Departamentos

Reglamento

Introducción:

El Herbario del Departamento de Biología Vegetal II de la Facultad de Farmacia de Madrid (MAF) es una colección pública de uso restringido.

Según la normativa reguladora de la gestión de las colecciones de la Universidad Complutense de Madrid el Herbario MAF es propiedad de la Facultad de Farmacia, y se integra en el Patrimonio del Estado. Está formado por:

· Las colecciones de criptogamia y fanerogamia registradas en el herbario.El material depositado en el Herbario MAF adquirido por el Departamento de Biología Vegetal II mediante donación, intercambio, legado y asignación, así como el obtenido por recolección y compra con fondos de la Facultad de Farmacia.

· El material adquirido con recursos ajenos al Centro, cuando para su preparación o conservación se utilicen medios o fondos de la Facultad de Farmacia.

· El material aportado por personal del Departamento de Biología Vegetal II cuando haya sido obtenido en razón o como consecuencia de su actividad laboral.El Herbario MAF también podrá ser depositario de colecciones cuando así se formalice mediante el correspondiente acuerdo con el titular de la colección.

 

Horario y Normas Generales:

  • El Herbario de la Facultad de Farmacia de Madrid permanecerá abierto al publico de lunes a viernes, excepto festivos, de 8 h a 15 h, y de 9 h a 15 h durante los siguientes periodos vacacionales:

navidades

verano (desde el 15 de junio al 15 de septiembre)

San Isidro (17 al 22 de mayo)

  • Fuera de este horario solo se podrá trabajar en él con permiso expreso del Conservador.
  • No está permitido fumar, beber ni comer en las dependencias del Herbario MAF.

Permisos y autorizaciones:

  • Para la consulta del herbario será necesaria la previa identificación del visitante y la autorización de un conservador. Se ruega a los visitantes que firmen el libro de visitas que le ofrecerá el personal del herbario. En el se anotará a diario los datos del usuario, la fecha y el material consultado.
  • Para la justificación oficial de estancias o para disponer de servicios especiales (microscopía, fotografía, consultas muy voluminosas, listados de ordenador...), es conveniente comunicarlo al menos con una semana de antelación.
  • Cualquier espécimen que quiera ser estudiado en el herbario, debe ser congelado durante 48 horas en las dependencias del Departamento de Biología Vegetal II con objeto de evitar posibles plagas. A este efecto será necesario ponerse en contacto con antelación con un conservador.
  • Por los mismos motivos anteriores no está permitido sacar ningún pliego del herbario.

Manejo del herbario:

  • El acceso a los pliegos del herbario general es libre, pudiéndose extraer los especímenes de las estanterías, pero no devolverlos a las mismas, habiéndose de entregar al personal del herbario.
  • En el caso de los herbarios históricos y colecciones separadas se solicitará la asistencia del personal del herbario para la consulta de especímenes.
  • Nunca se cambiarán los pliegos de camisa, caja o armario. Las anomalías observadas se comunicarán a algún miembro del herbario.
  • Se ruega a los especialistas que identifiquen los pliegos estudiados la inclusión de las correspondientes etiquetas de revisión. En ellas se hará constar con tinta indeleble y de un modo legible el nombre del taxon, el nombre del investigador, la fecha y la institución de procedencia.
  • Cuando exista mezcla de material en un mismo pliego se escribirá a lápiz un número o letra al pie de cada espécimen, y el mismo número o letra en la etiqueta de revisión correspondiente con el fin de hacer posible una posterior identificación.
  • Ningún ejemplar o fragmento será despegado del pliego. Asimismo está totalmente prohibido hacer marcas o anotaciones en los pliegos o etiquetas que figuren en los mismos.
  • La disección de ejemplares del herbario general solo está permitida, previa autorización, en los casos en que sea imprescindible para su identificación. Todos los fragmentos diseccionados, incluidas micropreparaciones, se situarán en un sobre que se añadirá al pliego. Está prohibida la disección en caso de pliegos con un solo ejemplar y sobre todo de material tipo y material histórico.
  • Salvo autorización expresa de un conservador, no está permitido extraer muestras para estudios de anatomía, genética, fitoquímica, palinología, etc, o cualquier otro material que implique la destrucción de los especímenes de herbario. En el caso de que se autorice, los resultados de dichas pruebas se adjuntarán al pliego.
  • Se agradecerá el recibir una copia de las publicaciones que se hayan basado en materiales del Herbario MAF.

Préstamos: 

  • El Herbario MAF está a disposición de todos los investigadores y profesionales de la Botánica integrados en programas concretos de trabajo y cualificados para el estudio de sus colecciones.
  • El Herbario MAF no presta habitualmente material tipo, histórico o cualquier otro material delicado, aunque si envía fotografías, fotocopias o ilustraciones de los pliegos de esta naturaleza.
  • Los préstamos han de ser solicitados por instituciones botánicas reconocidas, y en ningún caso por particulares. El Herbario MAF se reserva el derecho de no atender solicitudes cuando el conservador considere que no existen las garantías necesarias para su devolución.
  • La solicitud se enviará por escrito al Herbario MAF por el conservador o el director de la institución, quien será responsable de la conservación y devolución del material. En ella debe constar el nombre del investigador y la finalidad del estudio que se pretende realizar.
  • Si es posible, los ejemplares se detallarán individualmente, especificando país el de origen, nombre del colector, número de colección, etc. Se desestimaran las solicitudes para instituciones próximas al herbario.
  • Los préstamos se realizan normalmente por un periodo máximo de seis meses, aunque se aconseja su devolución en el plazo más breve posible. Ésta se hará cuidando al máximo el embalaje para evitar el deterioro durante su transporte. Si la naturaleza del estudio hace necesario retener los ejemplares más tiempo, solo podrá hacerse tras una autorización expresa del conservador al que se solicitará una prórroga antes del vencimiento del plazo. El Herbario MAF se reserva el derecho de reclamar la devolución del préstamo cuando lo estime oportuno.
  • Los ejemplares en préstamo no podrán ser trasladados del centro o la institución receptora del mismo salvo autorización expresa del conservador del Herbario MAF.
  • Las normas para la manipulación de los pliegos prestados son las mismas que para su consulta en el Herbario MAF.