Másteres oficiales

Sistema de evaluación

 

Sistema de evaluación del Máster ComPol

La evaluación en el Máster es continua. El eje central es la participación activa y fundamentada del estudiantado en clases, seminarios y tutorías, junto con la realización de trabajos, prácticas, actividades complementarias y pruebas escritas.

Componentes de la evaluación y pesos orientativos

De forma orientativa, la ponderación de los distintos elementos de evaluación en la nota final de cada asignatura se aproxima a la siguiente distribución. La evaluación es integral: combina participación, trabajos, prácticas, pruebas escritas y actividades complementarias.

Asistencia y participación
Participación razonada en clase, seminarios y tutorías presenciales, con actitud crítica y compromiso con el grupo.
Peso orientativo: 20 %
Trabajos obligatorios
Elaboración y presentación de ensayos, informes, proyectos o trabajos de investigación, integrando teoría, método y análisis crítico.
Peso orientativo: 30 %
Prácticas y ejercicios
Actividades aplicadas, análisis de casos, manejo de datos, diseño de instrumentos y ejercicios metodológicos para consolidar competencias de investigación.
Peso orientativo: 15 %
Exámenes y pruebas escritas
Pruebas individuales o en grupo (tipo test, desarrollo, resolución de casos, etc.) para verificar la adquisición de contenidos teóricos y metodológicos.
Peso orientativo: 30 %
Seminarios y actividades complementarias
Asistencia y participación en seminarios, conferencias u otras actividades formativas reconocidas por el máster (ciclo de conferencias, jornadas, etc.).
Peso orientativo: 5 %

Nota: los porcentajes pueden variar ligeramente en función de lo establecido en la guía docente de cada asignatura, pero siempre respetando este esquema general de evaluación continua.

Calificaciones y normativa aplicable

De acuerdo con el art. 5 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, el nivel de aprendizaje conseguido por los estudiantes en las enseñanzas oficiales de máster se expresará mediante calificaciones numéricas sobre 10, conforme a lo establecido en el art. 5 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre.

Con el fin de facilitar la movilidad del estudiantado, se arrastrará la calificación obtenida en los reconocimientos y transferencias de créditos ECTS, siguiendo la normativa vigente de la UCM. 

Ver Reglamento UCM (2024) · Procedimiento general