Programa actual de
Doctorado: RD 1393/07 COMUNICACIÓN DE MASAS: INFORMACIÓN,
ENTRETENIMIENTO Y PROPAGANDA
(PDEE157103)
Curso 2009-2011
2.
VÍAS
DE ACCESO
2.1. ACCESO AL PERIODO
DE FORMACIÓN
Para acceder al periodo de
formación será necesario estar en posesión de un
título universitario oficial español u otro
expedido por una institución de educación superior
del Espacio Europeo de Educación Superior que
facultan en el país expedidor para el acceso a
estas enseñanzas.
Asimismo, podrán acceder los
titulados universitarios conforme a sistemas
educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación
Superior sin necesidad de la homologación de sus
títulos, previa comprobación por la UCM de que
aquellos acreditan un nivel de formación
equivalente a los correspondientes títulos
universitarios oficiales españoles y que faculten,
en el país expedidor del título, para el acceso a
enseñanzas de posgrado.
2.2.
ACCESO AL PERIODO DE INVESTIGACIÓN
Para acceder al periodo de
investigación será necesario estar en posesión un
Título Oficial de Máster Universitario u otro del
mismo nivel expedido por una institución de
educación superior del Espacio Europeo de
Educación superior, u otro del mismo nivel y
ámbito de conocimiento obtenido en una universidad
española.
Asimismo, podrán acceder los
estudiantes que estén posesión de un título
obtenido conforme a un sistema educativo ajeno al
Espacio Europeo de Educación Superior, sin
necesidad de su homologación, siempre que
acrediten un nivel de formación equivalente a los
correspondientes títulos universitarios oficiales
españoles de Máster Universitario y que faculten,
en el país de origen, para el acceso a estudios de
doctorado.
También podrán acceder al
periodo de investigación quienes cumplan alguna de
las siguientes condiciones:
-
Haber superado 60 créditos
incluidos en uno o varios Masters Universitarios,
de acuerdo con la oferta de la Universidad
Complutense de Madrid y de otras universidades
españolas.
- Estar en posesión del Diploma
de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo
dispuesto en el RD 778/98, de 30 de abril, o
hubieran alcanzado la Suficiencia Investigadora
según lo regulado por el RD 185/85, de 23 de
enero
- Estar en posesión de un título
de Graduado o Graduada cuya duración, conforme a
normas de derecho comunitario sea de, al menos,
300 créditos.
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