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En el desarrollo de las telecomunicaciones el telégrafo había supuesto la innovación por excelencia de mediados del siglo XIX. La evolución tecnológica de la telegrafía eléctrica abrió las puertas a nuevos productos, como es el caso del teléfono, que asociaba de una manera más depurada el binomio electricidad-comunicación. Podría decirse que el telégrafo fue a la primera revolución industrial lo que el teléfono fue a la segunda, desarrolla a partir de los últimos decenios del siglo XIX. Fenómeno que encontraba su plena simbología en los espacios físicos en los que estas innovaciones tomaron cuerpo: Gran Bretaña y el telégrafo versus Estados Unidos y el teléfono. Los orígenes del teléfono y la consolidación de un sistema mundial de telecomunicaciones.
Los antecedentes del teléfono se remontan en el tiempo bastante más allá de su primera aplicación práctica, tal como sucedió con el telégrafo eléctrico. El primer ensayo sobre la posibilidad de transmitir el sonido de las voces a distancia, aunque fallido, se puede situar en 1860, cuando el alemán Philippe Reiss desarrolló un sistema que podía transmitir el sonido, pero incapaz de distinguir las palabras. El sistema de Reiss se basaba en la conjunción de membranas, electrodos y una corriente alterna. El salto decisivo se debió a tres norteamericanos: Graham Bell, Elisha Gray y Thomas A. Edison. Graham Bell y Elisha Gray, cofundador de la Western Electric Company, trabajaban por separado en la posibilidad de utilizar distintas frecuencias para mejorar las comunicaciones telegráficas, mediante la transmisión simultánea de varios mensajes por el hilo telegráfico. El teléfono de Bell constaba de un transmisor y un receptor unidos por un cable metálico conductor de la electricidad. Las vibraciones producidas por la voz en la membrana metálica del transmisor provocaban por medio de un electroimán oscilaciones eléctricas que, transmitidas por el cable, eran transformadas por el electroimán del receptor en vibraciones mecánicas, que a través de la membrana reproducían el sonido emitido desde el emisor. En 1876 fueron presentados en la Exposición de Filadelfia los primeros prototipos telefónicos. El 9 de julio de 1877 Graham Bell fundaba la Bell Telephone Company, ese mismo año la Western Union Telegraph Company creaba su propia compañía de teléfonos, encargando a Edison el desarrollo de un modelo alternativo al de Bell. El receptor de Edison amplificaba considerablemente respecto del modelo de Bell la recepción y difusión de la voz. La falta de capital provocó la pérdida del control que Bell ejercía sobre su compañía, que paso a manos de un grupo de financieros de Boston. Las dos compañías norteamericanas mantuvieron una feroz lucha por el control del mercado telefónico estadounidense, desplegada en tres frentes: técnico, a través de la mejora de los aparatos telefónicos; jurídico, respecto de la primacía de las patentes de Bell y Gray, y geográfico por el control del territorio norteamericano. En 1879 la patente de Bell fue reconocida por los tribunales de justicia como la única válida, quedando la Bell Telephone Company como la empresa autorizada a explotar dicha innovación tecnológica.
Sin embargo, las dimensiones reducidas de la compañía hicieron que a la altura de 1881 fuese incapaz de hacer frente a la demanda del creciente mercado telefónico norteamericano. La adquisición de la Western Electric, la mayor fábrica de material eléctrico de los Estados Unidos, a la Western Union permitió a la Bell hacer frente al reto industrial que representaba el nuevo mercado telefónico. Vail, directivo de la Bell, fue el máximo responsable de la expansión de la compañía. En 1884 se resolvió, por medio de los cables de cobre, el problema técnico de los enlaces a larga distancia de las líneas telefónicas. En 1885, Vail aseguró la primacía de la sociedad matriz sobre sus filiales, mediante la constitución de una compañía dedicada a la construcción de las líneas telefónicas de larga distancia. Nacía así la American Telephone and Telegraph Company (ATT), creándose una situación de monopolio de hecho sobre el mercado telefónico estadounidense. En el ámbito local funcionaban pequeñas compañías telefónicas, basadas en capitales locales, que dependían absolutamente de la ATT para la conexión con la red nacional. De esta forma la Bell Telephone controlaba monopolísticamente el mercado. Tecnológicamente el control de la Bell se resolvió en dos etapas claramente diferenciadas: en un primer momento, mediante la compra de las nuevas patentes, que no eran utilizadas por la compañía para garantizar la rentabilidad de sus inversiones; después, mediante la constitución de los Laboratorios Bell, dedicados al desarrollo tecnológico en el campo de las telecomunicaciones, que alcanzaron en breve tiempo posiciones de liderazgo mundial. En enero de 1878 entraba en funcionamiento, en New Hawen -Connecticut-, la primera central telefónica estadounidense y se daban de alta los primeros abonados al nuevo servicio. En 1879 se inauguraba al público la primera línea telefónica de larga distancia entre Boston y Providence. Ese año 26.000 teléfonos estaban en servicio en los Estados Unidos; en 1881 más de 123.000 aparatos constituían la red telefónica. En 1884 se inauguraba la línea telefónica entre Boston y Baltimore. La expansión del teléfono en Europa fue más lenta que en los Estados Unidos. Las razones que explican este hecho son variadas. De una parte, desde 1880 Estados Unidos mostraba una mayor pujanza industrial que el Viejo Continente. Las oportunidades para el desarrollo de nuevas industrias eran mayores debidas a las grandes dimensiones del mercado estadounidense y a la juventud de su estructura industrial, que mostraba una mayor flexibilidad que las consolidadas estructuras industriales europeas a la hora de movilizar capitales para nuevos proyectos industriales. De otra, la pugna tecnológica establecida entre los aparatos de Bell y Edison retrasaron la decisión europea sobre la elección del sistema telefónico. Finalmente, el celo de los gobiernos respecto del control de los nuevos sistemas de comunicaciones provocó una considerable demora respecto del modelo a adoptar: estatal o privado, que dio origen a una contradictoria legislación que retrasó el despegue de las respectivas redes telefónicas. En Gran Bretaña, la Alta Corte de Justicia autorizó en 1880 la explotación privada del servicio telefónico, frente al carácter estatal del telégrafo desde 1871. Las nuevas compañías telefónicas debían de desembolsar