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Sistema de Quejas y Reclamaciones

Sistema de Quejas y Reclamaciones

“Procedimiento de actuación para la resolución reclamaciones"

 

1. Las reclamaciones serán formuladas mediante la presentación de un escrito en el que se concretarán los hechos que originan la queja y la petición que se dirige a la Comisión de Calidad de las Titulaciones. La página web del Centro publicará impresos que faciliten la presentación de la reclamación.

2. La Comisión de Calidad de las Titulaciones no admitirá reclamaciones anónimas, las formuladas con insuficiente fundamento y todas aquellas cuya tramitación cause un perjuicio al derecho legítimo de terceras personas. En todo caso, comunicará por escrito al interesado los motivos de la no admisión.

3. La Comisión de Calidad de las Titulaciones no examinará aquellas reclamaciones sobre las que esté pendiente resolución judicial o expediente administrativo y suspenderá cualquier actuación si, en el transcurso de su tramitación, se iniciara un procedimiento administrativo o se interpusiera demanda o recurso ante los tribunales ordinarios. Admitida la reclamación, la Comisión de Calidad promoverá la oportuna investigación y dará conocimiento a todas las personas que puedan verse afectadas por su contenido.

4. En la fase de investigación del procedimiento se realizarán las actuaciones pertinentes para la buena resolución del conflicto planteado; la Comisión de Calidad podrá recabar los informes externos que sean convenientes.

5. Una vez concluidas sus actuaciones, notificará su resolución a los interesados y la comunicará al órgano universitario afectado, con las recomendaciones que considere convenientes para la subsanación, en su caso, de las deficiencias observadas.

6. En todo caso resolverá dentro del plazo de tres meses desde que fue admitida la reclamación.”

 

“Procedimiento de actuación para la formulación y resolución de sugerencias:

 

Se dispondrá de un Buzón de Sugerencias para todas aquellas propuestas que tengan como finalidad promover la mejora de la calidad de la Titulación. Las decisiones y resoluciones que en su caso adopte la Comisión de Calidad  de las Titulaciones no tienen la consideración de actos administrativos y no serán objeto de recurso alguno; tampoco son jurídicamente vinculantes y no modificarán por sí mismas acuerdos o resoluciones emanadas de los órganos de la Universidad.”

 


Resolución de Quejas y Reclamaciones

En todos los cursos de impartición de este título sólo se ha recibido una queja referente a la disconformidad con la calificación del TFM. Siguiendo el procedimiento descrito en el sistema se procedió a la resolución de la misma.