2023 / 2024
NORMATIVA SOBRE LA RESOLUCIÓN
Según el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 29 de octubre de 2024, por el que se aprueba la normativa reguladora de los estudios de doctorado en la Universidad Complutense de
Madrid, en el TÍTULO VII, PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE DOCTORADO:
Artículo 91. Propuesta de concesión:
1. Realizada la evaluación, la comisión evaluadora hará pública la propuesta provisional junto con el plazo de reclamaciones. Los solicitantes podrán presentar reclamación ante la comisión evaluadora en los quince días naturales siguientes a la publicación de la resolución. Una vez estudiadas y resueltas las reclamaciones efectuadas por los interesados, la comisión evaluadora procederá a elevar al consejo de facultad la correspondiente propuesta de resolución; en dicha propuesta deberá constar la valoración de todos los candidatos propuestos y no propuestos en aplicación de los criterios fijados por el consejo de facultad.
2. El consejo de facultad aprobará la propuesta, si procede y notificará su resolución a los interesados.
3. Contra la resolución del consejo de facultad aprobando la propuesta se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes. Artículo 92. Concesión de los premios extraordinarios de doctorado Transcurrido el plazo para recurrir o, en su caso, una vez haya sido este resuelto, el consejo de facultad remitirá la propuesta al Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado, que a su vez la elevará junto con la documentación correspondiente al Consejo de Gobierno de la Universidad para su aprobación definitiva. Frente a la resolución del Consejo de Gobierno solo estará abierta la vía judicial