correspondiente acreditación de nivel de idioma reconocida por la Facultad de Filología. Dicho requisito queda acreditado mediante la formación en lengua inglesa adquirida en la enseñanza preuniversitaria, con un nivel igual o superior a B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, y reconocido por la Facultad de Filología.

     


    *Informe del Vicerrectorado de estudiantes de a fecha 9 de abril de 2026 

  • Cada curso se ofertan 60 plazas de nuevo ingreso.

Información específica para matrícula

  • Las lenguas de trabajo en el Grado en Traducción e Interpretación son B1 Inglés y B2 Alemán, Francés o Italiano. El estudiante elegirá la combinación lingüística en la que quiere realizar sus estudios, esto es Inglés – Francés, Inglés – Italiano o Inglés – Alemán.
  • La lengua A es siempre y en todo caso la Lengua Española.

Perfil recomendado para el estudiante de nuevo ingreso

El estudiante tipo de Traducción e Interpretación ha superado la prueba de acceso a la universidad y procede de cualquier rama del Bachillerato, aunque el Grado a menudo acoge a estudiantes ya titulados en otras ramas de conocimiento. Dada la naturaleza interdisciplinar de la formación del traductor o intérprete, y la amplia aplicación profesional de sus conocimientos y experiencia, es recomendable que el estudiante de Traducción e Interpretación reúna las siguientes características personales:

  • Interés por la comunicación intercultural e interpersonal, así como por otras lenguas y culturas
  • Gran curiosidad y amplia cultura general
  • Habilidades para la comunicación interpersonal
  • Capacidad para el aprendizaje autónomo y el trabajo en equipo
  • Capacidad de analizar, razonar y aplicar el sentido común
  • Buena predisposición al uso de las nuevas tecnologías

En lo académico, se espera que el estudiante de nuevo ingreso demuestre:

  • Un excelente dominio de la lengua española
  • Amplios conocimientos de lengua inglesa
  • Interés en mejorar o aprender una segunda lengua extranjera

 

Mecanismos de información y orientación para estudiantes matriculados

Todos los estudiantes matriculados en el Grado en Traducción e Interpretación son dados de alta como participantes en un espacio general del grado en el Campus Virtual, por medio de su dirección de correo institucional. Este espacio de coordinación permite una comunicación directa y rápida cuando se ha de transmitir información de especial relevancia, como en el caso de la reunión informativa de principios de curso destinada a estudiantes de nuevo ingreso, en la que se tratan sobre todo cuestiones de orientación académica como las materias de cada curso, la especialización y la optatividad.

Otros mecanismos de información incluyen la figura del Coordinador del Grado, la página web propia del Área de Traducción e Interpretación, la página web del Departamento de Estudios Románicos, Franceses, Italianos y Traducción, y la página web de la Facultad de Filología. Para información sobre cuestiones administrativas, los estudiantes pueden consultar las páginas correspondientes en el sitio web de la UCM.

Información adicional

Estatutos de la UCM

Estatuto del estudiante UCM

Reglamento interno de la Facultad de Filología

Recomendación de la Defensora del Universitario sobre el acto de revisión de la calificación de un examen

Información para estudiantes extranjeros

Para poder acceder a los estudios de Traducción e Interpretación, un estudiante cuya lengua materna no sea el castellano deberá acreditar un nivel C1 de lengua española.


Normas de permanencia

Son las que se establecieron por el Consejo de Gobierno de la UCM en su reunión del 14 de noviembre de 2008, tal y como han sido publicadas en el BOUC (N.º 14, 20-XI-2008), y más concretamente, en el punto I.3.3. Se pueden consultar en la sección Normas de permanencia.

Aquí se encontrará información sobre créditos mínimos para la continuidad de alumnos de primer curso en la titulación, convocatorias por asignatura y curso, condiciones para la solicitud de matrícula extraordinaria, y tribunales de compensación.