una fuerte cantidad al gobierno para optar a una concesión, lo que dificultó la expansión del nuevo servicio. En 1881 existían en Londres tres centrales telefónicas para 1.100 abonados. En 1895 el Parlamento concedía a la Post Office el derecho a recobrar las redes telefónicas; en 1896 nacionalizaba las líneas de larga distancia. Alemania y Suiza se inclinaron desde un principio por el modelo estatal. La Administración de Correos y Telégrafos alemana se hizo cargo desde sus orígenes del nuevo servicio. En Francia, el gobierno se decantó inicialmente, en 1879, por ceder a la iniciativa privada la explotación de la nueva invención. Las razones de esta decisión, en principio contradictoria con el carácter estatal de la red telegráfica, se encuentran en dos hechos asociados entre sí: de una parte, las dificultades financieras que Francia atravesaba en aquellos años; de otra, las dudas del gobierno sobre la viabilidad del nuevo invento, dado el desarrollo de la red telegráfica francesa y el arcaísmo de los primeros aparatos telefónicos. El 26 de junio de 1879 se publicaban las cláusulas por las que los particulares podían acceder a la explotación de redes telefónicas urbanas. Tres sociedades concesionarias de las patentes norteamericanas solicitaron la autorización para la explotación de las redes telefónicas de las ciudades de París, Lyon, Marsella y Burdeos. El 10 de diciembre de 1880 las tres sociedades se fusionaron en la Société Générale du Téléphone (SGT). La nueva compañía perseguía un triple objetivo: la instalación y explotación de redes telefónicas; la fabricación de aparatos eléctricos y la toma de participaciones en otras industrias eléctricas, absorbiendo en 1881 a la compañía Rattier, una de las más importantes fábricas de material eléctrico de París. Según la normativa de 1879, el Estado francés se reservaba el derecho de la construcción de las líneas interurbanas, lo que provocó importantes problemas para el desarrollo de la SGT y la expansión de la red telefónica francesa. A partir de 1882 el gobierno inició, paralelamente a la actividad de la SGT, la construcción de una red telefónica en el norte de Francia; en 1885 inauguraba las líneas Rouen-Le Havre y Paris-Rennes. Dos años más tarde, el 24 de febrero de 1887 se abría la línea París-Bruselas; el 8 de marzo la línea Paris-Le Havre; el 25 de junio la de Paris-Rouen, y en 1888 las de Paris-Lille y París-Marsella. Entre 1884, año en el que fueron renovadas las concesiones a la SGT por otro período de cinco años, y 1889 se desarrolló una viva polémica respecto del futuro modelo de la red telefónica francesa: de titularidad estatal o abierta a la explotación privada. La polémica se resolvió a favor del monopolio estatal del servicio telefónico mediante la ley del 16 de julio de 1889. La escasez de presupuestos para el desarrollo de la red telefónica demoró su implantación. El gobierno recurrió a las administraciones locales y provinciales para la financiación de la construcción de las redes urbanas, siguiendo el modelo ofrecido por la ciudad de Limoges. En 1891 este sistema fue adoptado también para la financiación de las redes interurbanas. El modelo elegido en 1889 representó una importante traba importante para el desarrollo de una red telefónica nacional integrada, al depender de los recursos aportados por las instituciones locales y regionales. Las carencias del modelo se manifestarían en el nuevo siglo, cuando el teléfono se transformó en un medio de comunicación de importancia creciente. En 1900 la estadística de los aparatos telefónicos revela con claridad la superioridad de los Estados Unidos respecto de cualquier otro país: un aparato por cada 60 personas frente a un teléfono por 115 personas en Suecia; uno por 129 en Suiza; uno por 397 en Alemania; uno por 1.216 en Francia, o uno por 2.629 en Italia. Desde los orígenes del teléfono dos grandes fenómenos se desarrollan de manera íntimamente relacionados: su tendencia a constituirse en red universal de comunicaciones y la preponderancia tecnológica, financiera e industrial de los Estados Unidos. Ya en el acta de creación de la ATT en 1885 se señalaba el objetivo futuro de enlazar telefónicamente los Estados Unidos con Canadá y México. Esta inicial aspiración fue una realidad plena a la altura de 1930, momento en el que existía una consolidada red telefónica internacional, que diseñaba los primeros pasos de un mercado mundial de las telecomunicaciones, avanzando por la senda abierta por la red telegráfica internacional. De la misma manera que la red mundial telegráfica había sido hegemonizada por Gran Bretaña, símbolo e instrumento de su preponderancia internacional durante la segunda mitad del siglo XIX hasta el estallido de la Gran Guerra, el predominio de los Estados Unidos en la construcción de la red telefónica mundial anticipaba el papel primordial que dicha nación iba a desempeñar de manera indiscutible con el estallido de la Segunda Guerra Mundial. En el período de entreguerras los Estados Unidos no sólo lograron superar su antigua dependencia en las conexiones telegráficas internacionales respecto de Gran Bretaña, sino que mediante su hegemonía en la industria telefónica consiguió afianzarse a posiciones de liderazgo en el naciente mercado mundial de las telecomunicaciones. El emblema de esta hegemonía fue la International Telephone and Telegraph (ITT), creada en 1920 por los hermanos Hernand y Sosthenes Behn. Una pequeña empresa que había sido constituida para la explotación de las redes telefónicas de Cuba y Puerto Rico, acabó, en un espacio de tiempo no superior a quince años, en la empresa líder de las telecomunicaciones internacionales. Su momento de despegue fue en 1925 cuando la ATT, como consecuencia de la aplicación de las leyes antitrust de los Estados Unidos, se vio obligada a vender a la ITT la International Western Electric, que monopolizaba la comercialización del sistema Bell en el exterior de los Estados Unidos, por 30 millones de dólares gracias a un préstamo del National City Bank y la Banca Morgan. Tras este acuerdo transcendental, la ITT contó con el apoyo financiero del National City Bank y de la Banca Morgan, con lo que la expansión internacional de la ITT, iniciada con la toma del control de la CTNE, fue inmediata y espectacular, sobre todo en Latinoamérica y Europa. "De una pequeña compañía con ambiciones regionales, se convirtió en un complejo totalmente integrado operador de redes y fabricante de material. Behn pudo desde entonces a la Ericsson y a la Siemens allá donde quisiera". Así en Europa la ITT penetró con fuerza, además del caso español, en Francia y en Alemania. Este último país sirvió de plataforma para su penetración en la Europa danubiana. En suma una hegemonía estadounidense del mercado mundial de las telecomunicaciones que enseguida demostró su importante derivación política, sobre todo a partir de 1945 cuando el concepto free flou of information se convirtió en la doctrina oficial estadounidense en materia de telecomunicaciones. La aparición del teléfono en España. 