La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, en el artículo 31 del Título V "De la evaluación y acreditación", considera la promoción y la garantía de la calidad de las Universidades españolas como un fin esencial de la política universitaria y recoge la necesidad de establecer criterios comunes de garantía de calidad que faciliten la evaluación, certificación y acreditación.
El Vicerrectorado de Evaluación de la Calidad tiene como objetivo lograr la excelencia de la UCM en todos los ámbitos de la institución desarrollando un modelo propio de aseguramiento y evaluación de la calidad, tal y como exige el Espacio Europeo de Educación Superior, mediante las siguientes actuaciones:
Elaborar y llevar a cabo la política de calidad de la UCM.
Impulsar planes de mejora de la calidad y evaluar su seguimiento.
Facilitar información sobre temas de calidad relacionados con la docencia, profesorado, titulaciones y centros lo que incluye promover Jornadas, Seminarios...y difundir, en definitiva, la cultura de la calidad.
Proporcionar formación para la evaluación de la calidad y aseguramiento de la misma a la comunidad universitaria en los campos señalados en el punto anterior.
Apoyo técnico para los procesos de evaluación de titulaciones y centros y también para los procedimientos de aseguramiento de la calidad.
Impulsar, promover y supervisar las evaluaciones de centros, titulaciones y profesorado.
Informar (informes preceptivos no vinculantes) las propuestas de nuevas titulaciones (grados, masteres y doctorado) así como la modificación de las mismas.
Establecer criterios y estándares de calidad para las nuevas titulaciones.
Evaluar la calidad de las actividades docentes del profesorado de la UCM.