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Gestión del Depósito Legal

La ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, establece que los editores son los responsables de la solicitud y constitución del Depósito Legal, una obligación legal que anteriormente correspondía a los impresores. Los materiales objeto de depósito legal son todos aquellos producidos o editados en España, por cualquier procedimiento de producción, edición o difusión, y distribuidas o comunicadas en cualquier soporte o por cualquier medio, tangible o intangible.

Las publicaciones editadas por la Universidad Complutense de Madrid incluirán el número de depósito legal, para lo cual deben solicitar su gestión al Servicio de Publicaciones.

Para la constitución del depósito legal, el responsable enviará 8-9 ejemplares de la publicación (Nueve ejemplares de los libros impresos en general, de las partituras musicales, los mapas, planos y material cartográfico y ocho ejemplares del resto de obras impresas, producciones audiovisuales y electrónicas)

Se gestionará el Depósito Legal para tiradas de más de 100 ejemplares.

Para la solicitud del depósito legal, el responsable de la publicación cumplimentará el siguiente formulario en Word y se enviará a este correo electrónico.