| Materialismo
Histórico y Teoría Crítica
TÍTULO PROPIO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE - MADRID |
0. La problemática de la subsunción remite a cuestiones que resultan de gran importancia para desarrollar una determinada comprensión acerca de la estructuración y regulación social del trabajo por parte del capital social global, así como, con las elaboraciones intermedias pertinentes, sobre lo que de ello se deriva para el conjunto de las relaciones sociales constitutivas de las sociedades capitalistas (2)
1. La noción de subsunción
(3) tiene larga data en el mundo
de la filosofía de donde Marx la recoge para reformularla profundamente.
De hecho, con él se da un cambio radical en el escenario de
aplicación, y consecuente modificación, de
los contenidos del término en cuestión: pasamos de los problemas
del conocimiento, donde Kant (cf. 1978) y Hegel (cf. 1969) lo ubicaron
y trataron prioritariamente (4), a los problemas vinculados
con los fenómenos constitutivos y constituyentes de la realidad
social resultante de las dinámicas y complejas relaciones sociales
capitalistas.
Para dar cuenta de este cambio
conviene hacer un breve apunte sobre el proceso seguido por el propio Marx
a lo largo de sus obras más significativas. De esta manera se podrán
entender las dimensiones que contiene el uso que Marx hace de la subsunción
y por qué se considera que estamos ante un eje articulador que
tiene centralidad estratégica en la teoricidad marxiana y en la
que pretenda derivarse de ella. En tal sentido, hay que distinguir tres
períodos, diferente cada uno en cuanto a su amplitud y significación.
El primero data de 1843 con
la Crítica a la filosofía del Estado de Hegel.
Aquí, la subsunción aparece como una operación lógica
con la que Hegel encubre una operación política. Esta recurre
al despliegue de dispositivos que conllevan la escisión, la abstracción,
la inversión y la mediación de las relaciones, amén
de la producción de una específica subjetividad, para poder
operar la constitución de la organicidad del Estado.
El segundo corresponde a La ideología alemana, obra escrita conjuntamente con
Engels (5) en 1845/46. En este escrito la subsunción
es operada por la división del trabajo, reforzada por la subsunción
en la clases y en las ideas dominantes, en orden a potenciar la constitución
de una determinada organización social articulada en torno a la
potencia estructurante del dinero.
A partir
de 1857 se inicia el desarrollo del último período, amén
del más amplio y significativo, que abarca desde los Grundrisse
hasta El capital: a lo largo del mismo, veremos desplegarse
la concepción específicamente económico-política
de la subsunción. con la que Marx busca dar cuenta de cómo
se va configurando el capital como la relación constitutiva
y hegemónica de las sociedades en las que predomina el
modo de producción capitalista. En esta etapa, especialmente
a partir de 1861-63, la clave del uso de la subsunción estará
en la distinción entre subsunción formal y subsunción
real y en la constatación de que la subsunción del trabajo
no se da exclusivamente en la producción sino más bien, y
de manera estratégica, en la articulación producción/reproducción.
2.1 El capital, para poder operar
como relación constituyente/constitutiva de lo social, requiere
"capitalizar" múltiples y complejas determinaciones
(entre las que va a destacar el trabajo), asumirlas en su propia
constitución para auto-determinarse y hegemonizar la configuración
de la nueva sociedad, y de sus componentes. Para tales efectos, el
capital "revoluciona cabal y radicalmente los procesos
técnicos del trabajo y los agrupamientos sociales"
(Marx, 1975: 618). Sobre esta base, bajo el capital se irán
incorporando de un modo violento, progresivo y creciente
"muchos elementos que, de acuerdo con su concepto, no parecen
estar dentro de él" (Marx, 1971: 476-477), pero que sólo por
esa vía podrán adquirir significación “social”.
Esto supone que la subsunción aparece como expresión de un
proceso global que no se reduce a incorporar trabajo, ciencia,
tecnología, etc., sino que muchas otras dimensiones culturales,
políticas, etc., van siendo establecidas como condiciones
para la reproducción de la sociedad capitalista
o pasan a formar parte activa de la composición misma del capital
en orden a favorecer su movimiento en la acrecentadora articulación
“producción/reproducción” del plusvalor.
Todo esto conlleva tanto la
compleja subsunción de los individuos en la división social
de trabajo, con su profundización como subsunción en la estructura
clasista (10) y en las ideas dominantes, como su necesaria
y estratégica articulación con el sistema de la propiedad
privada, la estructuración del Estado, el desarrollo de las fuerzas
productivas, la generalización del intercambio y la consolidación
de la gran industria (cf. Marx/Engels, 1972). Por lo demás, esta
trama de articulaciones sirve, no sólo para potenciar cada uno de
los dispositivos aludidos en su especificidad, sino, sobre todo, para reforzar
las implicaciones socio-estructurantes de la subsunción de los individuos
(11) en la lógica de una organización social
regulada por la imprescindible y permanente valorización del capital.
