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Rafael Ureña y Smenjaud (1852-1930)

RAFAEL DE UREÑA Y SMENJAUD

(Valladolid, 3 de febrero de 1852- Madrid, 21 de mayo de 1930)

por Rosa Ureña Francés

 

        La trascendencia de la figura de Rafael de Ureña para la Historia del Derecho español no debe ignorarse. A pesar de que sus primeras experiencias docentes se centraron en otras disciplinas jurídicas, tales como el Derecho político, mercantil o eclesiástico en su etapa de catedrático en Oviedo y Granada, a partir de 1886 dedicará su vida académica a la Historia de la Literatura Jurídica española.

        Ciertamente se trata de un profesor universitario que ha estado un tanto olvidado, debido, en parte, a la desaparición de la cátedra de literatura jurídica tras su fallecimiento, y a la falta, por tanto, de una continuidad en su tarea; cuestión ésta no del todo exacta, puesto que Román Riaza (1899-1936), uno de sus más directos discípulos, proseguirá unos años las labores trazadas por el maestro.

        Hasta fechas recientes no ha sido apenas analizada la trayectoria académica de Ureña y sus estudios históricos. Hace aproximadamente una década, en 1995, aparece el primer trabajo actualizado que aborda la figura de Ureña; se trata del artículo “La prensa en la Universidad: Rafael de Ureña y la Revista de ciencias jurídicas y sociales (1918-1936)”, firmado por el catedrático de Historia del Derecho de la Universidad de Huelva, Carlos Petit, y publicado en Quaderni Fiorentini per la Storia del Pensiero Giuridico Moderno, XXIV, Florencia (1995). El mismo autor acaba de preparar un estudio, “El catedrático y la biblioteca. Visigotismo y profesión universitaria de Rafael de Ureña”, en el que analiza, entre otras cuestiones, la biblioteca jurídica personal del profesor, y que forma parte del “Prólogo” a la nueva edición de la obra de Ureña, la Legislación gótico-hispana, ed Carlos Petit, Pamplona, Urguiti editores, 2003. También de reciente publicación, cabe mencionar el trabajo de Rosa Ureña Francés,Rafael de Ureña y Smenjaud. Una biografía intelectual, RIDEA, Oviedo, 2002. Por último, la Universidad de Castilla-La Mancha tiene la intención de reeditar, en facsímil, El Fuero de Cuenca, obra póstuma de Rafael de Ureña (1935).

        La trayectoria académica de Ureña y Smenjaud se inició en Valladolid, en cuya Universidad se licenció en Derecho con premio extraordinario, sección de Civil y Canónico en 1871, y sección de Derecho Administrativo en 1874; y se doctoró en Derecho con sobresaliente y premio extraordinario, sección de Civil y Canónico en 1872. Sus primeras experiencias docentes tuvieron lugar en esa Universidad, donde  ejerció como profesor auxiliar de las asignaturas de Derecho político de los principales Estados (curso1872-1873 y 1873-1874), de Derecho mercantil y legislación de Aduanas de los pueblos con que España tiene más frecuentes relaciones (curso 1872-1873 y 1873-1874) y de Ampliación de Derecho civil y Códigos españoles (curso 1873-1874). En 1878 obtuvo la cátedra de Derecho político y administrativo en la Universidad de Oviedo, y en 1882 pasó, por permuta, a impartir disciplina eclesiástica en Granada, donde también explicó en comisión, en el curso de 1883-1884, la materia de Instituciones de la Hacienda pública de España, y desde 1884 hasta 1886 la de Derecho político y administrativo. En 1887 consiguió por concurso la Cátedra de Literatura jurídica española en la Universidad Central (R.O. del 28 de Abril), asignatura que varió de nombre a lo largo de los años, transformándose en Literatura y bibliografía jurídicas y más tarde en Historia de la Literatura jurídica española. El 8 de Noviembre de 1909 fue nombrado Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Central, cargo que siguió desempeñando cuando se jubiló en 1922 y que detentó hasta su muerte. En el curso de 1922-1923 recibió el título de Laboratorio jurídico Ureña el Museo- Laboratorio que, creado por él, funcionó bajo su dirección en la Facultad de Derecho desde 1906. Fundó y dirigió, asimismo, la Revista de Ciencias Jurídicas y Sociales (1918-1936).  