1877-1936. Seis meses después de la primera demostración de A. G. Bell, en octubre de 1877, La Habana fue escenario del primer ensayo telefónico entre el cuartel de bomberos de dicha ciudad y el domicilio particular del industrial Muset. Al igual que había sucedido con el ferrocarril, Cuba se convirtió en la pionera de un nuevo sistema de comunicación, el teléfono, en el ámbito español. La importancia del comercio colonial y de la pujante sociedad que de él se derivaba no fue ajena a esta primera demostración. En la Península, Barcelona fue la ciudad pionera de las pruebas telefónicas. En diciembre de 1877 se realizaron ensayos en la Escuela Industrial. El ejército unió telefónicamente los castillos de Montjuich y la Ciudadela y el industrial Dalmau llevó a cabo la primera conferencia de larga distancia entre Barcelona y Gerona. En Madrid los primeros experimentos tuvieron lugar en enero de 1878 y sus protagonistas fueron el gobierno y el trono, enlazando el antiguo casón de Telégrafos con el Ministerio de la Guerra, por un lado, y después los Palacios Reales de Madrid y Aranjuez. Los experimentos iniciales no fueron suficientes para que el teléfono se implantara en España. Una demanda débil, una iniciativa privada con escasos recursos y una política cambiante en cuanto a la legislación telefónica lo impidieron, debido a que la explotación del nuevo invento se hizo de manera restrictiva y poco atractiva para la iniciativa privada: concesiones de corto plazo que podían revertir al Estado con las obras realizadas al final de la concesión. Cuando asume la explotación el propio Estado, los escasos recursos del erario público, imposibilitan la consolidación y ampliación del servicio telefónico. Los datos estadísticos internacionales ejemplifican el escaso desarrollo del teléfono en España en la década de 1880 (ver cuadro nº 59). El marco legal del servicio telefónico osciló de manera continuada hasta 1924, fecha de la creación de la Compañía Telefónica Nacional de España, entre la opción estatal y la privada. La sucesión de normativas contradictorias dificultó el desarrollo de la red telefónica española durante sus primeros decenios de vida. Mientras los liberales se proclamaban partidarios de la iniciativa privada, dejando al estado la labor de supervisión; los conservadores se pronunciaban por el carácter estatal de la red telefónica, sin embargo las limitaciones presupuestarias les llevaban a aceptar la convivencia de las redes estatales y privadas. De esta forma, la sucesión de liberales y conservadores en los gobiernos de la Restauración dio lugar a una normativa plagada de contradicciones, caracterizada por la multiplicidad de las condiciones establecidas en los diferentes decretos sobre la regulación del servicio telefónico. La situación desembocó en un auténtico caos, en el que se sucedían sin orden ni concierto reglamentaciones diversas, redes dispersas y desconectadas entre sí, compañías privadas y públicas, estas a su vez de titularidad estatal, provincial, comarcal o local. Todo ello redundó en las dificultades para el despegue del servicio telefónico en España.
La primera reglamentación del servicio telefónico se debe al primer gobierno largo de Sagasta. El decreto del 16 de agosto de 1882 habilitó al ministro de la Gobernación para conceder a particulares o compañías el establecimiento y explotación de redes telefónicas con destino al servicio público. La legislación aprobada creaba un marco repleto de lastres que dificultaron el despegue del servicio, por la discrecionalidad de los poderes públicos a la hora de otorgar las concesiones. La filosofía gubernamental quedaba puesta de manifiesto en las bases del decreto: limitaciones técnicas, las redes urbanas no podían sobrepasar los diez kilómetros; el nuevo servicio era considerado como una renta para el Estado, que se reservaba el 5 por ciento de la recaudación total; el gobierno se reservaba el derecho de regulación de las tarifas y tasas, y la concesión quedaba circunscrita a un plazo máximo de 20 años, como contrapartida se establecían exenciones fiscales a los concesionarios. La participación de la Dirección General de Correos y Telégrafos en el origen del servicio telefónico en España es esencial, tanto en los experimentos iniciales como en la aprobación del reglamento y en la selección de las diferentes ofertas presentadas por los concesionarios. La Dirección General de Correos y Telégrafos creó en Madrid, en 1882, una red telefónica oficial que enlazaba las principales dependencias estatales que con escasos recursos consiguió un funcionamiento eficaz, siendo puesta como ejemplo por los partidarios de que el teléfono fuera por cuenta del Estado. El decreto de 11 de agosto de 1884 reservaba al Estado la explotación del servicio telefónico, valiéndose de los funcionarios del Cuerpo de Telégrafos. En la exposición del decreto elaborada por el ministro Romero Robledo se justificaba la conveniencia del carácter estatal del servicio: las graves dificultades sufridas para la puesta en servicio; el caos telefónico de Barcelona, ocasionado por la cantidad de concesiones otorgadas; el temor de dejar en manos privadas un medio tan poderoso; lo rentable que sería para el Tesoro, y el ejemplo de Europa. El Reglamento que desarrollaba el decreto dividía las redes en urbanas e interurbanas. A pesar de la naturaleza estatal del servicio se autorizaba a particulares y ayuntamientos a tender redes, de manera subsidiaria, siempre y cuando no existieran las del Estado, pero con la condición de unirlas a las redes estatales cuando se instalaran, pasando entonces a la categoría de simples abonados. Las cuotas de abono anual descendieron un 40 por ciento respecto del reglamento de 1882, pasando de 1.000 a 600 pesetas. La penuria de las arcas del Estado impidió el desarrollo de una red telefónica amplia y eficaz. La Ley de Contabilidad existente, francamente anacrónica, imposibilitó la financiación de las partidas presupuestarias. En junio de 1885, después de las dos primeras reglamentaciones, el número de abonados en España era el que muestra el cuadro número 60.