2.2 El fin
“inmediato” de la subsunción (en la producción) es el de
coadyuvar a incorporar y fijar a los trabajadores en la dimensión
“técnica” de la “relación salarial” (cf. Castillo Mendoza
/ García López, 20001) en la cual, y sobre la condición
necesaria del control, las condiciones objetivas
ejercen su dominio sobre los poseedores de fuerza de
trabajo en orden a extraer el máximo posible de plustrabajo
de su capacidad laboral. Se trata de lograr que la fuerza
de trabajo sea una parte constitutiva de la composición orgánica
del capital. Para ello, resulta imprescindible, en primer lugar, que
el trabajo sea abstracto, es decir, que sea un trabajo general,
móvil, indiferenciado y simple; características, todas estas,
que suponen una profunda violencia social, sistemática y cotidianamente
ejercida, sobre la fuerza de trabajo (cf. Marx, 1974, 1975, 1971).
A los efectos del objetivo señalado, el salario se presenta como
uno de los dispositivos centrales de producción y gestión
de la permanente reconstrucción forzosa de la unidad del trabajo en
el capital. En este sentido, y de manera específica, el salario opera
como “solución técnica” que media la contradicción existente
entre valor y valor de uso de la fuerza de trabajo, articulando operativamente
la diferencia clave entre fuerza de trabajo y trabajo. Al respecto, la expresión
del valor de la fuerza de trabajo en su forma transmutada como salario,
resulta necesaria como mecanismo de ocultamiento de tal diferencia y de
la relación desigual entre capital y trabajo (cf. Marx, 1975).
Este
ocultamiento es una de las expresiones de la operatividad del fetichismo
que implica un fenómeno generalizado de inversión por el
cual: el carácter social del trabajo aparece como propiedad
social natural de los productos; las relaciones sociales entre
los hombres adopta la forma de una relación entre cosas; las formas
de pensar la realidad (incluyendo las categorías con las que las ciencias
sociales pretenden dar cuenta de ella) reproducen y difuminan esta estructura
consolidando su violencia; y, por último, todas estas inversiones
tienen un efecto de realidad y de sentido que incide en las prácticas
sociales que, en su despliegue, las consolidan y reproducen de modo ampliado
(cf. id.).
3. Marx distingue dos grandes
categorías que dan cuenta de la historicidad de la subsunción
en las sociedades donde predomina el modo de producción capitalista.
Sin embargo, antecede una consideración que se aplica a una y otra
forma histórica.
3.1
En
sentido general, y en referencia específica al ámbito
productivo, la subsunción significa que todo
proceso de trabajo es necesariamente un proceso
de valorización dirigido por el capitalista;
es decir, que el trabajo está incluido en un proceso cuyo sentido
está exclusivamente en el aumento del valor del capital inicial,
en la producción de plusvalor. En esta medida resulta que, bajo la
supervisión del capitalista, son los medios de producción
los que utilizan al trabajo, y no viceversa. El proceso de trabajo, ha sido
subsumido por el capital como su momento propio, como proceso de
producción del mismo capital, "o sea que éste se presenta
ahora como el contenido en automovimiento del capital" (Marx,
1971: 251), es mas, con "la incorporación del trabajo en el capital,
este entra en fermentación y se transforma (...) en proceso de producción" (id.: 241) de un valor
que se autovaloriza.
3.2 La
subsunción formal (12)
del trabajo en el capital implica que el vínculo relacional de supra
y subordinación entre capital y trabajo se dirige fundamentalmente
a la consolidación de la fuerza de trabajo como mercancía
y se desarrolla sobre la base de las mismas condiciones
técnicas de producción en las que se había realizado
hasta el período artesanal, lo cual no excluye variaciones, concretamente,
en el modo de organizar el ejercicio de este trabajo. Así, el proceso
de trabajo, permaneciendo cualitativamente idéntico,
está más fraccionado y se hace más largo, y por lo
tanto genera un trabajo excedente mayor que en otras circunstancias;
el productor directo es paulatinamente separado
de sus medios de producción enajenándosele el producto
que ha producido; el fundamento de la subordinación
deriva del control exclusivo de las condiciones de trabajo
por parte del capitalista; las determinaciones de la supraordinación
(VER apartado 5) aún son débiles en la medida en que sólo
pueden ser exteriores (cf. Marx: 1974, 1975).
Esta exterioridad relacional
entre capital y trabajo no sólo se da porque la identidad originaria
de sus componentes se haya constituido enteramente fuera de la relación,
sino porque cada vez que se pretende afirmar y dar continuidad a la misma
se evidencia la imposibilidad de atribuirle especificidad y autonomía.
En este sentido, la relación de exterioridad resulta ser una pura
contingencia que requiere del recurso a factores “ajenos” (como
el Estado) para poder sostener la constitución del vínculo
esencial que depende, como una necesidad externa, de la especificidad
de dichos factores a los que, por tanto, están subordinados (cf. Marx: 1971, 1974, 1978; Laclau y Mouffe, 1987).
Ahora
bien, a pesar del proceso expropiador, el trabajador aún conserva
un cierto control técnico sobre el proceso ‑conocimientos y
habilidades‑ que supone un importante obstáculo para el desarrollo
capitalista en la medida en que le permite limitar la producción de
plusvalor. Superar estos límites implicará reducir las capacidades
de control que el trabajador ejerce sobre el proceso productivo,
anular “definitivamente" los restos de su antigua
autonomía y neutralizar las dificultades que imponen
los procesos regulativos de la jornada de trabajo. Esto exige el despliegue
de condiciones político-económicas (VER nota 22) radicalmente
diferentes, aquellas que sostienen la historicidad de un modo de producción
capitalista plenamente determinado sobre el supuesto de una nueva modalidad
de subsunción del trabajo en el capital que se sostenga sobre un principio
regulador de orden “objetivo” que resignifique y supere el viejo principio
“subjetivo” (cf. Marx, 1975).