 

Transferencia y reconocimiento de créditos

El artículo único, apartado cuarenta y seis, de la Ley Orgánica que modifica la Ley Organica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, señala que los estudiantes pueden obtener reconocimiento académico por su participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación y una atención que facilite compaginar los estudios con la actividad laboral. En el caso del Grado en Traducción e Interpretación, esta participación será computada como una asignatura optativa de seis créditos. Transferencia y reconocimiento de créditos: sistema propuesto por la universidad

La organización de las enseñanzas de Grado tiene entre sus objetivos (RD. 1393/2007, de 29 de octubre) "fomentar la movilidad de los estudiantes, tanto dentro de Europa como con otras partes del mundo, y sobre todo la movilidad entre las distintas universidades españolas y dentro de la misma universidad". Con este objetivo se plantea que cada universidad debe disponer de un sistema de transferencia y reconocimiento de créditos, entendiendo como tales:

  • Reconocimiento: aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial.
  • Transferencia: implica que en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.

Para cumplir con esta normativa, la Universidad Complutense de Madrid organiza su Sistema de Transferencia y Reconocimiento de la siguiente manera:

  • En la Facultad de Filología, la Comisión de Estudios (Transferencia y Reconocimiento de Créditos) compuesta por el Decano y los profesores en un número que garantice la representación de todas las titulaciones que se imparten en el Centro, más un representante de los estudiantes y un miembro del personal de administración y servicios (PAS), que actuará como secretario. Sus miembros se renuevan cada dos años, salvo el PAS que se renueva cada tres.
  • Esta Comisión se debe reunir al menos dos veces cada curso académico para analizar los supuestos de reconocimientos de las enseñanzas adscritas al centro teniendo en cuenta que:
  1. Serán objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a materias de formación básica de dicha rama.
  2. También serán objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en aquellas otras materias de formación básica que pertenezcan a la rama de conocimiento del título al que se pretende acceder.
  3. El resto de créditos podrán ser reconocidos teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las restantes materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal.
  4. De acuerdo con el artículo 46.2.i. de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, los estudiantes podrán obtener reconocimiento académico de créditos por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación hasta un máximo de 6 créditos del total del plan de estudios cursado. Estos créditos se incluirán dentro del apartado de los créditos optativos de la titulación. Las condiciones para      el reconocimiento las fijará la UCM a través de la Comisión de Estudios.

Transferencia: Se incluirán en el expediente académico del estudiante los créditos correspondientes a materias superadas en otros estudios universitarios oficiales no terminados.

Calificaciones: Al objeto de facilitar la movilidad del estudiante, se establecerá una equivalencia entre la calificación obtenida y créditos ECTS. En su caso, se realizará media ponderada cuando coexistan varias materias de origen y un sola de destino. En el supuesto de no existir calificación se hará constar APTO y no baremará a efectos de media del expediente.

Por lo tanto, la similitud de contenido no debe ser el único criterio que se tenga en cuenta en el procedimiento de reconocimiento de créditos.

  • Los criterios que emplee esta Comisión deben ser compatibles con la importancia que deben tener los resultados de aprendizaje y las competencias que deben adquirir los estudiantes. Con este fin, el      perfil de los miembros de la Comisión será el de las personas que acrediten una formación adecuada en todo lo relativo al Espacio Europeo de Educación Superior y, sobre todo, a la aplicación del crédito ECTS como instrumento para incrementar la movilidad tanto internacional como dentro de España o entre centros de la misma Universidad Complutense.
  • El Vicerrector de Espacio Europeo de Educación Superior, en coordinación con el Vicerrectorado de Desarrollo y Calidad de la Docencia y el Vicerrectorado de Doctorado y Titulaciones Propias, realizará un informe anual sobre el funcionamiento de estas Comisiones y sobre sus posibles mejoras.
  • Asimismo, se garantizará la coordinación entre las distintas Comisiones de los centros de la Universidad Complutense de Madrid con el fin de garantizar la aplicación de criterios uniformes de actuación.