En noviembre de 1885 la nueva ascensión al poder del partido liberal significó un cambio en el marco legal del servicio telefónico. En aras de la libertad económica, el 13 de junio de 1886 un decreto volvía al sistema de concesiones a la iniciativa privada; incluso en la exposición de motivos se llegaba a tachar al Estado como obstáculo perpetuo al desarrollo del teléfono. En 1890 Francisco Silvela aprobó una nueva reorganización de los servicios telefónicos, esta vez de carácter mixto. Las experiencias de Gran Bretaña, Francia e Italia rescatando la explotación del teléfono de manos de los concesionarios particulares en favor del Estado fue uno de los argumentos básicos para el nuevo rumbo legislativo. Consciente de las limitaciones económicas del Estado, la posición defendida por Francisco Silvela trató de conciliar los intereses particulares -hegemónicos en 1882 y 1886- y los del Estado -monopolizadores en 1884- (cuadro nº 61). El decreto establecía una sistematización del servicio telefónico, que perseguía salir del marasmo en el que se encontraba mediante la definición de las diferentes modalidades de las instalaciones: redes telefónicas, públicas o privadas; líneas interurbanas, públicas o privadas; líneas secundarias, conectadas con las estaciones telegráficas, y líneas particulares. Las privadas debían satisfacer un canon al Estado por su concesión y explotación que variaba en función de las características de la concesión. La iniciativa privada se liberó de trabas al poder concursar en la instalación de líneas interurbanas a gran distancia, bajo la condición del pago de un canon cuyo importe variaba dependiendo de la importancia de la línea. Como desarrollo de este nuevo marco legal el 18 de marzo de 1891 un nuevo decreto publicó las bases de la subasta para la construcción y explotación de las líneas interurbanas.
El decreto de 1891 dividió la Península en cuatro zonas telefónicas, a efectos de la concesión y subasta de las redes interurbanas, delimitadas por líneas imaginarias con centro en Madrid. La red del NORDESTE, comprendida entre las líneas ideales Madrid-Bilbao y Madrid-Valencia, que contemplaba la obligación de unir telefónicamente, en el plazo de un año, las ciudades de Bilbao, San Sebastián, Vitoria, Pamplona, Zaragoza, Barcelona y Valencia. La red del SURESTE, limitada por los ejes Madrid-Valencia y Madrid-Málaga, debía conectar en iguales condiciones las ciudades de Alicante, Albacete, Murcia, Cartagena, Almería y Granada. La red del SUROESTE, comprendida entre Madrid-Málaga y Madrid-Cáceres, enlazaría Madrid con Málaga, Sevilla, Córdoba y Cádiz. La red del NOROESTE, debía conectar Madrid con Avila, Valladolid, Salamanca, Burgos, Santander y La Coruña. Los derechos de las conexiones internacionales con Francia y Portugal correspondían a las redes Nordeste y Suroeste, respectivamente. Este ambicioso proyecto no se cumplió. Solamente la Red del Nordeste a cargo de la Compañía Peninsular de Teléfonos se llevó a cabo, el resto quedó en simple proyecto. Si el Estado no tenía capacidad económica para asumir los costes del proyecto, el capital privado nacional tampoco se sintió incentivado para invertir en unas redes telefónicas que no se presentaban rentables en la mayor parte de España. En vez de revertir al Estado los derechos y explotación de las tres zonas restantes, y como reflejo de las contradicciones en que se moverán los partidos alternantes en materia telefónica, salieron de nuevo a pública subasta entre personas o entidades españolas. Modificaron algunas condiciones pero mantuvieron la política de que el capital privado construyese las redes y las explotase hasta la finalización del contrato en que pasarían a manos del Estado. Se amplió la red del Nordeste, incluyendo la conexión con Francia, y se mantuvo la red del Noroeste. En julio de 1909 la construcción de la red internacional Madrid-Zaragoza-San Sebastián-Irún, y en diciembre del mismo año la variante Zaragoza-Barcelona-Gerona-Port Bou unió la red telefónica española con la europea. En el cuadro 62 se aportan algunos datos comparativos de las tres redes.
