Justificación EB40/17

Una vez concluida la estancia, en un plazo máximo de 10 días, deberá presentar en el Servicio de Investigación los siguientes documentos:

Memoria de la actividad desarrollada en su desplazamiento (mínimo 300 palabras).

Certificado de asistencia original (por duplicado) extendido por el responsable del Centro receptor donde conste expresamente el dia de inicio y fin de la estancia. En ningún caso se admitirán los certificados en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

- Certificados con tachaduras o enmiendas

- Certificados en los que su fecha de expedición sea anterior a la fecha de finalización de la estancia.

- Certificados cuyas fechas de estancia entren en contradicción con las fechas del viaje.

- Facturas y billetes originales del medio de transporte utilizado y tarjetas de embarque utilizadas en el viaje.  Sólo se admitirán billetes de transporte público si viene especificado su precio o se acompaña de la factura.

- Breve memoria explicativa que incluya un listado de justificantes aportados, junto con una breve explicación de los gastos de billetes de autobús o transportes urbanos y similares.

Justificante del vehículo particular.  El uso del vehículo requerirá autorización previa del Vicerrectorado de Política Científica, Investigación y Doctorado. Deberá acompañarse de ticket de peaje y/o gasolina, que tendrán función de documento probatorio de la utilización de dicho vehículo. Los gastos de peaje se abonarán siempre y cuando no se supere el importe máximo para desplazamiento establecido en la convocatoria y en la concesión.

- Con el fin de facilitar las tareas de Registro de la Documentación se incluirá un listado de la documentación que se aporta.