3.3 La subsunción
real (13) resulta imprescindible
para favorecer el desarrollo y control de nuevos modos de producir
plusvalor revolucionando las condiciones técnicas
y sociales del proceso de trabajo, y por tanto el modo de producción
mismo, la productividad del trabajo y la relación entre
el capitalista y el obrero (cf. Marx, 1974).
La
clave de todo ello está en el desarrollo complementario tanto de
la máquina como de la fábrica que van a conferir
al capital una capacidad cada vez mayor de control sobre cada
momento del proceso y sobre quienes lo ejecutan. Cuando
la máquina toma el lugar del instrumento se produce una transformación
esencial en el modo de producción al subsumirse materialmente
el proceso de trabajo en el proceso de valorización. En este
momento, la máquina aparece como herramienta clave en relación
con la activación productiva de los trabajadores. Esto
evidencia una cuestión fundamental: la técnica opera como
artefacto de poder subsumido como mediación de lo político
en la fábrica, constituida en la estructura más
idónea para imponer la vigilancia y la disciplina,
y neutralizar el control de los trabajadores sobre el trabajo.
En ella, los trabajadores tienen ahora una "relación social de
producción" entre ellos y con el capitalista, en el interior
orgánico del capital. Así pues, la revolución
tecnológica de la máquina en la fábrica permite
un cambio de relación social entre capital y trabajo que supone la
pérdida de la "autonomía" del sujeto productor al ser constituido
como accesorio de la máquina. Mediante esta revolución
el modo de producción, material (máquina y fábrica)
y formalmente (trabajo asalariado y propiedad privada), es
capitalista por primera vez y subsume ahora realmente el trabajo vivo en
la composición orgánica del capital (cf. Marx, 1974; Dussel,
1988; Gaudemar, 1991).
Ahora
bien, aunque la subsunción real se inicia y se desarrolla
teniendo un fundamento técnico-organizativo,
en su progresivo y conflictivo desarrollo y asentamiento,
y debido a sus propios límites, terminará incorporando
otros fundamentos "materiales" de gran importancia y complejidad.
Así, con la norma de consumo obrero, a través de la regulación
de las condiciones de reproducción de la fuerza de trabajo,
se inicia un proceso, no sólo de profundización, sino
de ampliación de la subsunción real (14).
Por otro lado, en la propia estructura fabril también se busca interiorizar
las condiciones sociales, políticas y psicológicas de la
transformación de la fuerza de trabajo por medio de dispositivos
disciplinarios de coacción e implicación de los trabajadores,
y en su beneficio jugará un papel fundamental la capacidad de gestionar
vínculos, emociones y representaciones simbólicas operantes
en el orden productivo, lo que añade un nuevo y poderoso fundamento
“material” a la subsunción real. Esto se ve reforzado por el hecho
de que instituciones surgidas en defensa de los trabajadores, terminan operando
como mediadores que coadyuvan al despliegue, legitimado y mistificado, de
la subsunción: los sindicatos y el contrato colectivo actúan
como reguladores de la movilidad y el disciplinamiento de la fuerza
de trabajo; las fórmulas participativas inducen a los trabajadores
a la autorregulación y al autodisciplinamiento de sus actividades
productivas; y qué decir sobre los efectos de las regulaciones reductivas
de la jornada de trabajo sino que terminan reforzando la productividad e
intensidad del trabajo.
A
diferencia de la subsunción formal, en la subsunción real
(15), aunque el sujeto hegemónico que articula
la relación es parcialmente exterior a la misma,
tal exterioridad no es como la existente entre dos niveles
ontológicos diversos; se trata de la que existe entre posiciones
de sujetos situados en el interior de una relación determinada por
un orden ya constituido (cf. Laclau y Mouffe, 1987). La subsunción
real implica una relación interiorizada porque la articulación
de cuantos elementos convergen en la constitución del vínculo
esencial, así como la propia identidad de los actores que
intervienen, se configura sobre fundamentos materiales que se constituyen
en el interior mismo de la relación, además de reformular
la significación y operatividad de los factores externos a los que
no se deja de recurrir para dar forma a un específico orden
de dominio. En definitiva, el que la subsunción real se configure
como una combinatoria compleja de lo material y lo formal (16), significa que la exterioridad está incluida
por la capacidad interiorizadora de una materialidad
determinada.
3.4
Es aquí necesario hacer dos precisiones que muchas veces por obvias,
aparentemente al menos, suelen olvidarse de los análisis de las
formas de la subsunción.
En primer
lugar, y como ya se apuntó, la subsunción es presupuesto
necesario de la producción de plusvalor (17).
Esto implica que los dispositivos que se despliegan como operadores de
la subsunción, tanto formal como real, están al servicio
de potenciar dicha producción, en sus modalidades absoluta y relativa,
articulando la reducción del trabajo necesario y la ampliación
del trabajo excedente, así como forzando la reducción de
la masa de fuerza de trabajo y el incremento de la masa de trabajo a través
de recurso al incremento constante y problemático de la productividad
y la intensidad del trabajo.