Los sucesivos decretos y reglamentos acrecentaron el caos telefónico en España. Líneas aisladas unas de otras, materiales no homogeneizados, tarifas diferentes, diversidad de tipos de canon, explotación a cargo de empresas privadas (sometidas a diferente legislación), amén de amplísimas zonas sin servicio componían el mosaico telefónico de la España de finales de siglo. En el bienio 1908-1909, durante el gobierno conservador presidido por Maura, y siendo ministro de la Gobernación Juan de la Cierva, vieron la luz una serie de leyes y reglamentos con los que se intento cambiar el marco legislativo y lograr un servicio telefónico eficaz. El objetivo no se cumplió, ya que una de las premisas fundamentales para ello, como era la unificación de toda la red telefónica del Estado, no quedaba contemplada a corto plazo. El decreto de 17 de septiembre de 1908 autorizó la participación de los ayuntamientos en las subastas de las redes telefónicas urbanas con el derecho de tanteo sobre el mejor licitador. Al amparo de esta norma, comenzaron a funcionar dos explotaciones consideradas modélicas: la concesión por 35 años en favor de la Diputación de Guipúzcoa, mediante la ley de 25 de noviembre de 1908, y la otorgada al Ayuntamiento de San Sebastián de 1º de diciembre para explotar la red urbana. La política seguida por la red de San Sebastián, dirigida por Juan Echaine, fue la de conectar con las redes interurbanas y telegráficas y ampliar sus servicios: telegramas internacionales y giros telegráficos. La buena gestión realizada por esta red fue imitada por otros ayuntamientos sin conseguir los mismos resultados. El 27 de octubre de 1923, Martínez Anido, Subsecretario de Gobernación, transmitió la real orden autorizando la explotación a perpetuidad de la red telefónica urbana de San Sebastián en favor del Ayuntamiento de dicha capital. Concesiones y empresas telefónicas en España, 1897-1924. La Compañía Peninsular de Teléfonos. En 1897 se habían concedido 42 redes telefónicas a compañías privadas, entre las que destacaban por el número de abonados la Sociedad General de Teléfonos de Barcelona, con 2.479 abonados; la Compañía Peninsular de Teléfonos con cinco concesiones, correspondientes a las redes de Bilbao con 1.078 abonados, Mataró con 61, Sabadell con 343, Santander con 299 y Valls con 17; la Compañía Madrileña de Teléfonos con 1.681 abonados y la de Antonio Mompó en Valencia con 961. En 1900 las concesiones se habían elevado a 49, manteniendo las citadas compañías la primacía en cuanto a número de abonados. En 1905 la Compañía Peninsular de Teléfonos incrementaba a siete el número de concesiones, con las de Martorell y Palamós. En 1910 el número de concesiones se elevaba a 74; desde 1908 las redes de Barcelona y Madrid habían pasado a manos de la Compañía Peninsular, que con las de Tarragona y Manresa se elevaban a diez al haberse municipalizado la red de Santander en 1909, año en el que Ayuntamiento se hacía con concesión de la red de San Sebastián. De los 21.239 abonados de las compañías concesionarias de 1909, 10.202 lo eran de la Compañía Peninsular, es decir un 48,03 por ciento del total. En 1912 la Compañía Peninsular absorbió a la Compañía Ibérica de Redes Telefónicas, que tenía las concesiones de las redes de Cádiz, Jerez de la Frontera, Murcia y Vitoria. En 1915 las concesiones eran 89, de las que 27 correspondían a la Compañía Peninsular, que constituía con diferencia la compañía telefónica privada más importante del país. Ese mismo año se hizo cargo de la explotación de las tres grandes zonas en las que finalmente había quedado dividida la Península: Nordeste, Sur y Noroeste. Con ello se trataba de garantizar la conexión interurbana de las distintas redes locales existentes. En 1920 las concesiones alcanzaban la cifra de 94, de las que 35 estaban en manos de la Compañía Peninsular; que controlaba 39.554 abonados de un total de 67.736 de las compañías concesionarias, lo que representaba el 58,39 por ciento del total de abonados (ver cuadro nº 63).
A considerable distancia se situaba la segunda compañía por número de concesiones: la Mancomunidad de Cataluña, que inició su actividad telefónica en 1916 con las concesiones de Figueras, La Garriga y Lérida, a las que se unió en 1923 la de Puigcerdá. Incluso el Estado, a pesar de tener 149 redes telefónicas locales, con 7.952 abonados, quedaba lejos de los 39.554 abonados que la Compañía Peninsular tenía en 1920 (ver cuadro nº 74 en apéndice final del capítulo). El interés por el incremento de la demanda influyó más que el progreso técnico en el continuo descenso de los precios telefónicos desde la primera reglamentación de 1882 hasta finales del siglo XIX. A partir de 1900 se estabilizaron los precios, aunque se mantuvo la disparidad de las tarifas entre unas redes y otras. Esta estabilización de las tarifas se realizó a partir de unos precios prohibitivos para la mayoría de la sociedad española, sobre todo por lo elevado de la cuantía de la cuota de enganche, hecho que explica la lenta difusión del servicio telefónico en nuestro país y las dificultades para alcanzar el óptimo de socialización. En los cuadros 75, 76 y 77 en el apéndice al final del capítulo donde se exponen las diferentes tarifas en vigor en 1897, 1910 y 1923 respectivamente. En el cuadro número 64 se muestra la evolución de las tarifas telefónicas más usuales entre 1882 y 1910.
Si a ello añadimos el caos telefónico existente entre 1882 y 1924, sólo resuelto en parte desde 1915 con la preponderancia de la Compañía Peninsular y su explotación de las redes interurbanas, tendremos el marco explicativo completo de las dificultades de la introducción de la telefonía en España, a diferencia de lo ocurrido con la telegrafía. A este respecto cabría añadir las diferencias sustantivas de la telegrafía y el teléfono. La primera, para su pleno desarrollo necesitaba fundamentalmente de la construcción de la red telegráfica nacional. Tendidas las líneas con una o varias estaciones telegráficas, según las dimensiones de las localidades y las demandas de los sectores político, económico y periodístico, el servicio telegráfico era plenamente operativo. Sin embargo, el teléfono para su pleno desarrollo necesitaba no sólo del tendido de las redes interurbanas sino también y fundamentalmente del desarrollo de las redes urbanas, basadas en el tendido de las líneas telefónicas particulares, lo que significaba un incremento considerable de los costes respecto del tendido telegráfico, estando directamente ligado a los niveles de renta de la sociedad. Cuotas de enganche cuya media inferior alcanzaba en 1897 las 149,86 pesetas y en 1923 las 81,56 pesetas resultaban inalcanzables para la mayoría de la sociedad española de la época. En estas condiciones resultaba previsible la dificultad para la consolidación de la red telefónica española. Las empresas concesionarias, dada su fragmentación y escasa capitalización eran incapaces de impulsar una política tarifaria a la baja, acrecentada esta incapacidad por la incertidumbre de la renovación de las concesiones por el Estado y los reducidos plazos de las mismas, todo lo más veinte años. Ni siquiera la Compañía Peninsular estaba en condiciones de ofrecer una reducción significativa de las tarifas que supusiera una ampliación potencial de la demanda telefónica vía reducción de costes de la conexión. El Estado era asimismo incapaz de financiar la construcción y expansión de la red telefónica nacional. Los costes de financiación necesarios para la socialización del teléfono, mediante una sostenida política tarifaria reducida, eran de tal magnitud que escapaban a las posibilidades presupuestarias estatales. La posición de la Dirección General de Correos y Telégrafos partidaria de la unificación de las redes y su explotación por el Estado estaba condenada al fracaso. La incautación por parte de Telégrafos de redes caducadas o mal explotadas como en Ciudad Real, Sevilla o Valdepeñas eran sucesos aislados. El control e inspección, que por ley le correspondía ejercer sobre todos los concesionarios, eran más teóricos que reales. La explotación del telefonema (telegrama interurbano cursado por teléfono) por las compañías privadas a pesar de atentar contra el monopolio telegráfico del Estado tuvo que ser consentido. Las tendencias estatalizadoras del servicio telefónico de algunos gobiernos de la Restauración estaban, por tanto, condenadas de antemano. En el cuadro 65 se presenta un resumen de la evolución del servicio telefónico entre 1885 y 1934.
