Renuncia al contrato CT39/17

Regulación. 

Artículo 10.2 de la convocatoria

Carácter y condiciones de disfrute de las ayudas.

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Si el beneficiario quisiera presentar la renuncia al contrato, ésta deberá ser presentada en el Servicio de Investigación con una antelación mínima de 10 días hábiles a que se produzcan los hechos que la motivan, teniendo efectos económicos y administrativos a partir del día comunicado en que se produzca la baja en el contrato.

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