La
otra cuestión que conviene resaltar, dado que resulta fundamental
por sus implicaciones de toda índole, remite a la existencia de una
organicidad del capital que desborda el restringido espacio productivo,
y lo hace en la globalidad de su complejo ciclo reproductivo <D - M -
(P) - M’ - D’>. Pues bien, la subsunción del trabajo en el capital,
en sus modalidades tanto formal como real, no se da única y exclusivamente
en la producción, sino en la reproducción constante de la
articulación producción/circulación (la totalización
de producción, intercambio, distribución y consumo) determinada
por los ciclos del capital, con los entrecruzamientos de diversas temporalidades
y juegos de poder que ello implica.
4. La distinción entre
subsunción formal y subsunción real tiene muchas aristas
problemáticas y aperturas potenciales a las que sería preciso
hacer referencia con detalle. Aquí sólo voy a referir unas
pocas agrupadas en dos bloques.
4.1 En el marxismo, la distinción
aludida, suele servir normalmente para establecer una división en
dos grandes períodos del desarrollo capitalista en el que el declive
de uno da paso al otro sin que se tenga muy claro ni la manera como se
opera dicho tránsito, ni el concreto espacio/tiempo que cada uno
abarca (cf. Gaudemar, 1991; Recio, 1988).
Este abordaje es, precisamente,
el que subyace a determinados intentos de delimitar los tiempos históricos
correspondientes a la subsunción formal y a la subsunción
real (18) del trabajo en el capital (cf. Albiac, 1992;
Prieto del Campo, 1994). Resulta evidente que esta distinción
permite clarificar puntos de ruptura (19) en el desarrollo
del capitalismo, permite dar cuenta de una mutación importante
en la forma de la relación social capitalista en un momento determinado
de su desarrollo (cf. Gaudemar, 1991). De hecho, el paso de la subsunción
formal a la subsunción real, que se produciría, en principio
y por poner un indicador posible, con la aparición de la industria
moderna, implicaría un verdadero “salto” en la historia del capital
y significaría su asentamiento definitivo (cf. Marx, 1971).
Ahora bien, dado que el desarrollo
del capitalismo no se produjo de una vez por todas, hay que tomar en consideración
la “industrialización” desigual y paulatina de distintas ramas de
la economía (y de los distintos países que forman o van formando
parte del sistema), y hablar de pasos, múltiples y diferenciados,
de la subsunción formal a la subsunción real en cada uno de
ellos (cf. Recio, 1988). Ambos períodos, por lo demás, están
formados por ciclos muy diversos en cuanto a su extensión, significación
y entrecruzamientos, que habrá que matizar y precisar poniéndolos
en relación, entre otros, con los ciclos sistémicos de acumulación,
los ciclos tecnológicos, los ciclos disciplinarios (20) (sociales y “fabriles”), los ciclos políticos,
etc. Esto introduce una visión que intenta resolver los problemas
subyacentes a propuestas “historicistas” dando cuenta de la gran complejidad
y heterogeneidad que se juega en lo tratado (21).
4.2 Otra
cuestión sobre la que quisiera apuntar tiene que ver con el ámbito
de aplicación de una y otra forma de subsunción. En concreto,
entiendo que resulta problemático señalar que el terreno
de la subsunción formal es la fábrica y el de la subsunción
real está más allá de ésta (cf. Bilbao, 1999).
Considero que esto no se puede afirmar pues ambos tipos de subsunción
funcionan tanto dentro como fuera de la fábrica.
La subsunción formal
en su materialización histórica no sólo juega con
dispositivos que operan exclusivamente al interior del espacio/tiempo de
la fábrica, aunque predominantemente se construye allí, porque
sin duda es cierto que la fábrica aparece como un medio idóneo
para producir sujetos y subjetividades adecuados a los designios del capital.
Sin embargo, para que la subsunción formal se pueda procesar en plenitud
ha de operar con dispositivos que sean eficaces más allá de
la fábrica; no olvidemos que supone incorporar dentro del capital
a sujetos que no han sido creados para ser parte del capital. Pero llega
un momento en que el despliegue histórico va produciendo la constelación
que va a forzar esa incorporación. ¿Y cómo puede ser
que eso se pueda circunscribir exclusivamente al espacio fabril? Imposible.
En primer lugar, porque en ese período el capital va a recurrir de
modo estratégico al Estado, no solamente para que le facilite su desarrollo
a través de políticas defensivas (arancelarias, fiscales,
presupuestarias, etc.) sino también, y de manera especial, para que
controle y someta a los trabajadores desarrollando formas de disciplinamiento
a través de la violencia directa, lo cual va a incidir también
sobre la forma de vida. A esto hay que añadir, en segundo lugar, el
papel de las distintas iglesias y movimientos filantrópicos como aparatos
desiguales de producción de subjetividades, a falta todavía
de la posterior generalización de la escuela y de la reestructuración
de la familia como núcleos centrales de la futura socialización
capitalista.