En 1917, Francos Rodríguez presentó su proyecto de Ley de Telefonía Nacional, para superar la situación de indeterminación en que estaba sumido el servicio telefónico. Con un coste previsto de 67 millones de pesetas, reproducía el modelo francés y el de las redes de Guipúzcoa y San Sebastián. Perseguía los siguientes objetivos: la unificación de los servicios telefónicos; la intervención de las comunicaciones telefónicas por parte del Estado; la ampliación de la capacidad de las líneas, y la conclusión del plan de líneas, extendiendo el servicio a capitales como Soria, Cuenca, Teruel y Albacete, mediante la fundación de un Instituto Nacional de la Telefonía, encargado de la creación, gestión y desarrollo de la red telefónica nacional, bajo criterios unificadores a partir del rescate de las concesiones existentes conforme fueran caducando y el fin de la política de concesiones, siguiendo el modelo francés en el que la administración de telégrafos y teléfonos aparecían estrechamente vinculadas. El proyecto finalmente no prosperó. La solución vino de la mano de la constitución de la Compañía Telefónica Nacional de España en 1924 que, con el contrato suscrito con el Estado y la penetración del capital extranjero de origen norteamericano, a través de la International Telephone and Telegraph Corporation (ITT), pudo resolver las dificultades que atravesaba el servicio telefónico español desde su nacimiento en 1882, tras las primeras experiencias pioneras de 1877. La creación de la Compañía Telefónica Nacional de España. A la altura de 1920 la red telefónica urbana estaba dividida entre concesionarios que explotaban 93 redes. De ellas 42 correspondía a capitales de provincia explotadas por compañías privadas salvo cuatro en manos de los Ayuntamientos. El Estado poseía 110 redes urbanas, de las que once correspondían a capitales de provincia. Cuatro años más tarde, cuando Primo de Rivera impuso desde el Directorio Militar la unificación del servicio telefónico, el control de las redes había variado de manera considerable. El 28 por ciento correspondía al Estado a través de la Dirección General de Correos y Telégrafos, que controlaba 147 redes urbanas. Las más importantes eran las de Las Palmas, Castellón, Sevilla, Burgos, Cuenca, Ciudad Real, Guadalajara, León, Logroño, Lugo, Soria, Segovia y Teruel. Igualmente tenía bajo su control dos redes provinciales, Vizcaya y Ciudad Real, y circuitos interurbanos en varias provincias, siendo los más importantes el de Zaragoza-Ariza y la red del Guadarrama en Madrid. Explotaba también la red internacional con Francia. El 9 por ciento correspondía a Diputaciones y municipios como la red urbana de San Sebastián y la de Guipúzcoa, además de la red de la Mancomunidad Catalana, que instaló en 1921 la primera central automática. El 33 por ciento estaba en poder de dos empresas. La más importante seguía siendo la Compañía Peninsular de Teléfonos propietaria de la red interurbana y de las redes urbanas de capitales o pueblos importantes de Valladolid, Vitoria, Tarragona, Huesca, Vigo y Cádiz. Por su parte, la Compañía General de Teléfonos explotaba las redes urbanas de Murcia, Toledo, Alicante, Albacete, Tenerife. El otro 30 por ciento correspondía a pequeños concesionarios. En su conjunto el servicio telefónico en 1924 presentaba el siguiente cuadro: 80.000 teléfonos manuales; 0,36 teléfonos por cada 100 habitantes; 40.000 kilómetros de circuitos interurbanos; 627 localidades enlazadas por teléfono, y 8.000 empleados. El incremento del número de teléfonos entre 1914 y 1924 (Ver cuadro nº 66) había significado un aumento paralelo en los ingresos de la Hacienda Pública (Ver cuadro nº 67).
Una de las principales razones que indujeron a Primo de Rivera a autorizar la entrada de la ITT en España, en 1924, fue la necesidad de encontrar capital suficiente para la explotación y el desarrollo de las nuevas tecnologías. Los hechos se sucedieron con una rapidez inusual en este tipo de operaciones. El 19 de abril de 1924 se constituyó en Madrid la Compañía Telefónica Nacional de España (CTNE), en régimen de sociedad anónima, con un capital de 2.000 acciones de 500 pesetas nominales cada una. El 11 de mayo, el Directorio Militar dictó una Real Orden, sin carácter de concurso, nombrando una Comisión encargada de estudiar los proyectos libremente presentados para reorganizar el servicio telefónico. Se presentaron además de la CTNE, la Sociedad de Teléfonos Ericsson y la N.A.T. Electric Works. Dicha Comisión informó negativamente sobre los tres proyectos.
