Másteres oficiales

Acceso y admisión de estudiantes

 

El plan de estudios de las enseñanzas de máster de la Universidad Complutense de Madrid podrá exigir satisfacer unos determinados requisitos previos de titulación y formación, y/o la superación de una prueba para el acceso a los mismos. Asimismo, la admisión a las enseñanzas de master podrá prever la posible existencia de unas vías prioritarias, establecidas en sus planes de estudios.

La información que sigue es de carácter general, por lo que conviene consultar la información actualizada de cada curso sobre plazos de preinscripción y matrícula, así como la relativa a la gestión administrativa del máster (matriculación, certificados, convalidaciones, etc.) en el menú “Matrícula” o bien en la web de la UCM. La página del máster contiene la información académica necesaria (guías docentes, programación, horarios, etc.) para que los alumnos evalúen y planifiquen sus opciones de aprendizaje en el momento de la pre-inscripción.
 
Información dirigida al estudiante de nuevo ingreso
 
Número de plazas de nuevo ingreso ofertadas: 40
 
Criterios de admisión. Se han establecido de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 16 del Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre (BOE 260, de 30 de octubre de 2007), por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales:
1. Para acceder a las enseñanzas oficiales del Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución del Espacio Europeo de Educación Superior que faculten en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster.
2. Así mismo, podrán acceder los titulados por sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de máster.
De modo particular, se hace notar que en cada Centro se procederá al estudio de las posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos en el caso de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad, y se incluirán los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados.
3. El órgano responsable de aplicar los criterios de valoración de méritos es la Comisión de Coordinación del Máster.
 
Normativa específica del máster en Biología de la Conservación: Se dará prioridad a los solicitantes que sean titulados universitarios en Ciencias Biológicas, Ambientales o del Mar, así como en ingenierías agrícolas y forestales. Las solicitudes se valorarán con arreglo al siguiente baremo: (1) Expediente académico: hasta 60 puntos, (2) Curriculum vitae: hasta 10 puntos, (3) Adecuación del perfil a los objetivos y contenidos del programa: hasta 30 puntos.
 
Pruebas de acceso especiales: No se contemplan pruebas de acceso especiales para el ingreso en el máster en Biología de la Conservación.
 
Plazos de preinscripción: Véase la información sobre el proceso de admisión en https://www.ucm.es/proceso-de-admision-masteres
Período y requisitos para formalizar la matrícula: Véase en https://www.ucm.es/matriculamasteres. 
 
Perfil recomendado para el estudiante de nuevo ingreso: Para un mejor aprovechamiento es recomendable que las personas que vayan a matricularse sean titulados universitarios en Ciencias Biológicas, Ambientales o del Mar, o en ingenierías agrícolas y forestales. Se aprecian particularmente aquellos candidatos que estén realizando o vayan a realizar una tesis doctoral, así como los profesionales ya vinculados al campo de la gestión en la empresa privada o en la administración.
 
Transferencia y reconocimiento de créditos. La organización de las enseñanzas en el EEES tiene entre sus objetivos, según el Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre (BOE 260, de 30 de octubre de 2007), modificado por el Real Decreto 1618/2011 de 14 de noviembre sobre Reconocimiento de Estudios en el ámbito de la Educación Superior, “fomentar la movilidad de los estudiantes, tanto dentro de Europa, como con otras partes del mundo, y sobre todo la movilidad entre las distintas universidades españolas y dentro de una misma universidad”. Con este propósito, cada universidad se plantea un sistema de transferencia y reconocimiento de créditos (Normativa UCM), entendiendo como tales:
Reconocimiento es la aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra Universidad, son computados en otras enseñanzas distintas a efectos de la obtención de un título oficial.
Así mismo, la Transferencia implica que, en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, se incluirán la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.

Para cumplir esta normativa, y en consonancia con las Normas reguladoras del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos en los estudios de máster universitario de la Universidad Complutense de Madrid, la Comisión de Estudios del centro o centros implicados, a propuesta del Consejo Coordinador del Máster, estudiará los casos individuales de estudiantes que hayan cursado materias relacionadas, con el fin de reconocer los créditos correspondientes. Se reconocerá a los estudiantes los créditos obtenidos en aquellas asignaturas de otros estudios similares que tengan más de un 75% de contenido común con alguna asignatura del Máster en Biología de la Conservación.

En el siguiente enlace se puede consultar la Normativa de la UCM sobre reconocimiento de créditos, los plazos para la solcitud de reconocimiento, la documentación necesaria, precios y enlace a la aplicación de solictud: Solicitud de reconocimientio de créditos de Máster.

 
Cursos de adaptación (plan curricular y condiciones de acceso): Cada Centro procederá al estudio de las posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos, en el caso de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad, y se incluirán los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados.
 
Mecanismos de información y orientación para estudiantes matriculados: Los estudiantes cuentan con un profesor UCM dedicado a dirigirles el trabajo de fin de máster, o a tutelarles su desarrollo en el caso de que lo realicen en una empresa u organismo asociado bajo la dirección de un responsable competente. Por lo demás, es el coordinador general o cualquiera de los cuatro tutores de los departamentos que conforman el Consejo de Coordinación del Máster quienes asesoran a los alumnos antes y durante la realización de los estudios de máster. 
 
Complementos formativos. En este máster se prevé la adquisición de determinados complementos formativos, configurados fuera del mismo, por aquellos estudiantes que, teniendo un perfil adecuado para su admisión, carecen no obstante de una formación básica en el campo de la biología de la conservación. Se trata de estudiantes que, aún estando en posesión de alguno de los títulos universitarios señalados , y por ello con formación suficiente en la mayoría de las materias necesarias para un seguimiento adecuado de las enseñanzas del máster, carecen, en razón de la especialidad cursada o del programa curricular elegido en el título de procedencia, de alguna asignatura con contenidos en biología de la conservación. Por ello, y dado que la propia Facultad de Biología de la UCM dispone de una asignatura equivalente, denominada Biología de la Conservación (4º curso de la mención Ambiental del Grado en Biología), impartida además en el primer cuatrimestre, dichos estudiantes la cursarán como complemento formativo obligatorio fuera de las enseñanzas del máster. La descripción detallada de la asignatura puede consultarse en: http://biologicas.ucm.es/data/cont/docs/2-2013-02-10-tres53.pdf. El órgano encargado de decidir la necesidad de que un determinado alumno curse el complemento formativo propuesto será la Comisión de Calidad del Máster Universitario en Biología de la Conservación (https://www.ucm.es/biologia-conservacion/sistemadegarantia).