En
cuanto a la subsunción real del trabajo en el capital no podemos
decir que sea exterior. Si algo supone en lo que a su primera estructuración
se refiere es que nos permite evidenciar la innovación técnico-organizativa
que implica y que le permite no sólo interiorizar sus dispositivos
en la estructura para hacerlos “invisibles”, sino hacer lo propio con los
trabajadores “dentro” de la fábrica potenciando aquello que permita
lograr su fluida “inclinación al trabajo” (Weber, 1974: 120-121)
y una razonable “normalidad” en su funcionamiento vital/productivo. Ahora
bien, en el período de la subsunción real, en virtud de la
mayor contundencia y potencialidad de la reproducción global del
capital, se dominan los espacios/tiempos de vida de una manera menos limitada
que con la subsunción formal dado el recurso a dispositivos más
idóneos para la constitución de subjetividades. Esto implica
que la cuestión habría que formularla más bien en términos
de articulación producción/reproducción, más
que en términos de interior/exterior respecto de un ámbito tan
problematizado hoy como la “fábrica”.
5. Antes
de concluir quisiera plantear unos apuntes de apertura que me son suscitados
por las determinaciones de “supra y subordinación” (22) con las que Marx (cf. 1974) delimita lo que es la subsunción
(23): los polos estructurantes de esta relación.
5.1 Entiendo que subordinación
remite a la idea de coerción, mientras que supraordenación
implica consentimiento y legitimación.
Pues bien, la articulación de coerción y legitimación/consentimiento
resulta crucial en una trama relacional disimétrica en la que
el predominio de una parte es siempre relativo, dado que se construye
en necesaria interacción con otra que no es precisamente inerte
respecto a determinadas formas de canalización de sus virtualidades
sociales. Por otro lado, el juego relacional de supra y subordinación
puede tener tanto un sentido positivo como negativo. Lo
positivo remite a las contribuciones favorables provenientes
de lógicas extrañas a la valorización y que
encuentran en ella su sentido. Lo negativo, en cambio, remite
a lo que impide que la “autonomía relativa” de tales lógicas
(24) interfiera en la valorización.
5.2 La
tensión entre positividad y negatividad, que atraviesa la trama
de supra y subordinación, nos pone ante la cuestión del orden, es decir, ante la articulación de los elementos
que componen lo social según los rasgos de serialidad, gradualidad
y finalidad. Estos rasgos permitirán adquirir a tales elementos
el sentido de un sistema que responde a la "naturaleza de las cosas",
cuando en realidad resulta de la acción, estructuralmente sobredeterminada,
de agentes que, por el control de los fundamentos de su predominio,
despliegan una cierta capacidad de "ordenar" la realidad. Ahora
bien, el orden presupone un poder legitimado, un poder
limitado por normas, justificativas y restrictivas,
que han de favorecer la calculabilidad y la homogeneidad. Este poder
autolegitimado nos pone ante la cuestión de la hegemonía,
ante la capacidad de articular dominación y dirección
para producir consenso sobre la supremacía de un individuo
o grupo y del mantenimiento del orden. Por último, la hegemonía
no se produce sin el desarrollo de estrategias que
den cuenta de los distintos juegos interactivos por los que los diferentes
sujetos/actores pugnan por orientar los equilibrios inestables
del orden rearticulando sus distintos elementos y momentos en un sentido
que sea favorable a sus intereses (cf. Abbagnano, 1974; Lechner,
1986; Laclau/Mouffe, 1987).
5.3 El despliegue de las implicaciones
de la trama relacional de supra y subordinación implica, además,
el recurso a dispositivos que sostengan la articulación
continuada de los componentes del orden social. Entre esos dispositivos
resultan especialmente significativos, por un lado, aquellos que propician
la coordinación (organización)
entre dichos componentes: simultáneamente deben lograr la máxima
cooperación y el máximo control
para encauzar adecuadamente la consecución de las objetivos
establecidos (cf. Ibarra, 1999); por otro, aquellos que permiten consolidar
y reproducir las estructuras de sentido y representación (imaginario social) que sustentan la institución
de normas, valores y lenguaje, por cuyo medio una sociedad puede ser visualizada
y funcionar como totalidad (cf. Fernández, 1992). Estos, y otros,
dispositivos coadyuvan a la producción y mantenimiento de la “síntesis
social” (Sohn-Rethel, 1980) que da coherencia a una sociedad determinada
y que es condición de su continuidad y subsistencia.
5.4 Por
último, señalar que hoy en día no es solamente en tanto
que vendedor de su fuerza de trabajo que el individuo está subsumido
en el capital, sino también en cuanto está inscrito en otras
múltiples relaciones sociales, todas ellas sin duda resignificadas
y rearticuladas en y por la lógica social reproductiva de la valorización/realización
del capital; en realidad no hay prácticamente ningún dominio
de la vida individual y colectiva que pueda escapar a su forzada e imprescindible
inserción y estructuración en y por las relaciones capitalistas
(cf. Laclau).
Todo
esto nos plantea la urgencia de prestar profunda atención, por ejemplo,
y entre otras muchas, a cuestiones como: la manera como se producen histórica
y estructuralmente las ampliaciones de la subsunción al mundo de
la vida; al modo como los procesos de urbanización y los diseños
arquitectónicos funcionan como dispositivos de subsunción;
a las formas de producirse y desarrollarse las prácticas sociales
(de resistencia, de consentimiento y/o de autovalorización) que se
despliegan en relación con la subsunción; a los procesos de
constitución de sujetos y subjetividades limitados o imposibles
en tanto lugares de implantación de la dominación exterior;
a los procesos y mecanismos de producción, socialización y
encubrimiento de los imaginarios sociales, así como al papel de los
medios ideológicos que la industria cultural pone en juego; al conjunto
de instituciones que coadyuvan, directa y/o indirectamente, y por el hecho
de ser tales, al reforzamiento de la subsunción; así como a
los vínculos intersubjetivos, a las representaciones simbólicas,
al uso de nuestro aparato semiótico/comunicacional y al modo como este
nos usa, a las emociones y mociones pulsionales de vida y de muerte, y, en
definitiva, a las cuestiones de estructuración y funcionamiento del
psiquismo implicado en todo ello (25).
