Interrupción de la ayuda CT48/19

Regulación. 

Artículo 10.3 de la convocatoria.

Carácter y condiciones de disfrute de las ayudas.

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En el caso de que en los contratos celebrados al amparo de esta convocatoria se produzcan suspensiones del contrato por la concurrencia de situaciones de incapacidad temporal por un periodo de, al menos, 3 meses consecutivos, riesgo durante el embarazo, maternidad y adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad el tiempo interrumpido podrá recuperarse siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, previa tramitación de la correspondiente solicitud y concesión de la misma por el Vicerrectorado con competencias en profesorado.

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