        Desempeñó, entre otros cargos, los de Consejero de Estado, inherente al decanato de la Facultad; representante de España en el Tribunal internacional permanente de arbitraje de La Haya; profesor de historia jurídica de España en la Escuela de Altos Estudios del Ateneo de Madrid; vicerrector de la Universidad madrileña; vicepresidente de la Real Academia de Jurisprudencia; y miembro honorario extranjero del Instituto di Storia del Diritto Romano y de la Société de Legislation Comparée de París. En 1909 fue elegido miembro de número de la Real Academia de la Historia y en 1911 de la de Ciencias Morales y Políticas. Estaba en posesión de la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso XII. 

La producción escrita de Ureña se centra, principalmente, en el estudio de las distintas legislaciones que se redactaron en la Península Ibérica desde sus orígenes, haciendo hincapié en la literatura jurídica medieval y principalmente en los ingredientes semitas de la misma que, en su opinión, conformaron la singularidad jurídica española. En toda su obra se perfila, a su vez, una tendencia a presentar las raíces históricas del derecho moderno y sus teorías dentro de una concepción evolutiva de algunos elementos del derecho patrio, que Ureña nunca abandonó; de modo que cabe apuntar que la Escuela Histórica del Derecho y el racionalismo e idealismo, combinados y armonizados en el positivismo, fueron sus bases filosóficas y científicas[i].

 

Fruto de sus intereses en este campo, su abultado número de publicaciones ilustran estas cuestiones que le acreditan, además, como un experto en la edición de varios Fueros municipales; materia, esta última, que transparenta una reforzada atención hacia el derecho consuetudinario. Es autor de monografías y ediciones de fuentes que mantienen buena parte de su vigencia.

 

Se conservan varias semblanzas del profesor, algunas escritas en vida del maestro, como la que le dedicó su amigo y compañero en las tareas docentes universitarias, Adolfo Bonilla y San Martín, con motivo de su jubilación en la cátedra de Historia de la Literatura jurídica de la Universidad Central en 1922; las restantes semblanzas aparecerán después de su muerte. En el Boletín de la Universidad de Madrid, será Adolfo Posada, su antiguo discípulo en Oviedo, quien redacte la necrológica del difunto Decano de la Facultad de Derecho. Asimismo, Román Riaza, su alumno más destacado en la cátedra, lo hará en la Revista de Ciencias Jurídicas y Sociales y en el Anuario de Historia del Derecho español. Todo ello sin olvidar que desde las distintas Academias  a las que perteneció como miembro de número, se escribieron los correspondientes relatos biográficos; por parte de la Academia de la Historia será Vicente Castañeda el encargado de ilustrar esa nota, mientras que desde la de Ciencias Morales y Políticas, Manuel García Morente leerá una escueta biografía en su Discurso de ingreso.     

 

En los diferentes tratados de historia del derecho se suele encuadrar a Ureña dentro de la generación de Hinojosa, junto con Díaz Canseco y Altamira, aunque diferenciándolos claramente de sus discípulos. Así se puede apreciar en autores como Francisco Tomás y Valiente, José Antonio Escudero, Ramón Fernández Espinar, José Sánchez Arcilla y Emma Montanos Ferrín o José Manuel Pérez-Prendes, quien lo incluye, además, en el apartado de profesores que modernizaron la investigación histórico-jurídica en España a través del ideario krausista. Mariano Peset, al abordar la historia de la literatura jurídica, comenta que Ureña realizó una primera síntesis de este género de estudios, reuniendo historiadores que se ocupaban del derecho y juristas interesados en la historia de sus textos o sus instituciones; mientras que durante los años 1930-1940, Alfonso García-Gallo había dado una visión un tanto diferente de la manera en que Ureña concebía la historia jurídica, agrupándolo junto con Costa dentro de una orientación sociológica del derecho; el mismo García-Gallo y Román Riaza insistirán sobre el mismo punto.  


[i] Carlos Petit, “La prensa en la Universidad. Rafael de Ureña y Smenjaud y la Revista de Ciencias Jurídicas y Sociales”, en Quaderni Fiorentini..., XXIV, 1995, pp. 212 y 217.