6. Hasta aquí las cuestiones
que quería plantear suscitadas por la temática marxiana
abordada. Estas notas creo que dan suficiente cuenta de que la problemática
de la subsunción es compleja pero, a la par, conlleva una riqueza,
tanto analítica como interpretativa, para abordar cuestiones que
afectan a la adecuada comprensión/explicación de los fenómenos
sociales en su dinámica relacional, así como al afinamiento
necesario para distintos niveles de intervención. Obviamente se
trata de una temática abierta a la reflexión y a la crítica.
Quedan, sin duda, afinamientos pendientes, problemas por plantear e interrogantes
por formular. Con lo que aquí se ha presentado tan sólo se
busca abrir una vía de debate a propósito de sus potenciales
virtualidades y de sus eventuales límites.
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MARX, K. y ENGELS, F. (1972): La Ideología Alemana;
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POSTONE, M. (1993): Time, labor and social domination. A
reinterpretation of Marx’s critical theory; Cambridge University Press
PRIETO DEL CAMPO, C. (1994): Teoría marxista de la
lucha de clases en la subsunción real (...); Tesis Doctoral,
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RECIO, A. (1988): Capitalismo y Formas de Contratación
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RIPALDA, J.M. (1978): "Los límites de la dialéctica";
en Materiales, Nº 11
RUBIN, I. (1974): Ensayos sobre la teoría marxista
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RUNES, D. (1969): Diccionario de filosofía; Grijalbo,
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(1) Prof. de Sociología Industrial. Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales. Universidad Complutense. Campus de Somosaguas. 28223 Madrid. Correo Electrónico: carlosamauta@hotmail.com.
(2) Lo que esta noción implica permite igualmente dar cuenta de un cierto abordaje de la obra marxiana, aquel que en contraposición al hegemónico “modelo producción” reivindica la virtualidad del “modelo subsunción” (cf. Brandt, 1990; Castillo Mendoza, 1991; Castillo Mendoza / García López, 2001).
(3) Por subsunción suele
entenderse: incluir algo como componente en una síntesis o clasificación
más abarcadora o como caso particular sometido a un principio o
norma general; relacionar un individuo con una especie o una especie
con un género elevando así lo individual a
universal. En lógica formal significa una relación
de supra y subordinación que podría llegar a ser,
como posibilidad límite, una relación de igualdad
(cf. Abbagnano, 1974; Runes, 1969; VV. AA., 1927).
(4) Hay que señalar que ni
Kant (cf. 1975) ni Hegel (cf. 1975, 1982) clausuran la cuestión de
la subsunción en el ámbito estrictamente epistemológico;
en ambos hay un despliegue hacia cuestiones políticas, hacia la problemática
configuración de los sujetos en y por determinadas estructuras
de poder.
(5) Como en varias cuestiones
importantes Engels fue el primero en apuntar la problemática de
la subsunción en relación con determinados aspectos de la
dinámica del desarrollo del capitalismo. Así, en un artículo
de 1844 titulado “La situación en Inglaterra en el siglo XVIII” (cf.
Engels, 1981), apunta la articulación entre relaciones de producción
y fuerzas productivas, introduce el eje interés/propiedad/poder
en el desarrollo de la industria, articula industria y comercio desde el
predominio de este y, por último, esboza dentro de estos argumentos
la cuestión de la subsunción y del fetichismo.
(6) Para Marx lo relacional
es siempre intrínseco a las unidades sociales de las que se ocupa
(objetos, fenómenos, categorías, etc.), constituye parte
integral de su naturaleza, son y/o expresan “relaciones sociales” (cf. Marx,
1972a: 237; 1972b: 667; 1975: 19, 89, 99, 957; 1977: 499-509; 1981: 1037-1057).
(7) Las expresiones alemanas correspondientes,
utilizadas en el VI Inédito por Marx (1974), son
Ueber- und Unterordnung. En la edición a cargo de Scarón
(Siglo XXI) excepto en la p. 62, donde Ueberordnung se traduce
por “supremacía", en todos los demás lugares donde aparece
(cf. pp. 61, 62, 64, 65, 67-68) esta expresión
es vertida al castellano como "hegemonía" sin que en el texto
Marx utilice ni Hegemonie ni Vorherrschaft, que podrían
permitir dicha traducción; en cuanto a la única vez en la que
Marx utiliza el término herrschaft -dominación- (cf.
p. 106) también es traducido como "hegemonía".
(8) “La subsunción no es un atributo ni
de las acciones, ni de los sujetos. La subsunción refiere
a las características contemporáneas que adopta el proceso
de escisión y recomposición permanente de las relaciones entre
dos circuitos y dos temporalidades sociales: el/la del capital, el/la
del trabajo. No hay ni posición social, ni acción social
que podamos colocar ni completa ni relativamente ‘fuera’ o ‘ajena’ a dicho
proceso” (Jorge García López: comunicación personal).
