
El procedimiento para la celebración de contratos o convenios al amparo del Art. 83 de la L.O.U. es el siguiente:

El artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades (L.O.U.) regula la colaboración entre la Universidad y el sector empresarial.
Las modalidades de servicios que la Universidad puede prestar en el marco de esta Normativa pueden agruparse en las siguientes categorías: