Contratos predoctorales para la formación de doctores (Antes FPI) Convocatoria 2015

Destinatarios 

Esta información está destinada a los ajudicatarios de la Universidad Complutense de la ayuda de referencia CT34/15.

 

Contacto 

En la UCM: Sección de Administración de Personal Investigador Predoctoral y Postdoctoral del Servicio de Administración de Personal Investigador.
En el Ministerio - Agencia Estatal de Investigación: Contáctanos.

 

Web 

Página Web de referencia de información de tu convocatoria (Ministerio - Agencia Estatal de Investigación). 

 

Convocatoria 

Disposiciones reguladoras de tu convocatoria:

- Resolución de 5 de junio de 2015 (BOE 12-6-2015).
- Modificada por resolución de 18 de septiembre de 2015 (BOE 30-9-2015). 

 

Impresos 

Los impresos del Ministerio y de la Universidad Complutense que puedes necesitar durante la vigencia de tu contrato están disponibles en el apartado "Impresos y documentosde la Web del Servicio de Administración de Personal Investigador.

 

Procedimientos

Descripción de los procedimientos más usuales referidos a tu ayuda: 

Estancias en Centros de I+D.
Colaboración en tareas docentes.
Régimen de compatibilidades.
Cambio de centro de I+D y/o de proyecto de investigación.
Interrupción de la ayuda.
Informes de seguimiento científico-técnico.

 

Ayudas Complementarias

 

Estancias breves

Estancias con finalidad formativa en centros extranjeros o españoles de localidad distinta de la del desarrollo de la tesis financiadas total o parcialmente. Para la solicitud deben cumplirse unos determinados requisitos recogidos en el articulado de la convocatoria correspondiente. 

Consulta las convocatorias en las que puedes participar en la página web de estancias breves para contratados predoctorales de tu Programa.

 

Matrícula gratuita de doctorado 

Artículo 5.5 de la convocatoria.

Caracteristicas de las ayudas.

En relación con la ayuda para financiar los gastos de matrícula en las enseñanzas de Doctorado se autorizará una única ayuda de 1.500 euros por cada investigador contratado, para financiar los gastos de matrícula derivados de las enseñanzas de Doctorado –tutela académica y créditos formativos–, en una Universidad española, pública o privada, correspondientes a los cursos en los que esté matriculado durante la vigencia de la ayuda para la contratación en la etapa predoctoral.

El gasto justificable no podrá exceder de las cuantías máximas de los precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios establecidas por la correspondiente comunidad autónoma para las Universidades públicas. A los efectos de la concurrencia de la vigencia de la ayuda y los cursos académicos, cada curso se extenderá desde el 1 de septiembre del año correspondiente al 30 de junio del año posterior, ambos días inclusive.

El gasto puede corresponder al abono por parte de los investigadores en formación de los correspondientes precios públicos o a la compensación a las Universidades de los importes de los precios públicos con motivo de la exención a los investigadores en formación del abono de los mismos.

(...)