(9) La “forma valor” articula los nudos dialécticos estratégicos, constituyentes y constitutivos, del capitalismo: las dualidades de la mercancía (valor de uso – valor), del trabajo (concreto – abstracto) y de la producción (procesos de trabajo y de valorización) sostenidas sobre la diferencia entre fuerza de trabajo y trabajo. Estos nudos, se despliegan en el problemático desarrollo constante del valor autovalorizado como plusvalor y en su imprescindible y continuada transformación (realización y reproducción) en, y como, capital, amén de en las implicaciones de la derivada, aunque no menos significativa, diferencia entre plusvalor y ganancia (cf. Marx: 1975, 1976a y 1981; Rubin, 1974; Postone, 1993; Castillo Mendoza / García López, 2001).
(10) Si la clase es un dispositivo
de subsunción (cf. Marx/Engels, 1972), es posible que reivindicar
lógicas clasistas suponga reforzar dispositivos de subsunción
so pretexto de radicalidad revolucionaria. Marx plantea (especialmente en
La guerra civil en Francia, pero también hacia el
final de El Capital) la disolución de las clases como
objetivo porque tiene claro lo que implica la clase en tal sentido. Si esto
es así, reivindicar una estructuración social clasista resulta,
cuando menos, problemático y, por ello, a revisar profundamente.
(11) Con la generalización de la “forma
valor” al conjunto de las relaciones sociales, la “subsunción” resulta
una categoría que da cuenta de una trama relacional objetiva (Verhältnis),
que implica también aspectos relacionales de orden subjetivo (Beziehung),
fundamentales para el despliegue de las implicaciones de la subsunción
en orden al reforzamiento de la lógica valorizadora y reproductiva
de las sociedades capitalistas.
(12) Todos los sentidos que
Abbagnano (1974) considera para la expresión “formal”, remiten a
distintos significados del concepto “forma”: modo de manifestación
de la esencia (Aristóteles, Hegel); relación o conjunto de
relaciones que establecen un orden determinado (Kant); primacía de
las reglas de procedimiento por encima del problema o contenido de que se
trate (derecho, urbanidad, etc.). Marx utiliza aquí una construcción
que vincula los dos últimos sentidos, si bien pivotando sobre la
concepción kantiana.
(13) En cuanto a la expresión
“real”, el uso de Marx, más que de Kant o de Hegel, es tributario de Aristóteles para quien la
unidad de materia y forma es lo que constituye lo real (cf. Abbagnano,
1974; Runes, 1969).
(14) Al respecto resulta muy sugerente, a la par que problemática, la propuesta analítica que hace Veraza (cf. 1992, 1993) en relación con la cuestión del consumo.
(15) Entiendo que con la distinción entre subsunción formal y subsunción real, pero especialmente con la elaboración de ésta última, Marx no sólo quiebra la exterioridad de la construcción kantiana sino que presenta la subsunción como una operación dialéctica. Esta última, sin embargo, no discurre al modo hegeliano pues la determinación negativa de sus propios “límites” (Marx, 1976b: 216; cf. Ripalda, 1978) socio-históricos la aboca a un movimiento crítico-revolucionario que agudiza la negatividad del “movimiento contradictorio” (Marx, 1975: 20, 127) de las diairésis (cf. Martín Santos, 1976) de la “forma valor” (VER nota 9) y anula cualquier posibilidad de “solución” sistémica.
(16) La subsunción
real tiene, simultánea y problemáticamente, una dimensión
material y una dimensión formal (VER nota 13). Pues bien, en esta
última están incorporados, además de los contenidos
comunes de la subsunción general y los aspectos en principio resignificados
de la formalidad de la subsunción formal, que no se ha disuelto en
un punto determinado sino que sigue funcionando en sus efectos, las configuraciones
formales propias surgidas de la específica historicidad de la subsunción
real.
(17) Aunque no coincido con Veraza cuando
sostiene la “identidad” entre los modos de subsunción y los tipo
de plusvalor que Marx distingue, me resulta sugerente cuando plantea que
“los <conceptos> de plusvalor <absoluto y relativo>
refieren a la producción capitalista desde el punto de vista del
resultado e interés inmediato del capital, así
como exaltando el método de explotación utilizado
(...).Por su parte, los de subsunción formal y subsunción
real designan a la producción capitalista desde la perspectiva
del proceso mismo en consideración a sus contenidos sociales y materiales (técnicos). Esta perspectiva
dialéctica procesual contiene al resultado, al
plusvalor, evidentemente. Mientras que la del plusvalor contiene a la
subsunción formal y a la subsunción real, es decir al proceso, sólo implícitamente” (Veraza, 1993:
2).
(18) Resulta a todas luces
inconsistente afirmar, por ejemplo, que el concepto de “subsunción
real” sea en Marx un puro producto de un modelo teórico carente
de sustento histórico/empírico (cf. Albiac, 1992) o que, como
mucho, en tiempos de Marx era tan sólo una posibilidad histórica
que sólo se habría convertido en un proceso objetivo
a lo largo del siglo XX (cf. Campos, 1993).
