Colaboración docente contratados Personal de Apoyo a la Investigación (PAI) por la UCM

Colectivos:  

- Personal Investigador de Proyectos (PAI-I). UCM.
- Pesonal Técnico de Apoyo a la I+D del Ministerio de Ciencia e Innovación (* Sólo a partir de la convocatoria 2020).

 

Condiciones de colaboración:

- El contrato de trabajo debe haberse realizado por la UCM para realizar tareas de investigación y su proceso de selección debe haber sido mediante convocatoria pública.

- En los contratos laborales con cargo a proyectos regulados de acuerdo con el artículo 83 de la LOU se deberá incluir una cláusula en la que se indique que el interesado podrá colaborar en docencia relacionada con la investigación que se lleve a cabo en el contrato.

- La duración del contrato deberá abarcar todo el tiempo de la colaboración docente.

- El personal en posesión del título de Doctor podrá colaborar en la docencia hasta 40 horas.

- El personal no doctor deberá estar inscrito en un programa de doctorado de la UCM y podrá colaborar hasta 30 horas únicamente en las actividades prácticas de asignaturas de grado y podrán codirigir TFG.

- No podrán ser responsables de asignaturas.

 

Tramitación y procedimiento:  

Asignación de tareas por el Departamento.

Los Departamentos serán los encargados de asignar las tareas de colaboración docente, que deberán contar con la conformidad del interesado y, en su caso, del investigador responsable de su contrato.

El personal contratado con cargo a contratos regulados de acuerdo con el artículo 83 de la LOU para realización de trabajos científicos adjuntará a su solicitud un resumen de la actividad investigadora asociada a su contrato.

El solicitante interesado no figurará en la actividad principal de la asignatura y no firmará actas. No obstante, la colaboración se grabará en GEA y no podrá superar los límites horarios establecidos para cada colectivo. Actuará como tutor-supervisor de la colaboración docente el coordinador de la asignatura u otro profesor de la asignatura en quien delegue. 

La docencia asignada al colaborador será docencia en actividades y grupos ya existentes en asignaturas de grado. Sólo en el caso de que el investigador en formación hubiera obtenido el título de doctor y hubiera suscrito el contrato postdoctoral previsto en su convocatoria, podría colaborar también en titulaciones de máster). No se incrementará el encargo docente total del departamento.

Cumplimentación de la solicitud de colaboración por el interesado

Asignadas las tareas, el contratado cumplimentará telemáticamente el impreso de "Solicitud de colaboración en tareas docentes. Contratados Predoctorales, Postdoctorales e Investigadores". Una vez cumplimentado y recogidas en el Departamento las firmas electrónicas que correspondan en el documento, éste se remitirá al Decanato de la Facultad para el VºBº en el mismo del Decano/a y su envío a la dirección electrónica pinves.paie@ucm.es de la Sección de Personal de Apoyo a la Investigación del Servicio de Administración de Personal Investigador. 

Autorización.

La solicitud de colaboración será revisada en el Servicio de Administración de Personal Investigador y autorizada por la Vicerrectora de Investigación y Transferencia.

El original del documento autorizado se enviará por el Servicio de Administración de Personal Investigador a la Sección de Personal de la Facultad correspndiente.

 

Plazo de solicitud:

Con el fin de que las colaboraciones docentes que estén programadas para el curso académico 2023-2024 sean autorizadas antes de su inicio, las solicitudes deberán ser remitidas al Vicerrectorado antes del 31 de agosto de 2023.

Si a lo largo del primer cuatrimestre surgiese la conveniencia de una colaboración docente que se va a desarrollar en el segundo cuatrimestre del curso académico 2023-2024, esta solicitud debe realizarse antes del 31 de enero de 2024.

Fuera de estas dos fechas, sólo se podrán autorizar colaboraciones con personal con vinculación a la UCM que se haya incorporado con posterioridad a las mismas, o por causas sobrevenidas cuya excepcionalidad habrá de justificarse ante la Comisión Académica.

 

Certificación de la colaboración docente: 

- Será emitida por autoridad académica competente de la Facultad.

 

Evaluación y certificación de la colaboración docente:

- El solicitante podrá someter su colaboración en docencia siempre que cuenten con la preceptiva autorización del rectorado y cumplan con los requisitos del programa de evaluación de la actividad docente (DOCENTIA-UCM).

- El Vicerrectorado de Calidad certificará los resultados de la evaluación de la colaboración en docencia.