Doctorado

Instrucciones para solicitar la admisión

Solicitud de Admisión (preinscripción)

La solicitud de admisión se realizará única y exclusivamente a través de la Plataforma de Solicitud de Acceso y Admisión a los programas de doctorado de la Universidad Complutense de Madrid. La dirección electrónica @ucm.es es imprescindible para consultar el expediente y acceder al resto de servicios online de la Universidad. Además, los doctorandos/as recibirán las notificaciones y comunicados de la Universidad a través de su correo @ucm, por lo que es fundamental consultarla con frecuencia o redirigir el correo a la cuenta de uso habitual. Los doctorandos que todavía no tengan correo @ucm activo pueden solicitar el código de activación en la página de activación de cuenta UCM.


Además de la Documentación exigida por la UCM con carácter general para la Admisión a Doctorado (ver vías de acceso y documentación), los aspirantes al programa de Doctorado en Trabajo Social deberán aportar:

1.    Anteproyecto de Investigación (En español. Extensión máxima: 1.000 palabras). (modelo aquí)

2.    Carta de motivación (En español. Extensión máxima 1 página)

Los méritos adicionales a la formación se relatarán en el Curriculum Vitae (En español. Se ruega extensión máxima 3 páginas)

MUY IMPORTANTE: información específica para aspirantes con titulaciones extranjeras
Los/as candidatos/as con titulaciones extranjeras (es decir, expedidas por instituciones pertenencientes a estados ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior que no dispongan de la Credencial de Homologación o declaración de equivalencia otorgada por el Ministerio de Educación español) deben solicitar la autorización rectoral o Permiso de Acceso a Doctorado. Es obligatorio añadir esta autorización, o el justificante de haberla solicitado,  a los documentos  de preinscripción.
Se recomienda solicitar  esta Autorización de Acceso antes de iniciar la preinscripción, y siempre antes del 31 de julio.

Recuerden: todos los documentos académicos que se aporten deberán ser OFICIALES, expedidos por las autoridades competentes para ello en cada país. Deberán presentarse debidamente legalizados por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de la Haya, si proceden de Estados ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior. La legalización/apostilla deberá figurar sobre el documento original, antes de la realización de cualquier copia, escaneo o compulsa.

Legalización por vía diplomática: es el procedimiento para legalizar los documentos públicos extranjeros de los Estados que no son parte en el Convenio de la Haya. El documento deberá ser legalizado por la correspondiente Embajada o Consulado de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido el documento y contener la firma de legalización de la Embajada o Consulado y la preceptiva etiqueta de seguridad.

Apostilla de la Haya: de acuerdo con el Convenio de la Haya, la única formalidad que se exige para los documentos procedentes de los Estados parte de dicho Convenio es el sello de la Apostilla que coloca la autoridad competente del Estado que expide el documento. Estados parte del Convenio de la Haya.

En caso de haber sido expedidos en lengua no española, será necesario aportar tanto el documento en sí como su correspondiente traducción oficial al castellano.