El 31 de julio de 1924 se amplió el Consejo de Dirección de la Compañía Telefónica Nacional de España. Se nombró un nuevo presidente, cargo que recayó en el Marqués de Urquijo, y entraron nuevos vocales, entre otros: Sosthenes Behn (presidente de la ITT), Hernand Behn (presidente de la Cuban Telephone Company, filial de la ITT) y Lewis J. Proctor (vicepresidente de la ITT); en la Compañía estaban presentes destacados miembros de los Consejos de Administración del Banco Urquijo y del Banco Hispano Americano. El 25 de agosto, Alfonso XIII firmó el decreto que autorizó a contratar con la CTNE la organización, reforma y ampliación del servicio telefónico nacional. El 29 de agosto, se firmó un contrato entre la CTNE y la ITT, elevando el capital social de la primera de uno a ciento quince millones de pesetas. Formalmente el contrato se había efectuado con una empresa nacional, requisito indispensable para su firma, pero, en realidad, era la ITT la dueña de la nueva compañía. El estudio de las veintiséis bases del contrato revela que la Compañía nació y se desarrolló con una legislación mucho más favorable que la que habían tenido los antiguos concesionarios de redes telefónicas. Lo mismo sucedió con las contrapartidas económicas y los recursos puestos a su disposición. Si en las concesiones anteriores toda la instalación telefónica revertía al Estado una vez caducado el plazo, en el contrato con la CTNE no existía tal reversión. La base veintidós recogía la obligación del Estado de reparar los daños ocasionados en caso de guerra a las instalaciones telefónicas. La veintitrés regulaba que si una vez transcurridos veinte años el Estado se incautaba de la totalidad del servicio telefónico debería indemnizar a la CTNE en moneda de oro y conforme a las valoraciones que la propia Compañía hiciera de sus inversiones. La CTNE estaba, al igual que anteriormente los concesionarios, exenta de todo tipo de contribuciones o impuestos directos. Además, disfrutaba de un amplísimo derecho de expropiación de terrenos y propiedades basado en el principio de la utilidad pública, así como del derecho de todas las servidumbres necesarias, según la base sexta. De acuerdo con la base segunda el Estado se comprometía a entregar a la CTNE, cuando esta lo solicitara, las instalaciones y propiedades explotadas por el Estado. Las bases cuarta y quinta concedían a la Compañía amplísimos poderes para la adquisición o incautación de las instalaciones y propiedades de todos o de cualquiera de los concesionarios, así como la explotación de las redes de los particulares. La base séptima regulaba el canon que debía abonar la CTNE. El Estado participaba de los ingresos de la Compañía, a través del derecho a percibir anualmente un canon del 10 por ciento de los beneficios netos de la Compañía, definido en la base vigésimo cuarta. En ningún caso el canon sería menor del 4 por ciento de los ingresos brutos de la CTNE. Si se compara este canon con los aplicados a los antiguos concesionarios (entre un 33,75 por ciento y un 10 por ciento de los beneficios brutos) se comprende el trato de favor que recibió la CTNE, así como el descenso tan acusado que sufrieron los ingresos del Tesoro Público en concepto de servicio telefónico a partir de 1925 (Ver cuadros 68 y 69).
La base decimonovena obligaba a la CTNE a emplear en sus construcciones e instalaciones materiales de producción nacional, siempre que reunieran las necesarias condiciones técnicas. La instalación en España, en 1926, de la empresa Standard Electric, dedicada básicamente a la construcción de componentes telefónicos, ayudó a que se cumpliera la base citada, además de la beneficiosa homogeneización del material utilizado en el servicio telefónico.
El contrato del 25 de agosto de 1924 otorgaba a la CTNE una amplísima capacidad de actuación para hacerse con el control de la red telefónica nacional. En la base cuarta se estipulaba que "La Compañía queda autorizada para adquirir, por medio de negociaciones directas, las instalaciones y propiedades de todos o cualesquiera de los concesionarios telefónicos... Tales adquisiciones por parte de la Compañía tendrán el efecto de terminar las concesiones,... Además el Estado, cuando y a medida que lo solicite la Compañía, se incautará de todas o de cualesquiera de dichas instalaciones y propiedades... Todas las instalaciones y propiedades telefónicas que adquiera el Estado posteriormente a la entrada en vigor de este contrato, sea según los términos de las respectivas concesiones o por incautación, transacción o en cualquier otra forma, serán entregadas inmediatamente a la Compañía." La base quinta reafirmaba los poderes otorgados a la CTNE al poner en sus manos un derecho de incautación prácticamente ilimitado: "Para llevar a efecto las incautaciones cuando sean pedidas por la Compañía con arreglo a la base anterior, ésta podrá a su opción, en cualquier caso, convenir con el concesionario sobre la valoración... Las incautaciones pedidas por la Compañía podrán ser efectuadas sin el previo convenio con el concesionario. En tal caso, el Estado procederá a la valoración de la propiedad del concesionario." Entre septiembre y diciembre de 1924 la CTNE se hizo cargo, mediante el pago de las correspondientes indemnizaciones, de las concesiones de las redes de Zaragoza, Málaga, Almería, Córdoba, Santander y Granada. El proceso continuó en años posteriores de manera que en 1930 sólo quedaban seis concesiones arrendadas fuera del ámbito de la CTNE, correspondientes a los municipios de Berga, Castro-Urdiales, Guardiola, Jaén, Melilla y San Sebastián con un total de 6.376 abonados, de los que 4.764 pertenecían a la red municipal de San Sebastián, además de la red provincial de Guipúzcoa. El 19 de octubre de 1925 se inscribía en el Registro Mercantil de Madrid el acuerdo de fusión de la Compañía Peninsular de Teléfonos con la CTNE, por el que se incorporaban los activos de la primera, incluidos los de la Sociedad General de Teléfonos de Barcelona y de la Compañía Madrileña de Teléfonos, a la CTNE desde el 3 de enero de 1925. Acuerdo suscrito en nombre de la CTNE por Lewis J. Proctor y de la Compañía Peninsular por Javier Martí-Codolar y Pascual. Los activos de la CTNE se elevaban inmediatamente antes de la fusión por incorporación a un total de 116.007.272 pesetas (ver cuadro nº 78 en el apéndice al final del capítulo). A su vez los activos de la Compañía Peninsular alcanzaban los 43.123.836 pesetas, con un superávit de 14.347.250 pesetas (cuadro nº 79 ver al final del capítulo). Los activos de la Sociedad General de Teléfonos de Barcelona se situaban en 3.639.322 pesetas, presentando un déficit de 147.500 pesetas (cuadro nº 80 al final del capítulo). Finalmente, la Compañía Madrileña de Teléfonos tenía en 1925 unos activos valorados en 9.590.123 pesetas y un superávit de 7.633.000 pesetas (cuadro nº 81 al final del capítulo). La fusión por incorporación fue realizada mediante el canje de las acciones de las tres sociedades por acciones de la CTNE, mientras que las acciones preferentes de las tres sociedades que no fueron canjeadas quedaron extinguidas y amortizadas, obligándose la CTNE al reintegro de su valor. De la misma manera que la Compañía Peninsular no pudo oponerse a su absorción por la CTNE, la Compañía Española de Teléfonos Ericsson, constituida el 5 de diciembre de 1922, tuvo que ceder a la CTNE la concesión de la red telefónica de la ciudad de Valencia. El monopolio de la CTNE fue la base para la racionalización del servicio telefónico español, sentando las bases para su definitivo despegue. Los años siguientes a la implantación de la CTNE significaron un avance espectacular en el número de teléfonos instalados, en la incorporación de nuevas tecnologías (en 1930 el 64 por ciento de los teléfonos eran automáticos) y en la unificación de todas las redes telefónicas, excepto las de Guipúzcoa y San Sebastián (Ver cuadro 70). Con una tasa de crecimiento para el período 1925-1936 de un 233,28 por ciento, equivalente a una tasa anual media del 11,78 por ciento, se pasó de los 102.943 teléfonos de 1925 a los 343.092 de 1936. De 0,45 teléfonos por cada cien habitantes en 1925 se llegó a 1,40 teléfonos en 1935 (ver cuadro nº 71). El teléfono había dejado de ser un objeto de lujo, de uso más anecdótico que cotidiano, para convertirse en un medio de comunicación básico. La armonización de los sistemas telefónicos, la racionalización de la red y la conexión de las redes urbanas facilitaron su expansión y primera socialización. Los principales usuarios en esta época fueron además del Estado, las empresas y los medios de comunicación. Las clases pudientes introdujeron paulatinamente el teléfono en sus hogares. A la altura de 1935 este proceso había culminado, sobrepasándose el umbral de socialización. El número de teléfonos, centrales telefónicas, conferencias interurbanas e internacionales así lo ponen de manifiesto (ver cuadro nº 70).