(19) Suscitan muchas interrogantes
afirmaciones que señalan que con la subsunción real se produce
“una introyección salvaje del antagonismo en el interior de la relación
capital” (Prieto del Campo, 1994) o sobre cómo se puede producir
el surgimiento de sujetos de antagonismo en el interior mismo de la subsunción
real, y de qué manera, en este contexto, “la violencia proletaria
induce procesos sociales de constitución dotados de la más
alta potencia creativa” (id.).
(20) Existen planteamientos
que consideran que la distinción entre los tipos de subsunción
aludidos (formal y real) puede resultar útil para delimitar distintas
formas de control capitalista. En este sentido, se incluirían como
aspectos de la subsunción formal todos aquellos elementos que posibilitan
el control capitalista mediante mecanismos de tipo institucional (derechos
de propiedad, poder legal de coerción, control personal, etc.).
En cuanto a la subsunción real se considera que sus elementos son
todos aquellos integrados en el interior de las fuerzas productivas. Se
supone que este tipo de control es superior al primero en la medida en que
permite una dominación sin necesidad de
usar mecanismos formales de coerción, presentando a la dominación
capitalista como algo natural, emanado de la propia naturaleza tecnológica
del sistema. La propuesta de Marx es, sin duda, sugerente por cuanto plantea
la necesidad de investigar los mecanismos concretos de dominación
capitalista e investigar el impacto que las transformaciones institucionales
y técnicas tienen sobre la correlación entre distintas fuerzas
sociales. Sin embargo se corre el peligro de tomar esta distinción
marxiana como un puro sistema clasificatorio y preocuparse más por
la clasificación formalista y menos por
el análisis pormenorizado de los procesos reales que se producen (cf.
Recio, 1988).
(21) La subsunción implica
la puesta en juego de una ”dinámica que tiene que ver con la manera
como se presentan en cada momento los procesos de escisión, inversión,
mediación y abstracción. Las formas concretas como esto
se produce no son las mismas en el tiempo, ni lo son en el espacio. Hay
que indagar empíricamente cuáles son los mecanismos concretos
que explican la subsunción en cada momento histórico” (Agustín
Morán: comunicación personal).
(22)
Estas determinaciones evidencian que el ciclo de producción/reproducción
de la relación capital se constituye es un espacio/tiempo de lo
político (cf. De Giovanni, 1984). En virtud de ello, la subsunción
viene a dar cuenta del despliegue de relaciones de poder, económico-materialmente
fundadas, dirigidas a producir un orden social y productivo que
posibilite, de un modo real y efectivo, la dominación
del capital global sobre la totalidad social al hilo del despliegue sobre
esta del pivote estratégico de la “forma valor”.
(23) Dada la riqueza de la precisión marxiana respecto a lo que la subsunción significa, me parece que resulta una cierta limitación de la misma acotarla exclusivamente como subordinación (cf. Veraza, 1993). Mucho más problemático resulta considerar que "subsunción" es la traducción, en etimología latina, de la germánica "Aufhebung" (cf. Dussel, 1988): entiendo que se trata de operaciones claramente distintas; me sorprendería, pero ¿cabría la posibilidad de que Dussel se hubiera dejado llevar por alguna confusión derivada de la traducción francesa de Aufhebung que es sursumer?
(24) El conocimiento de
éstas lógicas cobra importancia para comprender y explicar
las dificultades que la función directiva afronta en orden
a integrar eficazmente las exigencias y condicionantes de la valorización
que coadyuvan a consolidar una estrategia favorecedora de la dinámica
subsuntiva, pero también las dificultades y posibilidades de los
poseedores de fuerza de trabajo para enfrentarse a ello.
(25) Como contrapunto
al claro riesgo que conlleva esta propuesta de apertura, tal vez excesivamente
“socializadora”, de la problemática de la subsunción, valga
el siguiente comentario: “La subsunción no remite a
un atributo ligado al sujeto, sus prácticas y/o sus discursos y
valoresEs propiamente hablando el conjunto de los tiempos
sociales el que se encuentra subordinado a, y regulado por, los procesos
de valorización. La materia de las relaciones sociales
interpeladas por la subsunción real es el tiempo social y no los
valores o ideologías de los sujetos. Decir que los tiempos
sociales se encuentran regulados por los procesos de valorización
significa colocar, de entrada, el carácter mercantil de la fuerza
de trabajo como el punto de partida necesario del análisis (...).
Significa también colocar la contradicción, la tensión
y el conflicto en el interior mismo de los procesos desarrollados por esa
regulación y no en un ‘afuera’ o ‘más allá’ ligado
a ninguna ‘actividad’ natural” (Jorge García López: comunicación
personal
(...). En realidad, en el marco de la subsunción real cada vez más
categorías de sujetos pueden verse impelidas a hipersocializarse
tanto dentro como fuera del aparato productivo, esto es, a extender e intensificar
sus relaciones sociales y a enriquecer permanentemente los intercambios
no mercantiles (afectivos, comunicacionales, etc.) que las atraviesan. No
son estos sujetos los que se encuentran en ningún caso más
o menos "subsumidos" por reunirse o no entre sí, por rebelarse o
no contra la autoridad.
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Complutense de Madrid | Theoria: Proyecto
Crítico de Ciencias Sociales | E-mail: theoria@cps.ucm.es
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