Departamentos

Normativa

  1. Los Departamentos son las unidades de docencia e investigación encargadas de coordinar las enseñanzas de uno o varios ámbitos del conocimiento en uno o varios Centros de la UCM, de acuerdo con la programación docente de la Universidad, así como de apoyar las actividades e iniciativas docentes e investigadoras del profesorado. Asimismo, ejercerán aquellas otras funciones que determinen los presentes Estatutos y la legislación vigente

  2. En los términos previstos por la legislación vigente, los Departamentos se constituirán por ámbitos del conocimiento científico, técnico o artístico. La denominación de los Departamentos tendrá en cuenta los ámbitos del conocimiento que agrupen.

  3. Los Departamentos se regirán por lo dispuesto en la normativa estatal y autonómica que les sea de aplicación, los presentes Estatutos, el Reglamento de Centros y Estructuras y, en su caso, los Reglamentos de Régimen Interno que puedan elaborar los mismos.

  4. Los Departamentos agruparán al Personal Docente e Investigador perteneciente a los ámbitos que estén integrados en ellos y al Personal de Administración y Servicios que se les adscriba.

  5. Cada Departamento tendrá su sede administrativa en la Facultad o Escuela que el Consejo de Gobierno le asigne, previo informe del Departamento y de los Centros en que imparta su docencia, debiendo tenerse en cuenta como criterios prioritarios la naturaleza e importancia de los conocimientos que imparta dentro de los planes de estudio de cada Facultad o Escuela, la Facultad o Escuela donde desarrollen sus actividades docentes o investigadoras la mayor parte de sus miembros y la disponibilidad de los recursos materiales y personales.

Estatutos de la UCM. Artículo 14.