El crecimiento sostenido del parque telefónico español a raíz de la constitución de la CTNE se sustanció en un incremento continuado de los ingresos de la Compañía (tal como refleja el cuadro nº 72), con una tasa de crecimiento entre 1926 y 1935 del orden del 152 por ciento y del 51,09 para el período comprendido entre 1930 y 1935. El crecimiento de la actividad de la CTNE encontró correlato en sucesivas ampliaciones de su capital social, pasando de los 115 millones de agosto de 1924 a los 600 millones de pesetas de septiembre de 1933. En el lapso de apenas nueve años la CTNE se había convertido en una de las principales empresas del país. Su continuada expansión fue posible por las favorables condiciones contenidas en el contrato firmado el 25 de agosto de 1924 entre la CTNE y el Estado, por el que la Compañía se hacía con el monopolio del servicio telefónico español.
El contrato de 25 de agosto de 1924 encontró la oposición de algunos sectores de la sociedad durante la Dictadura de Primo de Rivera, particularmente de algunos de los concesionarios que perdieron sus derechos en favor de la CTNE. Con la instauración de la II República las críticas arreciaron, desembocando en la Exposición previa al Proyecto de Ley que declaraba ilegal la adjudicación de "la reorganización, reforma y ampliación del servicio telefónico nacional de 25 de agosto de 1924", presentado en las Cortes el 10 de diciembre de 1931, momento en el que la política unificadora en materia de comunicaciones había culminado en la constitución del Ministerio de Comunicaciones, con dos Direcciones Generales diferentes: la de Correos y la de Telégrafos y Teléfonos. El proyecto de ley declaraba nulo el contrato de 1924 y definía la red telefónica de utilidad nacional, a la par que la expropiaba en favor del Estado, dando un plazo de seis meses para la redacción y presentación en Cortes de una ley de bases. El proyecto de ley provocó un gran debate en la sociedad española, dentro y fuera de las Cortes, así como en la prensa nacional e internacional. Por fin, el seis de diciembre de 1932 las Cortes zanjaron el asunto con el mantenimiento del contrato de la CTNE. El desarrollo del servicio telefónico español estaba tan íntimamente asociado a la CTNE y, a través de ella, a la ITT que la nacionalización resultaba inviable dada la dependencia de la industria telefónica española al capital extranjero. Sin embargo, como consecuencia de haber finalizado el plazo de 10 años reflejado en la base duodécima del contrato del 25 de agosto de 1924, se publicó un decreto que ponía fin al servicio de telefonemas a cuenta de la CTNE. Con ello se pretendía al menos eliminar alguna de las excepcionales condiciones de las que gozaba la CTNE, haciendo retornar al control del Estado el servicio de telefonemas en concordancia con el carácter estatal del servicio telegráfico. Los ingresos que por ese concepto dejo de percibir la Compañía fueron considerables tal como se puede apreciar en el cuadro número 73.
A la altura de 1936 la red telefónica española había creado su estructura fundamental. El teléfono se extendía a lo largo y ancho del país. El impulso dado por la CTNE fue esencial, sin embargo la columna vertebral de la red telefónica había sido construida, a pesar de las dificultades legislativas y de financiación, en la etapa inmediatamente anterior a 1924, esfuerzo simbolizado en la Compañía Peninsular. Podemos establecer tres fases claramente diferenciadas. La primera se prolongó desde 1882 a 1909. En ella, los vaivenes legislativos, la competencia del telégrafo, la escasa capitalización de los concesionarios y la debilidad de la demanda influyeron decisivamente en el ralentizado transcurrir del teléfono. La segunda etapa, desde 1909 a 1924, contempló un desarrollo más sostenido de la red telefónica. Aunque persistían los problemas anteriores, la consolidación de la Compañía Peninsular impuso un mayor nivel de racionalización al mercado telefónico, con una política de captación de concesiones, de absorción de empresas de limitado futuro y, sobre todo, con la construcción y explotación de la red interurbana, capaz de articular todo el conjunto. La tercera fase corresponde al monopolio de la CTNE y su vinculación a la ITT. Independientemente del juicio político que merezca el contrato de 1924, la creación de la nueva sociedad aseguró la superación de futuros estrangulamientos tecnológicos de un servicio que empezaba a traspasar los umbrales de la socialización, mediante el incremento sostenido de una demanda circunscrita a las instituciones políticas, al mundo empresarial y periodístico, además de las clases acomodadas. Puede calcularse que aproximadamente el ocho por ciento de las familias españolas, principalmente ubicadas en los núcleos urbanos, poseían teléfono en la antesala de la guerra civil.
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