Solicitud de renovación CT39/17

Regulación. 

Artículo 12 de la convocatoria.

Prórroga de los contratos

12.1. Los contratos formalizados al amparo de la presente convocatoria podrán ser prorrogados por un periodo máximo de un año siempre que el crédito presupuestario lo permita y se evalúe positivamente la actividad desarrollada por el beneficiario.

12.2. La solicitud de renovación será presentada al Vicerrector de Política Científica, Investigación y Doctorado dos meses antes de la fecha de finalización del primer año. La solicitud incorporará una memoria de las actividades investigadoras y docentes realizadas hasta el momento y del grado de consecución de los objetivos y llevará el visto bueno del investigador tutor, como responsable de la actividad investigadora del contratado y del director/a del Departamento como responsable de la actividad docente.

12.3. En el caso de que el beneficiario no presente la solicitud de renovación a que se refiere el apartado anterior en el plazo establecido al efecto se entenderá que renuncia a la prórroga.

 

Procedimiento. 

Los beneficiarios deberán presentar en el Servicio de Administración de Personal Investigador.

Informe solicitud de renovación.